PROYECTO DE TP
Expediente 3182-D-2008
Sumario: TRANSFERENCIA DE DOS (2) INMUEBLES PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL, SITOS EN LA CIUDAD DE MAR DEL PLATA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, A TITULO GRATUITO A LA MUNICIPALIDAD DEL PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDON, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 13/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 66
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1.- Transfiérese a título
gratuito a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, el dominio de los
inmuebles propiedad del Estado nacional, sitos en la ciudad de Mar del Plata,
Partido de General Pueyrredon, provincia de Buenos Aires, identificados
catastralmente como: Circunscripción VI, Sección B, Chacra 158 -Fracción I-, y
Circunscripción VI, Sección B, Manzanas 158c y 159 b -Parcela 1-.
Artículo 2.- La transferencia de los
inmuebles establecida en el artículo anterior, se realiza a la Municipalidad del
Partido de General Pueyrredon para ser destinados al uso público mediante la
creación del Centro de Exposiciones de Mar del Plata y un parque público
comunitario.
Artículo 3.- El Municipio del
Partido de General Pueyrredon, dentro de un (1) año calendario a partir de la
transferencia efectiva, sancionará la ordenanza correspondiente a la condonación
de las deudas municipales existentes, exclusivamente sobre los bienes en
cuestión, así como también a gestionar ante el Estado provincial la condonación
de las deudas impositivas provinciales.
Artículo 4.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Por el hecho de haberse constituido en
la principal ciudad turística del país, Mar del Plata es uno de los centros más
importantes para oficiar de sede en la realización de congresos, convenciones y
exposiciones de nivel regional, nacional e internacional.
Si bien la infraestructura disponible en
este centro urbano, cubre las necesidades de aquellos eventos como los
mencionados de baja o media envergadura, carece esta ciudad de un
equipamiento específico para albergar realizaciones que demandan instalaciones
de gran magnitud.
Un ejemplo de este déficit lo constituye
la falta de espacios cubiertos y abiertos destinados a servir de ámbitos preparados
para Ferias, Salones, Muestras o Exposiciones, que requieren amplios lugares
para la presentación en escala de objetos de variado origen y características, sean
productos manufacturados, obras artísticas, artesanales, o exhibiciones de
elementos diversos.
Este tipo de instalaciones constituyen
un equipamiento básico en ciudades que superan el medio millón de habitantes y
que se han consolidado como polos de desarrollo regional. Sin entrar en
comparaciones con lo que ocurre en otros países, sirvan como ejemplo los centros
de exposiciones y predios feriales de la Capital Federal (Predio de la Sociedad
Rural Argentina), de la ciudad de Córdoba (complejo próximo al Estadio Chateaux
Carreras), y de Rosario (Patio de la Madera).
Lamentablemente, y a pesar de contar
con una dotación de infraestructura general en materia de servicios de todo tipo y
nivel -hecho muy poco común para centros urbanos de similares características-,
la carencia de instalaciones como las descriptas le impide poder ser receptora de
grandes congresos, convenciones y exposiciones de carácter internacional que,
tradicionalmente, eligen importantes centros turísticos como sedes.
Ante esta situación conviene tener en
cuenta lo siguiente: no solo Mar del Plata se ve privada de estos eventos
especiales de una repercusión pública que supera el ámbito local sino que,
indirectamente, también la región bonaerense y el país todo se ve excluido de
captar estos trascendentales acontecimientos.
Completar el equipamiento faltante
para la ciudad que recepciona, desde hace varias décadas, más de cien
congresos y convenciones por año, constituye una prioridad. Esta necesidad se
justifica, tanto desde el punto de vista económico, ya que son bien conocidas las
importantes cifras que ingresan al país por este tipo de actividades, como por la
imagen y beneficios indirectos provenientes del hecho de trascender nuestro país
por ser sede de eventos internacionales. Sin lugar a dudas, es mucho lo que se
está perdiendo por esta situación.
Los Centros de Exposiciones han
constituido siempre atractivos importantes para todas aquellas ciudades que
reciben grandes contingentes de turistas. Desde las famosas Exposiciones
Mundiales hasta las Muestras Anuales Internacionales para productos diversos,
existen numerosas ciudades y países reconocidos por ser sede de dichos
eventos.
Cabe destacar que Mar del Plata
dispuso, en las primeras décadas del siglo, de un Centro de Exposiciones y Feria.
El mismo ocupaba un amplio predio ubicado hacia el norte del sector central de la
ciudad, sobre el Boulevard Marítimo. El acelerado crecimiento urbano y la falta de
espacios verdes en el área, obligó a cambiar el destino original del predio,
pasando a conformarse allí lo que actualmente es la Plaza España.
A partir de la segunda mitad del siglo,
se han desarrollado diversos emprendimientos de carácter privado, los que han
tratado de cubrir estas falencias del centro turístico. Los mismos han podido suplir,
aunque parcialmente, las demandas relacionadas con la realización de congresos
y convenciones, ya que solo algunos hoteles, categorizados con el nivel de 4 y 5
estrellas, pueden albergar encuentros de estas características.
Sin embargo, a estos establecimientos
de alto nivel les resulta prácticamente imposible absorber aquellos de carácter
masivo como los organizados por entidades internacionales, los cuales
generalmente van acompañados de exposiciones relacionadas con el tema
convocante. Por otra parte debe tenerse en cuenta que, tratándose de eventos de
gran magnitud, la ubicación, el entorno y el equipamiento urbano son aspectos
muy importantes para su realización, buscándose facilidades en cuanto a la
accesibilidad de los participantes y la dinámica de las actividades.
Es decir que, a pesar de contar con
evidentes ventajas comparativas en cuanto a infraestructura y servicios,
equipamientos que sitúan a Mar del Plata entre las ciudades turísticas de nivel
internacional con amplias posibilidades de ser polo receptivo de estos grandes
encuentros, la realidad demuestra que queda autoexcluida por carecer de las
instalaciones adecuadas para albergar los mismos.
Conscientes de este problema, la
comunidad marplatense, a través de las diversas administraciones comunales que
se han venido sucediendo en el transcurso de las últimas décadas, han tratado de
dar solución al mismo.
Es en ese sentido que, las
dependencias vinculadas a la planificación y al ordenamiento territorial de dicho
municipio, así como diversas entidades profesionales y entes de promoción del
distrito, han realizado estudios destinados a determinar cual sería el sitio más
propicio para la construcción de las amplias instalaciones necesarias para el
desarrollo de actividades especiales como las correspondientes a un Centro de
Exposiciones.
No se trata solo de ubicar un predio de
dimensiones apropiadas. Dada la complejidad de este tipo de eventos, entran en
juego otras demandas y condicionamientos, tales como:
-Tipos de usos existentes en el área de
implantación (residenciales, comerciales, industriales, turísticos), grado de
compatibilidad o alteración con las actividades consolidadas, cambios de
intensidad en las distintas épocas del año, superposición con la nueva actividad y
densidad poblacional.
-Propiedad y valor de la tierra en el
entorno inmediato, tipología y parcelamiento.
-Consolidación del tejido urbano:
grado, tipo, estado, densidad de ocupación de la tierra; tipología del perfil
edificado, características y volumetría.
-Nivel de equipamiento: todo aquel que
sea necesario y/o aconsejable para atender a la actividad a radicar; servicios y
asistencia.
-Tránsito, transporte y circulación: en
base a los servicios existentes y su estado; grado de accesibilidad, flujos
circulatorios, tipo y calidad del tránsito y del transporte urbano e interurbano.
-Tipo de núcleo urbano y sus
vinculaciones con el centro de la ciudad y con otros centros secundarios.
-Infraestructura disponible en el sector,
factibilidad y carencias.
-Problemas ecológicos: preservación o
alteración del medio ambiente; contaminación (ruidos, polución del aire, etc.).
-Aporte de la nueva actividad en el
funcionamiento global de la ciudad y del sector urbano en particular.
Para emprendimientos de la magnitud
de los planteados, en el contexto de necesidades enunciadas, tiene gran
significación el impacto urbano y la inserción en la comunidad de la actividad a
incorporar, elementos que en conjunto influirán en la calidad de vida del área.
Cuando los especialistas en la
problemática del urbanismo de la principal ciudad turística del país analizaron el
tema y se abocaron al estudio de las posibles localizaciones para este tipo de
equipamiento y usos, llegaron a una primera conclusión: las escasas posibilidades
existentes para asignar inmuebles aptos para albergar actividades de las
características enunciadas.
Sin lugar a dudas, es el
establecimiento del Centro de Exposiciones de Mar del Plata el equipamiento que
mayores necesidades, en cuanto a superficie de tierra requiere. Más se complica
la situación si se trata de afectar una fracción cuyo dominio pertenezca al
Estado.
Al efectuar dicha búsqueda se
determinó que muy pocos inmuebles reunían las condiciones mínimas solicitadas,
especialmente en lo relacionado con los espacios cubiertos y descubiertos
necesarios para el nivel de exposiciones planteado; así como para la adecuación
de los sectores periféricos, los que deben amortiguar el impacto con el
entorno.
Entre los predios evaluados solo uno,
ubicado dentro del radio urbano y dotado de condiciones óptimas en cuanto a
accesibilidad y servicios completos, reune los requisitos para instalar esta especial
actividad: el situado entre las calles López de Gomara, José Mármol, Florisbelo
Acosta y el boulevard marítimo Félix U. Camet.
Dicho inmueble, denominado
catastralmente como Circunscripción VI, Sección B, Manzanas 158 -Fracción I-,
158 c, y 159 b -Parcela 1-, constituye un amplio terreno baldío de
aproximadamente 39.000 metros cuadrados, cuyo titular es actualmente el Estado
nacional.
Los resultados de este estudio
derivaron en la adopción de una serie de medidas destinadas a preservar lo que, a
todas luces, constituía la única fracción disponible para la concreción de este
equipamiento. Prioritariamente, y en cumplimiento de las competencias
comunales, se sancionaron una serie de normas de carácter legislativo, vinculadas
a actuar preventivamente para salvaguardar dicha afectación, y en cumplimiento
con la planificación y el ordenamiento territorial del Partido de General
Pueyrredon.
Antecedentes del inmueble
Cabe aclarar que, originalmente, dicho
predio perteneció a la Sociedad de Beneficencia de Capital Federal -quien lo
obtuvo por legado- con el fin de ser empleado para actividades de carácter social y
comunitario. Por tal motivo, dicha entidad decidió utilizarlo para la construcción de
un Solarium destinado a niños afectados por tuberculosis. Esta determinación
obedecía a la estratégica ubicación del inmueble: en la periferia de la ciudad -en
ese entonces-, y en proximidades de la costa.
Con el transcurrir de los años, el predio
quedó abandonado, pasando por tal motivo a ser conocido el sitio desde mediados
de la década del 60 como el "Ex-Solarium". Esta circunstancia se debió a la
disolución de dicha entidad de bien público, siendo transferidos los bienes
remanentes al patrimonio del Estado Nacional.
Posteriormente el terreno comenzó a
ser conocido popularmente como la "Canchita de los Bomberos", ya que contiguo
al lugar en Av. Constitución entre las calles Derqui y Mármol, funcionaba un
Destacamento del Cuerpo de Bomberos, cuyos fondos se conectaban con ese
predio, el cual era utilizado por el personal durante los ratos libres como campo de
deportes.
Trasladadas dichas instalaciones, los
habitantes del sector continuaron aprovechando el lugar para el esparcimiento y el
deporte libre. Con el aporte de los vecinos, entidades barriales y de la
Municipalidad local, se ha mantenido desde hace décadas el lugar en condiciones
de higiene y limpieza, habiéndose montado estructuras de arcos para la práctica
del fútbol en un sector del predio. De tal forma, desde hace ya muchos años, la
mencionada fracción de tierra conforma un espacio público recreativo para niños,
jóvenes y adultos. Allí cientos de chicos y grandes tienen la oportunidad de
disfrutar de un amplio espacio verde el que, aunque precariamente adaptado,
suple el déficit de áreas parquizadas en un amplio radio urbano periférico a este
sitio.
Durante el mes de marzo de 1991, en
la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon se registró la visita de un
agrimensor funcionario asesor de la Administración de Inmuebles Fiscales,
dependiente del Ministerio de Economía de la Nación. Esta persona traía en su
poder un proyecto de loteo de la fracción de tierra en cuestión, con el objeto de
plantear su venta en parcelas para la construcción de viviendas de categoría.
En esa circunstancia, tanto la
dependencia del Departamento Ejecutivo Municipal responsable del planeamiento
urbano, como la Comisión de Obras Públicas del Honorable Concejo Deliberante
local, informaron al mencionado asesor sobre la existencia de la decisión política,
avalada por ordenanzas específicas, en el sentido de que dicho predio se
reservara para la construcción de un centro para eventos de magnitud de los que
carecía Mar del Plata.
Ante la evidencia de consenso
existente en la ciudad para hacer realidad el objetivo planteado, y los
impedimentos de carácter legislativo vigentes, el funcionario nacional desistió de
continuar con el proyecto presentado.
A partir de ese momento, se han
registrado diversos hechos vinculado con acciones de la dependencia
gubernamental a cuyo cargo se encuentra el inmueble. El día domingo 21 de
enero de 1996, los vecinos del sector denunciaron la presencia en el lugar de un
grupo de personas y maquinarias que estaban desmontando los arcos de la
cancha de fútbol, así como otros elementos de delimitación del lugar, produciendo
asimismo perforaciones en el terreno. Ante el requerimiento de los habitantes del
barrio, una persona que se identificó como representante de la empresa
interviniente, les informó de mala manera que iban a hacer una obra ya que, como
se autotituló, eran "dueños del terreno".
Según se conoció luego, se trataba de
una sociedad comercial de origen estadounidense de nombre "Worldwide
Amusemend Services Corporation", con sede en Orlando (Florida) de acuerdo a lo
que informaron. Esta empresa poseía un contrato con el Ministerio de Economía
de la Nación para la locación del inmueble. Su objetivo era la instalación de un
parque de diversiones, el que se denominaría "Park American", en ese sitio.
Al tomar conocimiento de las
intenciones de la mencionada empresa para con el sector, se produjo
inmediatamente una gran movilización popular con denuncias a la Municipalidad y
a los medios de difusión, los que se hicieron eco durante muchos días de estos
hechos. Los reclamos del barrio, a los que se sumaron diversas entidades
defensoras del patrimonio público y los espacios verdes, se complementaron con
numerosas planillas conteniendo firmas de los vecinos oponiéndose a dicho
emprendimiento comercial.
A pesar que dicha firma había
comenzado los trámites correspondientes para lograr la habilitación de la actividad
proyectada, la fuerte presión popular, rechazando terminantemente la instalación
de ese complejo, así como las disposiciones vigentes en cuanto al destino
prefijado para el predio, determinaron que el Departamento Ejecutivo comunal
dictara el Decreto Nº 63/96 denegando el permiso de uso del suelo solicitado.
Otro hecho de características similares
ocurrió tres años más tarde. A finales del mes de diciembre de 1999, un sector de
la mencionada fracción de tierra fiscal fue ocupado por un grupo de personas
quienes procedieron a montar un circo con elementos traídos en camiones y
remolques. Los vecinos de la zona residencial periférica procedieron a realizar
inmediatamente la denuncia pertinente a las autoridades comunales, las que
requirieron las autorizaciones pertinentes.
Tal como sucediera con la anterior
ocupación, los responsables de "Le Cirque" -tal la denominación del circo-
esgrimieron tener permisos no oficiales de funcionarios del gobierno nacional. Con
unánimes protestas, los habitantes cuestionaron el asentamiento de una actividad
precaria y la utilización de dichos terrenos para emprendimientos irregulares. Si
bien la Municipalidad no pudo impedir la presencia del circo durante ese verano, la
reacción de los marplatenses impidió la repetición de hechos similares durante los
años siguientes.
Las acciones preventivas y correctivas
de la Municipalidad han impedido, de tal forma, la adopción de medidas
contraproducentes para la ciudad, adoptadas a más de 400 kilómetros de
distancia, sin consultar a las instituciones representativas y en desconocimiento de
las realidades y necesidades de la comunidad del lugar.
El cuidado del área, por parte de las
dependencias comunales y de los vecinos, ha evitado, en principio, que este
predio se transformara en un basural o en un asentamiento, ya que resulta
prácticamente imposible el control de estos inmuebles desde la Capital Federal.
Aún así, un intruso se ha ubicado con una vivienda precaria en un sector marginal
del terreno, lo que pone en riesgo la integridad dominial del mismo por la
posibilidad de un futuro trámite de usucapión.
De acuerdo con un informe elaborado
por la Dirección General del Consejo Municipal de Planeamiento del Partido de
General Pueyrredon, este terreno "... ni tan cerca ni tan lejos del corazón de la
ciudad, es prácticamente la última fracción indivisa que resta en un radio de 4
kilómetros con centro en la Plaza San Martín, distando exactamente 30 cuadras
de ella"; agregándose que este espacio, por sus características, constituye una
verdadera reserva para los grandes emprendimientos necesarios a fin de lograr el
desarrollo de la ciudad.
En el mismo informe se recomienda la
tramitación correspondiente para proceder a la declaración de utilidad pública, con
el objeto de concretar la expropiación de dos pequeñas parcelas privadas que han
quedado insertadas en esa fracción de tierra, obstruyendo su completa
interrelación con el boulevard costero. Las mismas identificadas catastralmente
como: Circunscripción VI, Sección B, Manzana 159 a, Parcela 2a; y Manzana 159
b, Parcela 2, corresponden, en el primero de los casos a una pequeña
construcción precaria, mientras que en el segundo consiste en un terreno
baldío.
La integración de estas dos parcelas -
de reducidas dimensiones- a la fracción de tierra mayor anteriormente
mencionada, resulta de gran importancia para la concreción del Centro de
Exposiciones de Mar del Plata y un parque público comunitario que lo circunde.
Por tal motivo, se ha presentado el correspondiente proyecto de ley de
Declaración de Utilidad Pública y Sujetas a Expropiación para las mismas, en la
Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
Los resultados de los estudios
realizados, con el fin de determinar el sitio más adecuado para la construcción de
ese importante equipamiento, llevaron a la comuna marplatense a promulgar dos
Ordenanzas, sancionadas por unanimidad por los integrantes del Honorable
Concejo Deliberante local, destinadas al dictado de indicadores urbanísticos y el
establecimientos de usos del suelo admitidos para dicho predio. La primera de
ellas data del año 1985, mientras que la restante corresponde a 1990.
Ambas disposiciones, relacionadas con
las atribuciones municipales del dictado de normas para su ordenamiento
territorial, incorporaron este inmueble al Distrito de Urbanización Futura y lo
afectaron para la construcción de un Centro donde se podrían nuclear usos de
gran envergadura, vinculados con realizaciones de carácter internacional:
exposiciones, congresos y convenciones.
Asimismo, y ante la existencia de
casos similares en los que organismos provinciales y nacionales tratan de
desprenderse de fracciones de tierra de su propiedad, sin tener en cuenta que los
mismos pueden ser de gran importancia para dotar a la ciudad de equipamiento
faltante de carácter comunitario, la Municipalidad del Partido de General
Pueyrredon sancionó y promulgó la Ordenanza 7896. La misma establece que son
declarados de Interés Municipal esos inmuebles ubicados en su jurisdicción,
determinándose que los mismos serían requeridos para su transferencia sin cargo
al patrimonio comunal. En coincidencia con estos criterios, el Honorable Concejo
Deliberante local sancionó una serie de Ordenanzas y Comunicaciones orientadas
a que el municipio se dirigiera a las dependencias correspondientes del Poder
Ejecutivo Nacional, a efectos de requerirle la cesión de aquellos inmuebles
innecesarios para sus funciones y que habían sido destinados para su venta.
Entre estos actos legislativos merece destacarse la Ordenanza 8212 por la que el
HCD. local determinó que el Departamento Ejecutivo gestionara la cesión de tres
fracciones necesarias para el desarrollo del distrito, entre las que se encontraba
específicamente la ubicada en la intersección del boulevard Félix U. Camet y la
calle López de Gomara.
En el mes de marzo de 1997, la
Dirección Nacional de Bienes del Estado a través del Arq. Javier A. Pita, planteó a
la Municipalidad un proyecto de venta de dicho inmueble -licitación pública
mediante-, para lo cual requirió a la comuna el establecimiento de indicadores
urbanísticos para el sector. Curiosamente, ya estaban prefijados por la
mencionada dependencia las características de emprendimiento a realizar en el
lugar una vez vendido el predio: "Hotel 5 estrellas y Centro Cultural de
Convenciones".
En un rápido trámite, dada la aparente
urgencia por parte del funcionario nacional se sancionó la Ordenanza 11150 que
determinó afectaciones de uso, indicadores urbanísticos y normas particulares
para cada sector de los macizos existentes. Inmediatamente surgieron fuertes
cuestionamientos al proyecto, resultando evidente que estaba previamente
acordado con particulares interesados en usufructuar esas tierras fiscales, dada su
privilegiada ubicación y características únicas desde el punto de vista urbanístico.
Ello motivó que el mismo no tuviera continuidad por entonces.
El día 12 de diciembre de 1997, el
Intendente Municipal firmó un convenio con el Sr. Director Nacional de Bienes del
Estado, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Obras y
Servicios Públicos, por medio del cual el Estado Nacional designó a la
Municipalidad del partido de General Pueyrredon como depositaria del inmueble
referido -propiedad de aquel-, sin fijarse plazos para dicho objetivo. Este convenio
fue convalidado por el Concejo Deliberante el día 5 de marzo de 1998, mediante la
sanción de la Ordenanza 11738.
Sin embargo, cuatro años más tarde -
más precisamente a comienzos del mes de febrero de 2001- tomó estado público
la información respecto a la decisión del Gobierno Nacional, a través del
Organismo Nacional de Administración de Bienes (ONABE), de insistir con la
venta de dichas tierras para los mismos destinos prefijados en el año 1997; es
decir un hotel y un centro de convenciones de alta categoría.
En esta oportunidad -y con el fin de
atemperar las críticas manifestadas anteriormente- se planteo que el valor de la
propiedad sería empleado para construir viviendas de carácter social en otro sitio.
El mecanismo consistiría en que el adjudicatario de la licitación no entregaría el
dinero con que se valuaba la propiedad sino que construiría un número
indeterminado de viviendas de bajo costo en un predio a establecer por la
comuna.
A pesar de ello, nuevamente arreciaron
los cuestionamientos a la iniciativa, más aún cuando fue publicado en los diarios
un aviso clasificado con el título "El Estado Vende" y los logos de la Presidencia de
la Nación y la ONABE, en el cual se anunciaba el llamado a licitación pública (Nº
021/2001), la base ($ 1.650.000) y la forma de pago: contraprestación
construcción de viviendas.
En momentos en que comenzaba a
desatarse una tremenda crisis económica en el país, la cual estaba afectando a
los hoteles de categoría 5 estrellas existentes en la ciudad de Mar del Plata, y en
el marco de una mayoritaria oposición pública a la operación inmobiliaria, el día
fijado para la presentación y apertura de sobres de la licitación -9 de junio de
2001-, careció de oferentes. Desde entonces y hasta el presente, las autoridades
nacionales no volvieron a insistir con su intención de venta del predio.
Utilización de predios para
exposiciones
Cabe resaltar que, por muchos años,
fue precisamente este el predio utilizado para la realización de grandes
exposiciones de nivel local, provincial y nacional. Allí se procedía al armado,
especialmente para su utilización durante el período estival, de estructuras
desmontables en las que diversos expositores exhibían sus productos. Los
diversos stands eran ocupados no solo por empresas privadas sino también por
organismos oficiales y entidades intermedias, con el objeto de emplearlos como
forma de comunicación institucional.
Con carácter de Predio Ferial, dicho
espacio albergó durante varios años exposiciones vinculadas con el desarrollo de
actividades productivas y de servicios. Fue precisamente una entidad de alto
prestigio y representatividad de la ciudad de Mar del Plata, la Unión del Comercio,
la Industria y la Producción (UCIP), quien tuvo a su cargo la organización de estos
eventos, contando con una autorización por tiempo limitado del organismo
nacional, a cuyo cargo estaba el inmueble, para el uso del mismo.
El complejo trabajo de ensamblar y
desmontar periódicamente las estructuras que servían para alojar los stands, al
carecerse de construcciones para tal fin, así como la precariedad de los permisos
conseguidos, limitados a los meses de verano exclusivamente, obligó a la
suspensión de esta tradicional muestra. Marplatenses y turistas perdieron así un
atractivo importante que contribuía al conocimiento de diversos aspectos
vinculados a la cultura y a la producción local, regional y nacional.
En los años siguientes, durante la
segunda mitad de la década de 1980, se intentó reeditar estas exposiciones,
utilizándose para tal fin una fracción de tierra desocupada integrante del área
Puerto Mar del Plata. Solo pudo emplearse el lugar por poco tiempo, debido a que
la misma presentaba similares problemas de infraestructura y carencia de
instalaciones para albergar los productos exhibidos. Esta situación se agravaba
por la ubicación del inmueble, en un sector urbano altamente conflictivo,
especialmente durante el período estival.
Conviene destacar que, en su
oportunidad, estas realizaciones muy concurridas, contaron con el auspicio de la
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, la Subsecretaría de Transporte
Fluvial y Marítimo de la Nación, la Secretaría de Comercio Interior, el Ministerio de
Defensa y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
Asimismo, fueron declaradas de Interés
Nacional, de Interés Provincial, de Interés para el Sector de la Subsecretaría de
Transporte Fluvial y Marítimo, de Interés Municipal, y de Interés Turístico
Provincial.
Entre otras entidades nacionales,
participaron con importantes stands: la Liga Naval Argentina, la Administración
Nacional de Puertos, la Comisión Nacional de Investigaciones Espaciales, y la
Fuerza Aérea Argentina. Se contaba con la presencia de stands de las provincias,
entre las que se destacaba la Provincia de Buenos Aires, que incorporaba una
muestra propia dentro de la general a la que denominaba EXPOBA. Allí las
diversas dependencias bonaerenses tenían sus propios stands, donde exhibían
sus actividades.
Estas exposiciones revestían también
un carácter internacional, ya que las representaciones consulares aprovechaban la
existencia de un predio ferial para presentar muestras particulares. Se recuerdan
entre otras la Exposición de Puertos y Fortificaciones en América y Filipinas
efectuada por España, la Exhibición de Productos de la Embajada del Perú, el
Show Espacial de la NASA, etc.
Nuevamente, la precariedad del lugar y
los costos que representaba montar instalaciones de magnitud que debían resistir
las inclemencias climáticas, obligó a suspender estos eventos, a pesar de la gran
convocatoria de público que generaban.
La necesidad de disponer de sitios
para poder realizar este tipo de actividades, determinó el surgimiento de varias
iniciativas particulares. Algunas de ellas plantearon instalaciones en el sector
próximo al Golf Club, mientras que la UCIP organizó durante un tiempo una
muestra en un reducido predio de la manzana ubicada frente al Casino Central a
comienzos de la pasada década.
Asimismo, la comuna local intentó,
como alternativa, la compra de una manzana cercana al puerto a mediados del
año 1992, propuesta desestimada, dado que la superficie era reducida para los
usos previstos; insistiéndose en el proyecto original de ubicación (boulevard Félix
U. Camet y Florisbelo Acosta), por ser el más apto. De tal forma, continuaron las
gestiones realizadas a nivel del gobierno nacional, destinadas a la afectación de
esa fracción de tierra para tal fin.
Posteriormente, y ante la falta de
lugares específicos, comenzaron a utilizarse espacios públicos para la realización
de muestras y exposiciones, montándose por lo general carpas de grandes
dimensiones o equipos móviles, entre los meses de diciembre y marzo de cada
año. Los sitios empleados para tal fin fueron la Plaza San Martín, en el centro
mismo de la ciudad, y los sectores del Complejo Casino - Hotel Provincial.
Existen una serie de muestras que,
tradicionalmente en forma anual y con gran sacrificio por parte de sus
organizadores, son reeditadas. Una de ellas es la "Feria de las Colectividades"
que, por no disponerse de un sitio adecuado, utiliza calles del centro de la ciudad
para el armado de los stands dentro de carpas.
Muchas de estas ocupaciones han
provocado airadas protestas por parte de los marplatenses, ya que no solo se
veían reducidas las áreas de circulación y esparcimiento sino que,
fundamentalmente, se afectaba seriamente el paisaje urbano y el turismo.
Soluciones de emergencia como las
mencionadas, por no contarse con espacios específicos, derivaron en fuertes
controversias con los poderes públicos municipales y provinciales, en los casos de
permisos otorgados en el sector de la Rambla.
Todos los años se registran solicitudes
de organismos provinciales y nacionales que desean montar stands de
exposiciones para que puedan ser visitados por los habitantes y turistas de la
ciudad en época de vacaciones. Ejemplos de ello han sido las muestras anuales
del Ministerio de la Producción o del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia
de Buenos Aires; así como de la Secretaría de Lucha contra el Narcotráfico.
En los últimos años, se ha intentado
recuperar la existencia de estos predios feriales. Para tal fin los organizadores han
utilizado temporariamente un sector descampado de la Base Naval Mar del Plata,
precisamente el sector correspondiente a la pista de aterrizaje de aviones y de
maniobra de helicópteros, lugar donde montan carpas y estructuras las diversas
instituciones oficiales y organizaciones no gubernamentales, así como las
empresas privadas.
Al igual que en los casos anteriormente
comentados, la precariedad, discontinuidad de uso del sitio, con el agravante de
los problemas de accesibilidad al mismo, ha impedido un desarrollo y repercusión
mayor de estas exposiciones. A pesar de ello, la Sociedad Rural Argentina
organizó varias ediciones, las que se llevaron a cabo durante los períodos estival.
También se programó la "6º Exposición Agroindustrial y Comercial de Verano", y
se proyectó la realización de la "1º Exposición Nacional de
Microemprendimientos", simultáneamente y en el mismo lugar que fue empleado
para ello.
Durante los últimos años ha sido más
evidente aún la carencia de este tipo de equipamiento de escala urbana. Se ha
tratado de paliar la inexistencia de instalaciones adecuadas utilizando recintos
destinados a otras actividades. Corresponde citar como ejemplo el empleo
transitorio para exposiciones de los gimnasios del Estadio "José María Minilla", los
depósitos de la empresa Telefónica de Argentina, la cancha del Estadio
Polideportivo "Islas Malvinas" -utilizada para la muestra anual de la construcción-;
o la Base Naval, empleada para el reciente "Congreso y Exposición Mundial de
Energía Eólica".
Estos eventos se han visto coronados
con el éxito, a pesar de que sus realizadores deben afrontar las numerosas
deficiencias operativas estructurales, que impone el no disponer de un sitio
adecuado dotado de instalaciones básicas para estas actividades. A pesar que
estos condicionantes dificultan sobremanera el desarrollo de las exposiciones, ha
quedado en evidencia que las mismas poseen una concurrencia manifiesta de
público. De más esta suponer la repercusión y trascendencia que significaría
realizar estos eventos en un sitio apropiado.
Por último cabe mencionar que, ante la
imperiosa necesidad de contar la ciudad de Mar del Plata con un Centro de
Exposiciones, la Municipalidad de General Pueyrredon solicitó y obtuvo en forma
precaria por un tiempo limitado, un depósito de reducidas dimensiones
perteneciente a la empresa "Telefónica de Argentina", ubicado en las afueras del
ejido urbano, el cual no sirvió a los fines previstos.
Desde el pasado año, la comuna ha
tratado de gestionar la cesión de un inmueble ubicado en la Av. Juan B. Justo y
calle Perú, utilizado originalmente por la empresa ESEBA como depósito. Sin
embargo esta gestión resulta contradictoria, no sólo porque es evidente que el
inmueble no es el más apto al no reunir las condiciones necesarias para tal fin -
particularmente por su ubicación y dimensiones-, sirviendo sólo con carácter
precario y transitorio con dicho objetivo; sino porque además la construcción ha
sido requerida por varios establecimientos educacionales de la ciudad que no
cuentan con edificio propio, iniciativas que han contado con el apoyo del Concejo
Deliberante mediante la sanción de las Resoluciones R-1252 y R-1263 del 25 de
febrero y 25 de marzo de 1999, respectivamente.
Por último cabe acotar que, con fecha
24 de agosto de 1998, el Departamento Ejecutivo local remitió al Deliberativo la
respuesta a la Comunicación C-1627, aprobada por éste el año anterior, por la
cual se solicitaba un estudio referido a la posibilidad de compra por parte de la
comuna de un terreno para ser destinado a Predio Ferial. En su respuesta, la
dependencia municipal competente en la política de tierras del municipio informó:
"Dadas las características que debe ofrecer un predio ferial, en áreas
relativamente céntricas, sólo existen disponibles el conocido como Cancha de los
Bomberos, en F. Acosta y Félix U. Camet, y la Manzana de los Circos, de Juan B.
Justo y Av. Martínez de Hoz, ambos de propiedad del Estado Nacional";
consignando que el Gobierno Provincial había manifestado su decisión de
desarrollar en el último e los inmuebles mencionados la ampliación de la
infraestructura portuaria, con lo cual sólo quedaría el primero de los nombrados
para poder concretar el centro de Exposiciones que Mar del Plata requiere.
Transferencia del inmueble
En ese sentido, un hecho de gran
importancia se produjo entre los meses de septiembre y octubre de 1992, la
sanción y promulgación de la Ley Nacional 24.146. La misma, en coincidencia con
lo establecido previamente por la Ley Nacional 23.697, en su artículo 60º "Venta
de inmuebles innecesarios", dispone en su artículo 1º: "El Poder Ejecutivo
Nacional deberá disponer la transferencia a título gratuito a favor de provincias,
municipios y comunas de bienes inmuebles innecesarios para el cumplimiento de
sus fines o gestión de la Administración Pública Nacional, sus empresas y entes
descentralizados...".
En su artículo 3º se indica: "Las
transferencias contempladas en el artículo 1º únicamente podrán ser dispuestas
en todos los casos con cargo a ser destinados los inmuebles por sus beneficiarios
a programas de rehabilitación y desarrollo urbano, infraestructura de servicios,
construcción de viviendas de interés social para familias de escasos recursos, la
habilitación de parques o plazas públicas, o de unidades educacionales,
culturales, asistenciales o sanitarias."
Inmediatamente de haberse tomado
conocimiento, a través del Boletín Oficial (21/10/92), de las disposiciones de la Ley
24.146, las autoridades comunales iniciaron las gestiones correspondientes ante
el Poder Ejecutivo Nacional. De tal forma se elevaron las actuaciones
correspondientes, cumpliéndose los requerimientos establecidos por el Decreto
Reglamentario Nº 776/93. Específicamente, este último hace referencia en su
artículo 10º al cumplimiento de una serie de requisitos, entre los cuales se
destacan los referidos a: precisar el destino que se le dará al inmueble (inc. a),
manifestar compromiso de afectar las partidas presupuestarias destinadas a la
ejecución del proyecto (inc. d), así como manifestar con carácter de declaración
jurada que no se posee un inmueble de iguales o similares características que
pueda emplearse con los mismos fines solicitados (inc. f).
Lamentablemente, el desarrollo del
proceso burocrático de transferencia de los predios se ha visto demorado y
trabado debido, entre otros motivos, a cambios y mal manejo del tema por parte
de los funcionarios intervinientes.
Más allá del estricto cumplimiento de
las disposiciones vinculadas con esta tramitación, debe tenerse muy en cuenta los
casos inversos. En numerosas oportunidades, han sido organismos nacionales,
quienes han solicitado a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon la
cesión de predios de su dominio, a título gratuito, para la realización de obras de
infraestructura y equipamiento específico. Entre otros, conviene mencionar las
cesiones de fracciones de tierra de grandes dimensiones destinadas a la
construcción de Escuelas Nacionales de Educación Técnica, o aquellas
incorporadas para la ampliación del Aeropuerto.
En todos estos casos, además de la
celeridad dada a los trámites administrativos correspondientes, por parte de la
comuna, no se solicitaron condiciones especiales al Estado Nacional para la
transferencia del dominio y la utilización de la tierra.
Estos antecedentes deberían servir
para que, al menos, se asumiera un tratamiento similar con la Municipalidad local,
cuando ésta requiere de un predio innecesario para la Nación pero de gran
importancia para los requerimientos de equipamiento comunitario de Mar del
Plata.
Cabe destacar que, al producirse los
intentos de venta de la fracción de tierra fiscal conocida como la "canchita de los
bomberos", los cuestionamientos masivos apuntaron -entre otros aspectos del
proyecto inmobiliario- a por qué no se había realizado oportunamente la
transferencia del predio a la Municipalidad tal como lo prescribe la Ley 24146.
La respuesta oficial se basó en
argumentaciones vinculadas con el valor del inmueble, ya que su tasación
superaba los $ 300.000 fijados como límite por el artículo 7º de la norma citada.
Sin embargo, el mismo exceptúa a los casos mencionados en el artículo 4º, es
decir a los inmuebles innecesarios que con anterioridad al 30 de junio de 1992
estuvieren ocupados por las jurisdicciones provinciales, municipales o comunales
con fines de utilidad pública, los cuales deberán ser transferidos gratuitamente a la
jurisdicción solicitante, con destino al cumplimiento de los fines establecidos en el
artículo 3º, anteriormente citado.
Teniendo en cuenta que la
Municipalidad custodió y mantuvo durante muchas décadas en condiciones de
limpieza, accesibilidad y utilización a la mencionada fracción de tierra para su
empleo con fines recreativos y deportivos, siendo equipado un sector -para éste
último caso- por una reconocida institución deportiva local autorizada por la
comuna para entrenamiento de niños y jóvenes; resulta evidente que no
corresponde el fundamento de la valuación límite. La popular denominación del
predio -"canchita de los bomberos"- es una prueba contundente del uso como
espacio verde público, al cual no se le realizaron más mejoras dado que la
comuna no tenía la titularidad del mismo.
Por otra parte, también se esgrimió
para proceder a la operación de venta, la falta de constancia en cuanto a la
presentación municipal para solicitar la transferencia, para lo cual originalmente se
había establecido como fecha tope el 31 de diciembre de 2000. Dicho plazo fue
posteriormente prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2003 a través del artículo
1º del Decreto Nº 1247/2000 (B.O. 4/1/2001).
Cabe destacar que, habiendo quedado
desierto el llamado a licitación pública realizado en junio de 2001 para la venta del
predio, la Municipalidad de General Pueyrredon formalizó en el mes siguiente su
pedido de incorporación del inmueble propiedad del Estado nacional al patrimonio
de la comuna, en los términos de la Ley 24146. Es decir que dicha solicitud quedó
comprendida dentro de los plazos prorrogados al límite original, sin embargo
dicha transferencia no se ha concretado.
Conclusiones
Sin lugar a dudas Mar del Plata es la
ciudad ideal para este tipo de realizaciones, ya que en ella se nuclean,
especialmente durante la temporada estival, pero también durante las vacaciones
de invierno y los fines de semana largos, gran cantidad de turistas provenientes de
todos los sectores del país, así como contingentes internacionales.
Igualmente, debido a las casi 650.000
personas que habitan en forma permanente la ciudad, la posibilidad de contar con
un Centro de Exposiciones cuya magnitud se vincule con esta demanda potencial,
asegura una actividad continua; más aún si el interés de la gente se retroalimenta
con los cambios de material exhibido. La variación de las muestras es también una
constante en los predios feriales, ya que, así como existe una concurrencia
periódica del público, también se produce un requerimiento constante de
instituciones y entidades diversas, oficiales y privadas para disponer de sectores o
espacios integrales destinados al montaje de stands o muestras de
envergadura.
La experiencia indica que este tipo de
actividades, y más aún en ciudades turísticas, poseen una demanda segura de
público, ávido de concurrir a espectáculos de nivel. La concreción en dicho lugar
del Centro de Exposiciones de Mar del Plata, permitiría disponer de instalaciones
aptas no solo para importantes muestras, sino que, a la manera de un gran Salón
de Usos Múltiples, posibilitaría también su empleo para grandes reuniones de
carácter cívico, social, cultural, educativo o recreativo.
Se calcula que el sector a ocupar con
construcciones sería aproximadamente un tercio del total de la superficie del
predio; el resto sería diseñado a fin de servir simultánea y complementariamente
como espacios abiertos de uso público, destinados tanto a la exhibición de
productos como a la recreación y el esparcimiento. Se conformaría de esta forma
un Parque Público Comunitario, periférico a los sectores cubiertos, que resolvería
el déficit de áreas verdes y permitiría continuar con el uso que parcialmente los
vecinos dan al lugar.
La implantación armónica de las
construcciones, rodeadas de espacios parquizados y forestados, posibilitará la
puesta en valor y potenciación del sector norte de Mar del Plata, el que se ha visto
trabado en su desarrollo por el escollo que representa el mencionado inmueble
baldío.
Se debe tener en cuenta que para la
construcción de los sectores cubiertos, generalmente se emplean sistemas
modulares prearmados de fácil y rápido montaje, lo que permite reducir los costos
relativos por metro cuadrado.
En cuanto a las posibilidades derivadas
de la concreción del proyecto, cabe señalar la realización simultánea de
exposiciones permanentes y transitorias de variada magnitud. Esta es una
característica de estos Centros en los que se trata de aprovechar al máximo las
instalaciones, motivo por el cual se diseñan y adecuan los espacios para la
coexistencia de diversas exhibiciones en forma simultánea. Sirva como ejemplo la
posibilidad de existencia de recintos de mediana o alta capacidad para
exposiciones permanentes de obras de arte (pintura, escultura, etc.), o de otro tipo
de objetos que requieran espacios más acotados y reservados. Paralelamente, el
sector cubierto central albergaría las grandes Muestras, Salones o Ferias que
necesitan ámbitos de gran amplitud, con mínimos elementos estructurales que
obstruyan la disposición y armado de stands, y otorguen flexibilidad para la
exposición de los productos.
La mencionada modalidad de
estructuración de espacios cubiertos y abiertos de variadas dimensiones y
características, posibilitaría un aprovechamiento continuo del Centro con
exposiciones permanentes, muestras rotativas y exposiciones a gran escala, las
que otorgarían un atractivo y una dinámica constante al lugar, constituyéndose en
un verdadero Complejo Cultural, tanto para los turistas como para los habitantes
de la ciudad, con los beneficios que una obra de este tipo tendría para el futuro de
la misma.
Mar del Plata carece de lugares
apropiados para exhibir masivamente su valioso patrimonio cultural. Bienes de
gran importancia artística no pueden ser expuestos en condiciones óptimas como
sería necesario, en sitios donde los ciudadanos puedan apreciarlos con
comodidad. Similar problema ocurre con los bienes históricos que, como en el
caso anterior, se encuentran limitados en su exhibición a museos o archivos de
reducida capacidad, ubicados en inmuebles no proyectados para dichos fines,
tales como la Villa Emilio Mitre o la Villa Ortiz Basualdo.
Por otra parte, y tal como ha sido
explicitado en los presentes fundamentos, tampoco dispone de un ámbito para la
realización de grandes exposiciones. Salones -como los del Automóvil- y Ferias -
como la de la Construcción- no pueden desarrollarse como sí lo hacen en otras
importantes ciudades del país.
Mar del Plata necesita de un Centro de
Exposiciones que permita resolver los requerimientos expuestos en los párrafos
precedentes, y el predio ubicado en el boulevar marítimo y López de Gomara es el
único que reúne las condiciones para concretar dicho emprendimiento. Solo hace
falta la decisión política de las autoridades para hacerlo realidad.
Es dable suponer que la realización de
este Centro, que no debería representar por sus características un
emprendimiento fuera del alcance económico de un municipio como el de General
Pueyrredon, resulta de difícil viabilidad para su concreción dada la actual situación
por la que atraviesan las comunas.
Por tal motivo, se presentan dos tipos
de alternativas para el logro de dicho objetivo: el sistema de Concesión de Obra
Pública o, lo que sería mucho más conveniente, el aporte de la Provincia y/o de la
Nación para su efectiva realización en función de los beneficios redundantes de
materialización del Centro de Exposiciones para esta región. La presente
iniciativa, fundamentada en la demanda existente del equipamiento indicado,
excluye cualquier duda acerca de las posibilidades de hacer realidad la
iniciativa.
En síntesis, los antecedentes
expuestos precedentemente demuestran claramente los siguientes aspectos
fundamentales:
-La necesidad que tiene Mar del Plata,
la ciudad turística más importante de la República Argentina, de contar con
instalaciones adecuadas para la realización de grandes exposiciones y muestras
de nivel regional, nacional e internacional.
-La existencia de un solo predio que
reúne las condiciones indispensables para desarrollar una actividad como la
planteada, con una magnitud y un nivel acorde a la dinámica de dicho centro
turístico.
-La intención manifiesta de la
comunidad marplatense que, durante años, se ha opuesto a los intentos de
privatización del mencionado predio, preservándolo para usos de carácter
público.
-El destino original de dicha fracción de
tierra, legada para realizar allí una obra de tipo social, el cual sería acorde con el
proyecto enunciado en la presente iniciativa.
-Las continuas acciones del municipio,
dirigidas a la afectación de ese sector para concretar un equipamiento de suma
importancia para su desarrollo futuro.
-La viabilidad para concretar la
iniciativa, de acuerdo a las características planteadas para la obra.
-Las múltiples posibilidades que
brindaría, para los habitantes de la ciudad y los continuos contingentes turísticos
que la visitan, la realización de instalaciones y la parquización del lugar,
constituyendo así un centro de usos múltiples para actividades cívicas, culturales,
comerciales, recreativas y comunitarias en general.
Todos los antecedentes expuestos,
avalan claramente la necesidad que tiene la ciudad de Mar del Plata de contar con
dicho predio. Desde hace décadas, las diversas administraciones comunales que
se han sucedido han gestionado la transferencia de ese inmueble. Estas acciones
han sido apoyadas unánimemente por el Departamento Deliberativo local.
Habiendo adquirido el Estado nacional
el dominio de la fracción mencionada, por extinción de la entidad de bien público
que la destinaba a fines comunitarios, no deberían existir impedimentos para su
transferencia a la Municipalidad; más aún considerando que la misma desea
utilizarla con similares objetivos.
En este sentido, se sumó
oportunamente la intervención de la Honorable Cámara de Diputados de la
Nación, a efectos del tratamiento de un proyecto de ley que ha contemplado la
cesión gratuita con el único cargo del destino indicado para el inmueble, en el
marco de las Leyes nacionales 23.697 y 24.146; sin embargo dicha iniciativa no
prosperó al no haber sido tratada dentro de los plazos establecidos.
Ante este cúmulo de evidencias,
resulta más que apropiado apoyar este emprendimiento. Actualmente están
siendo tratadas diversas iniciativas legislativas en la Cámara de Diputados de la
Provincia de Buenos Aires, con el fin de respaldar la concreción del Centro de
Exposiciones de Mar del Plata en dicho lugar.
Más allá de toda la argumentación
técnica, que sustenta la presente iniciativa, cabe plantear finalmente una cuestión
de principios, para nosotros fundamental. Los bienes constituyentes del patrimonio
del Estado, deben ser utilizados para beneficio de la comunidad. No pueden ser
privatizados por el mero hecho de que la dependencia oficial a cargo de su
tenencia no les haya encontrado un destino específico para sus funciones. Menos
aún pueden servir como simples bienes vendibles para posibilitar el cierre
financiero equilibrado del balance de un organismo estatal.
No es posible que determinados
funcionarios, desde sus despachos ubicados a cientos de kilómetros de los
inmuebles, decidan su liquidación, sin demasiados fundamentos y sin consultar
previamente a las administraciones municipales o provinciales, si dichos bienes
son de utilidad para las comunidades locales y regionales. Más aún, sin considerar
los efectos resultantes del cambio del dominio público al privado de los mismos,
así como de las modificaciones en cuanto a los usos del suelo establecidos y ha
establecerse.
Modernizar, racionalizar y optimizar el
funcionamiento del Estado, no significa proceder a su desguace; significa acercar
al pueblo a la administración y al control de gestión y de decisión. Para ello la
descentralización y la participación constituyen verdaderas palancas de cambio
para una real reforma del Estado.
En este caso particular y en otros
similares, la aplicación de estos criterios deben concretarse mediante -en
principio- la consulta previa a los municipios, a fin de verificar si dichos bienes son
necesarios para su equipamiento, para posteriormente proceder a su transferencia
a título gratuito y con cargo, cuando los mismos puedan ser empleados para el
desarrollo de las comunidades lugareñas.
Resulta prioritario, en todos los
aspectos que hacen al funcionamiento eficiente y transparente del Estado, la
participación y la descentralización, así como la cooperación entre las Entidades
Públicas -Nación, Provincia, Municipio- con el objetivo fundamental y excluyente
de actuar en beneficio de la comunidad
Por los motivos expuestos solicitamos
la transferencia, a título gratuito a la Municipalidad del Partido de General
Pueyrredon, del dominio de los inmuebles propiedad del Estado nacional
identificados en la presente, los cuales conforman un conjunto de predios baldíos
sin uso ni destino específico que se requieren para la creación del Centro de
Exposiciones de Mar del Plata y un parque público comunitario.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
CORTINA, ROY | CIUDAD de BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
SESMA, LAURA JUDITH | CORDOBA | PARTIDO SOCIALISTA |
GEREZ, ELDA RAMONA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
MARTIN, MARIA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
ASUNTOS MUNICIPALES |