PROYECTO DE TP
Expediente 3192-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LA CNRT, ANTE VARIOS INCUMPLIMIENTOS POR PARTE DE LA CONCESIONARIA TBA.
Fecha: 12/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 54
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que, a través de los organismos correspondientes, informe:
1- Si la CNRT adoptó las acciones
legales correspondientes ante los incumplimientos por parte de la Concesionaria
TBA en cuanto a:
a) Sistema de
electrificación de vías
b) Seguridad y resguardo
del denominado "tercer riel"
c) Barreras fuera de
servicio o con mantenimiento defectuoso
d) La no finalización del
cerramiento perimetral antivandálico de Once-Moreno
e) Incumplimiento de
frecuencia horaria establecida para los servicios diarios
f) Demoras en la
implementación de las formaciones recientemente adquiridas, denominados
"Puma V.3 Línea Aerodinámica";
g) Incumplimientos a lo
establecido por la Ley Nacional Nº 22.431 y Decreto Reglamentario Nº 914/97
sobre la Protección Integral de los Discapacitados.
h) Incumplimientos a la
Ley Nº 24.314/94 sobre accesibilidad de personas con movilidad reducida
,tanto en Estaciones como en las formaciones.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La CNRT se crea mediante el
Decreto 660/96, y el Decreto Nº 1388/96 aprueba su Estatuto Constitutivo
estableciendo como misión el control y fiscalización de los principales
operadores del transporte de jurisdicción nacional.
Dos de las funciones de la CNRT ,
entre otras ,definen su rol:
a) "...instrumentar los mecanismos
necesarios para garantizar la fiscalización y el control de la operación del
sistema de transporte automotor y ferroviario, de pasajeros y carga de
Jurisdicción Nacional, con el objetivo de garantizar la adecuada protección de
los derechos de los usuarios..."
b) "...ejercer el poder de policía en
materia de transporte de su competencia, controlando el cumplimiento efectivo
de las leyes, decretos y reglamentaciones vigentes, así como la ejecución de los
contratos de concesión y fiscalizar la actividad realizada por los operadores de
transporte..."
De acuerdo a los objetivos de su
creación debe cumplir funciones básicas en el servicio ferroviario a saber:
1) Aplicar y hacer cumplir los
contratos de concesión de transporte ferroviario metropolitano e interurbano de
pasajeros y de cargas.
2) Controlar la cantidad y calidad
del servicio.
3) Fiscalizar la ejecución de los
Programas de mantenimiento de estaciones y coches.
4) Controlar el cumplimiento del
Programa de Inversiones acordado en los contratos de concesión.
La Concesionaria Trenes de
Buenos Aires desde que se hizo cargo del servicio ha demostrado falta de
respeto por el cumplimiento de las obligaciones contraídas en la firma del
contrato. Ha promocionado la adquisición de unidades nuevas y de primera
tecnología sin embargo, las mismas, sólo fueron puestas en servicio por un
mínimo período de tiempo. En la actualidad se siguen utilizando formaciones
integradas por vagones en condiciones sumamente precarias por ejemplo:
puertas que no cierran, asientos rotos, ventanas sin vidrios, ausencia de las
puertas conectoras de vagones, sistema de abertura y cierre de puertas sin la
protección necesaria para resguardo físico de los pasajeros.
En cuanto al estado de las vía se
observa la falta de protección en el tercer riel.
Respecto de la seguridad de los
usuarios y vecinos: se han suspendido los trabajos de cerramiento perimetral
de Once a Moreno, ya iniciado con demoras durante el año 2007 y suspendido
durante el año 2008.
La Subsecretaría de Gestión
Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en el programa "Carta
Compromiso con el Ciudadano", que la CNRT suscribió por primera vez el 22
de mayo del 2003 y por tercera vez en el año 2007, figura como objetivo la
"instrumentación de compromisos de servicio por parte de los organismos
públicos prestadores directos, donde se transparenten las condiciones y
modalidades operativas de las prestaciones así como los derechos que con
relación al tema asisten a los ciudadanos,"y en cuanto a las obligaciones
enunciadas a cumplir por las Empresas Prestatarias de Transporte Ferroviario
de Pasajeros se establece:
1) Cumplir los servicios conforme
al contrato de concesión en cuanto a la cantidad, calidad, frecuencia, tiempo de
viaje, cantidad de coches, conservación y limpieza de estaciones, zona de vía,
inmuebles y material rodante, atención a los pasajeros en boleterías e
información al público.
2) Prestar un servicio eficiente y
confiable en condiciones de seguridad e higiene.
El concesionario tiene la
responsabilidad del mantenimiento de la señalización, el material rodante y la
infraestructura dada en concesión, sin embargo, en la realidad incumple todos
o casi todos los compromisos asumidos.
Por último, la AGN ha advertido,
por resolución AGN Nº 201/03 y Nº 23/08 sobre los incumplimientos de la
concesionaria y la inacción de los organismos oficiales, permitiendo que las
faltas se reiteren profundizando la problemática y como en todos los casos,
perjudicando a los más vulnerables: los usuarios del servicio ferroviario y
especialmente los usuarios con accesibilidad reducida.
Es por ello que solicito de mis
pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
MORAN, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
BALDATA, GRISELDA ANGELA | CORDOBA | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/11/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |