PROYECTO DE TP
Expediente 3188-D-2012
Sumario: OBLIGATORIEDAD DE IDENTIFICAR EN SUS ENVASES LOS ALIMENTOS TRANSGENICOS
Fecha: 18/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 51
El Senado y Cámara de Diputados...
OBLIGACION DE
IDENTIFICAR A LOS
ALIMENTOS
TRANSGENICOS
Artículo 1°.- La presente Ley tiene como objeto la obligación
de identificar todo Alimento Transgénico que se elabore, produzca y
comercialice en el territorio de la Nación Argentina, al mismo tiempo
que las materias primas y sus productos derivados. Los alimentos
transgénicos son aquellos que incluyen en su composición algún
ingrediente procedente de un organismo al que se le ha incorporado,
mediante técnicas genéticas, un gen de otra especie. Por la
biotecnología se puede transferir un gen de un organismo a otro para
dotarle de alguna cualidad especial de la que carece.
Artículo 2°.- Será de obligatoriedad identificar con detalle y
precisión en los respectivos envases de productos que contienen
organismos modificados genéticamente.
Artículo 3°.- La Autoridad de Aplicación de la presente ley
será el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.
Artículo 4°.- La Autoridad de Aplicación de la presente ley
establecerá, clasificará y determinará un régimen de responsabilidades
y sanciones para quienes producen, elaboran y/o comercializan
Alimentos Transgénicos o Genéticamente Manipulados, sean estos
personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que no cumplan con
los requisitos impuestos en la presente Ley.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Un transgénico
(Organismo Modificado Genéticamente, OMG) es un organismo vivo que ha sido
creado artificialmente manipulando sus genes. Las técnicas de ingeniería
genética consisten en aislar segmentos del ADN (el material genético) de un ser
vivo (virus, bacteria, vegetal, animal e incluso humano) para introducirlos en el
material hereditario de otro.
Por ejemplo,
el maíz transgénico que se cultiva en España lleva genes de
bacteria que le permiten producir una sustancia insecticida.
La diferencia
fundamental con las técnicas tradicionales de mejora genética es que
permiten franquear las barreras entre especies para crear seres
vivos que no existían en la naturaleza.
Algunos de
los peligros de estos cultivos para el medio ambiente y la
agricultura son el incremento del uso de tóxicos en la agricultura, la
contaminación genética, la contaminación del suelo, la pérdida de
biodiversidad, el desarrollo de resistencias en insectos y malas hierbas o
los efectos no deseados en otros organismos. Los efectos sobre los
ecosistemas podrían ser irreversibles e imprevisibles.
Los riesgos
sanitarios a largo plazo de los OMG presentes en nuestra alimentación o
en la de los animales cuyos productos consumimos no se están
evaluando correctamente y su alcance sigue siendo desconocido. Nuevas
alergias, aparición de nuevos tóxicos y efectos inesperados son algunos
de los riesgos.
Los OMG refuerzan el control de la alimentación mundial
por parte de unas pocas empresas multinacionales. Los países que han
adoptado masivamente el uso de cultivos transgénicos son claros
ejemplos de una agricultura no sostenible. En Argentina, por ejemplo, la
entrada masiva de soja transgénica exacerbó la crisis de la agricultura
con un alarmante incremento de la destrucción de sus bosques primarios,
el desplazamiento de campesinos y trabajadores rurales, un aumento del
uso de herbicidas y una grave sustitución de la producción de alimentos
para consumo local.
La solución al
hambre y la desnutrición pasa por el desarrollo de tecnologías sostenibles
y justas, el acceso a los alimentos y el empleo de técnicas como la
agricultura y la ganadería ecológicas. La industria de los transgénicos
utiliza su poder comercial e influencia política para desviar los recursos
financieros que requieren las verdaderas soluciones.
En 1983 se
produjo la primera planta transgénica, unos biotecnólogos logran aislar
un gen e introducirlo en un genoma de la bacteria Escherichia coli. En
1986, Monsanto, empresa multinacional dedicada a la biotecnología, crea
la primera planta genéticamente modificada. Se trataba de una planta de
tabaco a la que se añadió a su genoma un gen de resistencia para el
antibiótico Kanamicina. Finalmente, en 1994 se aprueba la
comercialización del primer alimento modificado genéticamente, los
tomates Flavr Savr, creados por Calgene, una empresa biotecnológica. A
estos se les introdujo un gen antisentido con respecto al gen normal de la
poligalacturonasa, enzima que induce a la maduración del tomate, de
manera que este aguantaría más tiempo maduro y tendría una mayor
resistencia. En 1996, este producto tuvo que ser retirado del mercado de
productos frescos al presentar consecuencias imprevistas como una piel
blanda, un sabor extraño y cambios en su composición.
En el
año 2007, los cultivos de transgénicos se extienden en 114,3 millones de
hectáreas de 23 países, de los cuales 12 son países en vías de
desarrollo. En el año 2006 en Estados Unidos el 89% de plantaciones de
soja lo eran de variedades transgénicas, así como el 83% del algodón y el
61% del maíz.
Nuestro país
es el segundo en el mundo en superficie implantada con organismos
genéticamente modificados. Es vertiginoso el aumento de la producción
de cultivos basados en organismos genéticamente modificados: en 1996
había 50.000 hectáreas de soja transgénica y para 1999 eran 7.500.000
de hectáreas. Hoy tenemos 16.600.000 de hectáreas y una producción
promedio de 47 millones de toneladas. Esto convierte a la Argentina en
uno de los principales productores mundiales de soja transgénica con lo
que resulta obvio el alto impacto y presencia de ésta en el mercado
local.
Los transgénicos, desde su nacimiento, han suscitado mucha
polémica. La biotecnología es un elemento fundamental dentro del
desarrollo de los mercados alimenticios de todo el mundo, y en particular
para América Latina, las riquezas económicas que originan los productos
genéticamente modificados han sido de gran alcance. Sin embargo, la
ausencia de la información y la falta de certeza científica sobre las
consecuencias derivadas del consumo de los productos derivados
elaborados con materias primas modificadas genéticamente, generan
incertidumbre sobre el ambiente y sobre la salud de las personas. Muchos
de los productos que se encuentran modificados genéticamente no gozan
de la información correspondiente en sus envases ni tampoco poseen un
etiquetado diferenciador con respecto a otros productos
alimenticios.
La falta de
información de los productos puede generar consecuencias a largo plazo
en los seres humanos y en el ambiente, porque todos aquellos productos
modificados genéticamente están siendo estudiados por sus impactos.
El
consumidor debe decidir si quiere exponerse, por ejemplo, a consumir
alimentos que toleran mayores dosis de glifosatos o herbicidas similares,
a vegetales que sintetizan su propio insecticida o al riesgo de incremento
de efectos alergénicos, hipotético pero todavía no suficientemente
discutido e informado. Para que esta decisión sea lo suficientemente
madura y basada en los derechos que le corresponden a cada ciudadano,
quienes utilicen Organismos Genéticamente Modificados o sus derivados
deben informarlo claramente.
En diversas
partes del mundo se ha establecido la obligatoriedad del etiquetado como
requisito para todos los alimentos transgénicos, que contengan
Organismos Genéticamente Modificados o sus derivados. La Unión
Europea, Japón y los Estados Unidos ya cuentan con normas al respecto
y en América Latina ya están en vías de aprobación en algunos países
como México y Brasil.
En síntesis,
las personas tienen el derecho a estar debidamente informadas y decidir
qué es lo que quieren consumir y que, por ello, el etiquetado de los
productos de origen transgénico es un imperativo que garantiza el
ejercicio de ese derecho básico.
La
identificación o el etiquetado permitirá a los compradores decidir qué
alimentos consumirán y de qué modo su poder de compra afectará el
mercado, su salud y el medio ambiente.
Por lo
expuesto es que solicito a mis estimados colegas me acompañen en la
aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GONZALEZ, JUAN DANTE | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |