PROYECTO DE TP
Expediente 3194-D-2009
Sumario: MINISTERIOS - LEY 22520 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 9, SOBRE CREACION DE LA SECRETARIA DE CAMBIO CLIMATICO.
Fecha: 02/07/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 75
El Senado y Cámara de Diputados...
CREACION DE LA SECRETARIA DE CAMBIO
CLIMATICO DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.
Artículo 1º: Sustitúyase el Art. 9º
de la ley 22.520, por el siguiente texto:
Artículo 9º.- Las tareas necesarias
para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación serán atendidas por las
siguientes Secretarías Presidenciales:
1. General
2. Legal y Técnica
3. De Inteligencia
4. De Cultura
5. De Programación para la
Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico.
6. De Cambio Climático.
Las secretarías enunciadas
precedentemente asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL en forma directa.
Análoga asistencia prestarán las demás secretarías y organismos que el Presidente
de la Nación cree al efecto, sin perjuicio de sus facultades de modificación,
transferencia o supresión de dichas secretarías y organismos.
Artículo 2º: La Secretaría de
Cambio Climático tendrá las siguientes funciones:
a) Liderar el esfuerzo
institucional por evitar los peligros del cambio climático.
b) Luchar contra el cambio
climático a través de medidas nacionales para reducir los gases de efecto
invernadero.
c) Asegurar el suministro
confiable y el uso eficiente de una energía limpia, segura y con precios
competitivos y administrar los pasivos energéticos
d) Evaluar la vulnerabilidad
del ambiente frente a las consecuencias del cambio climático.
e) Evaluar la vulnerabilidad
de los sectores socioeconómicos, frente a las consecuencias del cambio
climático.
f) Desarrollar
herramientas para la adaptación al cambio climático con miras a prevenir
los daños ambientales, económicos y sociales
g) Realizar campañas de
concientización pública sobre el cambio climático.
h) Coordinar la actuación
de todos los organismos gubernamentales vinculados al cambio climá-
tico.
i) Establecer convenios de
cooperación regional e internacional en la materia.
Artículo 3º:
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La República Argentina, consciente de la
importancia del Ambiente, incluyó explícitamente su cuidado en la Constitución Nacional.
El artículo 41º de nuestra Carta Magna dice que
"todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo
humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin
comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo."
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre
Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro, 1992) abrió a la firma de los Estados la Convención
Marco sobre Cambio Climático que se firmó en Nueva York con el fin de estabilizar "las
concentraciones atmosféricas de gases de efecto de invernadero en un nivel que prevenga una
perturbación antropogénica peligrosa del sistema climático". La Convención acuerda estabilizar
para el año 2000 las emisiones de dióxido de carbono (CO2), a los niveles del año 1990 y luego
reducirlos progresivamente. La Argentina aprobó la convención marco por la Ley 24295.
La Convención quedó complementada, el 11 de
diciembre de 1997, con el Protocolo de Kyoto que se propuso como objetivo la reducción de un
5,2% de las emisiones de gases de efecto invernadero globales, tomando como base los niveles de
1990, para el período 2008-2012.
Nuestro país ha participado activamente en
las negociaciones que condujeron al establecimiento de la CMNUCC y del Protocolo de
Kyoto.
La autoridad de aplicación de la ley 24.295 era la
Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable. Al crearse el Ministerio de Acción
Social y Medio Ambiente, pasó a ser el mismo la autoridad de aplicación de la citada
norma.
Cuando hablamos de cambio climático estamos
haciendo referencia a la variación significativa y persistente del clima durante un período largo
de tiempo, susceptible de producir impactos en el medio físico, económico y social.
Los trabajos de investigación desarrollados por el
Centro de Investigaciones del Mar y la Atmósfera (CIMA) del Consejo Nacional de
Investigaciones Ciencia y Tecnología (CONICET) indican que la Argentina será cada vez más
cálida en el período 2020-2040.
Nuestro país ocupa como emisor de gases de efecto
invernadero (GEI) el 24º lugar a nivel mundial y el 3º en América Latina.
En las últimas décadas, las emisiones de gases de
efecto invernadero provocaron el aumento del caudal de los ríos y un notable aumento de la
temperatura promedio.
El 95% de los gases de invernadero en la Argentina
se originan en las actividades de la producción industrial, agrícola y ganadera, en tanto que el 5%
restante proviene de los residuos y desechos.
Es por ello que se hace imprescindible diseñar
políticas públicas para hacer frente a las posibles consecuencias dañinas del cambio climático,
que ya viene afectando a todo el territorio nacional con un incremento en las precipitaciones
medias y anuales, sobre todo en el noroeste y en el centro del país.
La creación de una Secretaría de Estado
dentro de la estructura de gobierno, permitirá manejar mejor los problemas globales
que enfrenta el país en materia de cambio climático, dando una respuesta unificada
basada en las interacciones pertinentes de las políticas internas e internacionales, para
beneficio del país en su conjunto.
La política estatal sobre cambio climático
debe tender a contrarrestarlo, garantizando la seguridad del suministro de energía,
promoviendo mercados competitivos dentro y fuera de la Argentina, así como
contribuyendo a elevar el índice de crecimiento económico sustentable y a mejorar la
productividad.
Esta Secretaría trabajará en estrecha
colaboración con las demás dependencias cuya labor tenga efectos importantes sobre el
nivel de emisión de gases de efecto invernadero, teniendo a su cargo la política de
cambio climático nacional e internacional.
La creación de la Secretaría dependiente de
la Presidencia de la Nación permitirá asignar mayor énfasis a proteger y mejorar el
medio ambiente natural para la salud y bienestar de todos, así como para proteger la
vida silvestre y resguardar a la población de los riesgos ambientales.
Dicho organismo deberá transformarse en
líder del desarrollo sustentable en todos los niveles de gobierno, del consumo y
producción sustentables, promoviendo la eficiencia de los recursos empresariales.
El sistema climático global se verá alterado
por diversas situaciones: aumento de temperaturas, modificación en las precipitaciones,
inundaciones y sequías. Esta situación podría producir alteraciones en la biosfera,
provocando cambios en el comportamiento de variadas especies animales.
El perfil productivo del país, con un alto
porcentaje de exportaciones agrícolas y de manufacturas de origen agropecuario, hace
que el mismo sea potencialmente vulnerable al Cambio Climático. A ello se le agrega la
alta dependencia de la generación hídrica para la producción de electricidad. El
calentamiento global creará nuevas vulnerabilidades y aumentará la mayoría de las exis-
tentes.
La Argentina cuenta dentro de la estructura
estatal con reparticiones que se han venido encargando de la gestión de la política
sobre Cambio Climático. Mediante el Decreto 2213 del año 2002 se designó a la
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable como autoridad de aplicación de la Ley
24.295. Posteriormente se creó la Unidad de Cambio Climático (UCC) para instrumentar
las responsabilidades asignadas a dicha Secretaría. Otras áreas de gobierno también
tienen incumbencia en aspectos de la problemática del cambio climático dentro de las
competencias propias de sus funciones.
Un informe elaborado por el Centro de
Ciencias Geográficas de la Universidad de Columbia, la Universidad de Naciones Unidas
y la organización internacional humanitaria CARE, presentado en Bonn durante una
conferencia de expertos preparatoria para la Cumbre del Clima de diciembre en
Copenhague, sostiene que el cambio climático tendrá "alarmantes" consecuencias sobre
los movimientos migratorios en el planeta, y que el mundo debe hacerse a la idea de
que a los desplazamientos por motivos económicos y políticos se sumarán en las
próximas décadas los medioambientales.
Los científicos consideran que la
comunidad internacional debe desarrollar planes para hacer frente a esta situación, la
que será inevitable en mayor o menor medida, dependiendo del grado de efectividad
que tengan los planes gubernamentales de lucha contra el cambio climático.
Tal como afirma el documento "La lucha
contra el cambio climático: solidaridad frente a un mundo dividido", de la UNDP, la
ciencia del cambio climático ha fijado un objetivo claro y razonable para la acción
internacional. Ese objetivo es un umbral promedio de 2°C para el aumento de la
temperatura.
La mitigación del cambio climático plantea
verdaderos desafíos financieros, tecnológicos y políticos. De no prestarle atención, nos
conducirá a grandes retrocesos en el desarrollo humano durante el siglo XXI.
Debemos buscar los medios y asumir la
responsabilidad de evitar ese resultado. La mitigación precautoria del cambio climático
es un reaseguro esencial para impedir mayores daños.
La cuestión central del problema del
cambio climático es que la capacidad de la Tierra de absorber dióxido de carbono
(CO2) y otros gases de efecto invernadero se está sobrepasando.
Las demandas de desarrollo y las de
conservación del medio ambiente no deben ser contradictorias. La atención suele
centrarse en el hecho de que muchas de las tendencias en el deterioro del medio
ambiente mundial, incluido el calentamiento global y otras señales preocupantes de
cambio climático, están relacionadas con una mayor actividad económica. El medio
ambiente no es sólo una cuestión de preservación pasiva, sino asimismo de
emprendimiento activo.
Sin duda la educación y la información a la
población deben ser prioritarias para lograr la concientización en la materia.
Es por ello que una participación pública
que asegure la sostenibilidad ambiental reviste una importancia crucial y la participación
regional e internacional a través de la firma de convenios, hace que el esfuerzo nacional
sea mancomunado y respetuoso del trabajo que se viene llevando a cabo en distintos
países del mundo y en diferentes foros internacionales.
Con el convencimiento que una Secretaría
de Estado específica, dependiente de la Presidencia de la Nación, le dará la magnitud,
importancia y jerarquía que el tema necesita, es que solicito al Señor Presidente, la
aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
FABRIS, LUCIANO RAFAEL | CHACO | UCR |
RIOBOO, SANDRA ADRIANA | BUENOS AIRES | UCR |
MARTINEZ ODDONE, HERIBERTO AGUSTIN | CORDOBA | UCR |
MONTERO, LAURA GISELA | MENDOZA | CONSENSO FEDERAL |
STORNI, SILVIA | CORDOBA | UCR |
CUSINATO, GUSTAVO | ENTRE RIOS | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |