PROYECTO DE TP
Expediente 3197-D-2006
Sumario: INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS Y LOCALES COMERCIALES QUE POSEAN EQUIPOS INFORMATICOS: INCORPORACION DE PROGRAMAS DE LECTO-ESCRITURA PARA SU UTILIZACION POR PERSONAS CIEGAS O DE BAJA VISION.
Fecha: 13/06/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 70
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Establécese por la presente Ley que todas las instituciones públicas y privadas y locales comerciales que posean equipos informáticos para el uso de público y clientes deberán incorporar programas de lecto-escritura, a los fines de facilitar su utilización a personas ciegas o de baja visión.
Artículo 2º: De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Se somete a la consideración del cuerpo que Ud. preside el presente proyecto de Ley, que tiene por objeto facilitar la utilización de los equipos informáticos que se encuentren al servicio de uso público a las personas ciegas o de baja visión, mediante la incorporación de programas de lecto-escritura.
Hay que tener en cuenta que la utilización masiva de equipos informáticos, tanto en locales comerciales (cyber café, locutorios, etc.) como en instituciones públicas y privadas (escuelas, bibliotecas, museos, etc.), debe permitir también su acceso masivo, sin provocar ningún tipo de limitaciones.
En ese sentido, cabe considerar que la Constitución Nacional en su Art. 75 inc.23 dice: "legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad".
El presente Proyecto de ley se inscribe dentro de lo establecido en las Normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con Discapacidad, aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 1993, artículo 4ª "Los Estados deben velar por el establecimiento y la prestación de servicios de apoyo a las personas con discapacidad, incluidos los recursos auxiliares, a fin de ayudarles a aumentar su nivel de autonomía en la vida cotidiana y a ejercer sus derechos. Entre las medidas importantes para conseguir la igualdad de oportunidades, los Estados deben proporcionar equipos y recursos auxiliares, asistencia personal y servicios de interpretes según las necesidades de las personas con discapacidad."
Por todo lo expuesto, propiciamos el presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GONZALEZ, MARIA AMERICA | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
COMUNICACIONES E INFORMATICA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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05/09/2006 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0373-D-08 |