PROYECTO DE TP
Expediente 3204-D-2015
Sumario: INSTALACION DE UN DESFIBRILADOR EXTERNO AUTOMATICO EN TODOS LOS LUGARES PUBLICOS Y PRIVADOS EN LOS QUE EXISTA CONCURRENCIA MASIVA DE PERSONAS.
Fecha: 04/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1: En todos los
lugares públicos y privados en los que exista concurrencia masiva de
personas se deberá instalar un desfibrilador externo automático.
ARTÍCULO 2: El
desfibrilador externo automático deberá instalarse en lugares de fácil
acceso, deberá estar disponible para su uso inmediato y señalizada su
ubicación.
ARTÍCULO 3: En los
espacios mencionados en el artículo 1 deberá haber personal
capacitado en primeros auxilios y resucitación cardiopulmonar.
ARTÍCULO 4°.- Invitase a
las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la
presente ley.
ARTICULO 5:
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Consideramos necesaria la
instalación de desfibriladores externos automáticos en todos aquellos
lugares en los que exista o pueda existir una importante concentración
de personas.
Ello por cuanto una de
cada mil personas fallece de muerte súbita o infarto de miocardio y el
50 % de estas personas fallece antes de ingresar a un centro
asistencial.
Los primeros diez minutos
son cruciales en la sobrevida a un infarto de miocardio. Se estima que
el uso del desfibrilador externo automático aumenta en un 70 % las
posibilidades de sobrevida en estas circunstancias.
La desfibrilación debe ser
inmediata y debería poder efectuarse antes de la llegada del servicio
de emergencias que está estimada como mínimo en unos 10
minutos.
La Organización Mundial
de la Salud recomienda su instalación en toda área en la que circulen
o trabajen una cantidad importante de personas convirtiéndolas en
"espacios cardio protegidos".
Los desfibriladores
externos automáticos son pequeñas computadoras que pueden
analizar el ritmo cardíaco y que tienen una batería capaz de liberar
una elevada cantidad de energía eléctrica. Cuentan además con un
sistema de luces, altavoces y una voz grabada que guía al operador
durante el proceso.
En el primer artículo de
este proyecto se consignan "espacios públicos y privados", en este
sentido, debo decir que la intención de esta iniciativa es que se
instalen desfibriladores en terminales de transportes nacionales e
internacionales, teatros, supermercados, bancos, clubes de futbol y
cualquier otro lugar en el que la concurrencia de personas sea
masiva.
En atención a lo
manifestado es que solicito la aprobación del presente proyecto de
ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO | LA PAMPA | UCR |
TORROBA, FRANCISCO JAVIER | LA PAMPA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |