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PROYECTO DE TP


Expediente 3188-D-2014
Sumario: "PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA LOS SERVICIOS DE ENERGIA ELECTRICA DEL NORESTE ARGENTINO (NEA)": CREACION
Fecha: 06/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 38
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Programa de Asistencia para los Servicios de Energía Eléctrica del Noreste Argentino (NEA) Fondo Eléctrico del Noreste. Financiamiento de Obras y Reducción de Tarifas.
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Artículo 1°: Crease el Programa de Asistencia para los Servicios de Energía Eléctrica del Noreste Argentino (NEA) que tendrá por objeto proveer el financiamiento necesario para asistir a las empresas prestatarias del servicio público de electricidad en las Provincias del Chaco, Corrientes, Formosa, Misiones y Norte de Santa Fe, cuyos servicios se declaran de interés nacional a los fines de la presente ley, a efectos de realizar inversiones y reducir el nivel de las tarifas aplicadas a los usuarios de electricidad servidos en dicha región, a niveles promedio del resto del país.
Artículo 2°: El Programa de Asistencia para los Servicios de Energía Eléctrica del Noreste Argentino (NEA) tendrá vigencia hasta que se haga efectiva la interconexión del servicio de gas por redes de la región NEA con el resto del país y será financiado con el Fondo Eléctrico del Noreste, que se integrará con los siguientes recursos:
a) Un recargo por Kwh. sobre el precio de venta de la electricidad, de hasta un cinco por mil (5%o) de las tarifas vigentes en cada período y en cada zona del país, aplicado a los consumidores finales.
b) Asignaciones anuales del Fondo Nacional de la Energía Eléctrica que determine el Poder Ejecutivo nacional.
c) Aportes del Tesoro Nacional en general y en especial destinados a costear las obras vinculadas con el desarrollo eléctrico del interior.
d) Con utilidades que se distribuyan y correspondan al Estado nacional por su participación de capital en empresas de servicios públicos de energía.
e) Otros recursos impositivos afectados al financiamiento de obras y servicios de desarrollo eléctrico y extensión de redes de gas, en todo el territorio nacional.
f) El recargo establecido por el artículo 1º de la Ley 23681, con destino a la Empresa de Servicios Públicos Sociedad del Estado de la Provincia de Santa Cruz, mientras no se disponga su distribución proporcional entre todas las demás jurisdicciones del país.
Artículo 3°: El Poder Ejecutivo nacional fijará los porcentajes aplicables en concepto de recargo sobre el precio de venta de la electricidad y sobre los gravámenes indicados en el inciso a) y e) del artículo anterior, manteniendo la vigencia total o parcial de los mismos durante la vigencia del Programa de Asistencia para los Servicios de Energía Eléctrica del Noreste Argentino (NEA) implementado por la presente ley.
Artículo 4°: Los agentes de retención de las contribuciones y aportes destinados al Fondo Eléctrico del Noreste deberán ingresarlas en una cuenta especial abierta en el Banco de la nación Argentina, en la forma y plazo que determine la Secretaría de Energía de la Nación, no pudiendo este último exceder los treinta (30) días.
Artículo 5°: La Secretaría de Energía de la Nación transferirá los fondos recaudados en virtud de la aplicación de la presente ley, dentro de los diez (10) días de haber recibido dichos fondos y verificará la aplicación de los importes transferidos a los fines previstos en la presente ley.
Artículo 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El recorte de subsidios a los consumos domiciliarios de agua y gas anunciado por el gobierno nacional, señala el comienzo de un ajuste de tarifas de los servicios públicos que dentro de poco tiempo alcanzará también a la electricidad y abarcará todo el país.
Los aumentos de las tarifas del gas en redes llegan hasta un 284 % y las de agua en el área metropolitana de Buenos Aires y el conurbano bonaerense hasta un 400 %, según los anuncios oficiales.
Aunque el gobierno nacional lo quiera disimular con eufemismos, se trata de un verdadero "tarifazo" que va a generar más inflación y afectará a gran parte de la población, golpeando de lleno en los salarios reales de los trabajadores y los ingresos de los sectores más desfavorecidos.
La magnitud de estos aumentos nos obliga a un estado de alerta, ya que preanuncia su extensión a los demás servicios públicos en todo el país y nos coloca en la perentoria necesidad de sancionar una medida de resguardo o compensación efectiva para nuestra región, en particular en el sector de la energía eléctrica.
Por ello, con el presente proyecto de ley aspiramos a lograr que la Nación implemente un programa de asistencia financiera para las empresas prestatarias de electricidad de la región del NEA, a efectos de financiar inversiones y reducir el nivel de las tarifas aplicadas a los usuarios de electricidad servidos en la región.
Dicho programa es considerado de interés nacional y tendrá vigencia hasta que se haga efectiva la interconexión del servicio de gas por redes de la región NEA con el resto del país y será financiado con el Fondo Eléctrico del Noreste, que se crea al efecto y se integrará con los siguientes recursos:
a) Un recargo por Kw sobre el precio de venta de la electricidad, de hasta un cinco por mil (5%o) de las tarifas vigentes en cada período y en cada zona del país, aplicado a los consumidores finales.
b) Asignaciones anuales del Fondo Nacional de la Energía Eléctrica que determine el Poder Ejecutivo nacional.
c) Aportes del Tesoro Nacional en general y en especial destinados a costear las obras vinculadas con el desarrollo eléctrico del interior.
d) Con utilidades que se distribuyan y correspondan al Estado nacional por su participación de capital en empresas de servicios públicos de energía.
e) Otros recursos impositivos afectados al financiamiento de obras y servicios de desarrollo eléctrico y extensión de redes de gas, en todo el territorio nacional.
f) Con el recargo establecido por el artículo 1º de la Ley 23681, con destino a la Empresa de Servicios Públicos Sociedad del Estado de la Provincia de Santa Cruz, mientras no se disponga su distribución proporcional entre todas las demás jurisdicciones del país.
Respecto de este último ítem, cabe advertir, por añadidura que se mantiene vigente mientras otras regiones del país, como el NEA han quedado excluidas de una política energética nacional que sirva de apoyo a su desarrollo.
Así como en su momento se estableció por ley un recargo al consumo con el único destino de beneficiar a la Provincia de Santa Cruz, con la creación del Fondo Eléctrico del Noreste se trata de superar ahora fuertes restricciones a los demás proyectos de desarrollo energético del país, como la extensión de las redes de gas, que no han sido resueltos por la Nación y que postergan a otras regiones del país, como las Provincias del NEA.
Actualmente las tarifas de luz provinciales presentan fuertes distorsiones que el gobierno nacional debe subsanar sin comprometer aun más los recursos fiscales de las Provincias, proveyendo soluciones efectivas para asegurar su financiamiento futuro..
Desde el Ministerio de Planificación se intenta comprometer a los gobernadores en un congelamiento temporario que no resguardará a los usuarios de la región del NEA de afrontar futuros aumentos a corto y mediano plazo, porque no provee recursos genuinos. Lo expuesto surge de la propuesta de acuerdo marco Nación-Provincias que dicho Ministerio ha denominado llamativamente "Programa de Convergencia de Tarifas Eléctricas y Reafirmación del Federalismo Eléctrico en la Republica Argentina", que pone a cargo exclusivo de las finanzas provinciales equilibrar los costos e ingresos de las empresas locales de electricidad.
De acuerdo con la información disponible, solo se pretende controlar por unos meses el impacto de las tarifas eléctricas en la medición de la inflación, dado que el nuevo índice de precios nacional urbano (IPC-Un) elaborado por el INDEC, divide al país en seis regiones y en cada una de ellas la electricidad tiene una ponderación distinta, que termina pesando en el índice nacional y que ya ha arrojado un importante alza del 3,7 % y del 3,4 %, en los dos primeros meses del año.
Con ello el gobierno nacional parece más preocupado por moderar el impacto de la quita de subsidios en la medición de la inflación, que en resolver de manera estructural la fuerte desigualdad social y territorial en las tarifas de los servicios públicos esenciales.
Por cierto, creemos necesario proveer soluciones efectivas y conducentes que provean los recursos necesarios para afrontar esta emergencia energética en nuestra región.
En tal sentido, el Programa de Asistencia para los Servicios de Energía Eléctrica del Noreste Argentino (NEA) significa una legítima reivindicación para la región y ha sido concebido en este proyecto de ley con un criterio de reparación y equidad distributiva, que entendemos resulta impostergable para equilibrar regionalmente la distribución de los recursos disponibles para el crecimiento y proveer los estímulos necesarios para el progreso económico y social.
Por todo lo expuesto, solcito el acompañamiento de mis pares en esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación para dar aprobación al presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA