PROYECTO DE TP
Expediente 3174-D-2007
Sumario: YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES, ARGENTINIZACION DE YPF, RECUPERACION DEL ROL ESTRATEGICO POR PARTE DEL ESTADO NACIONAL EN LA EJECUCION DE LAS POLITICAS HIDROCARBURIFERAS.
Fecha: 28/06/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 79
El Senado y Cámara de Diputados...
AGENTINIZACIÓN DE
YPF
Capítulo I - OBJETO
Artículo 1º: La presente ley tiene
por objeto la recuperación del rol estratégico, por parte del Estado nacional, en la
ejecución de las políticas hidrocarburíferas orientadas al desarrollo nacional,
mediante la adquisición de una parte del Capital Social de la empresa YPF S.A.,
así como la promoción de la adquisición de otra parte de ese Capital Social por
parte de un gran número de ahorristas e inversores nacionales.
Capítulo II - DE LA
ADQUISICIÓN DEL 25% ESTRATÉGICO
Artículo 2º: Autorízase al Poder
Ejecutivo a adquirir el 25% (VEINTICINCO POR CIENTO) del paquete accionario
de la empresa YPF S.A., ofrecido por la empresa REPSOL a un socio
estratégico.
Artículo 3º: A los fines de poder
realizar la operación de compra referida en el artículo anterior, se ponen a
disposición del Poder Ejecutivo hasta la suma de $1.000.000.000 (PESOS MIL
MILLONES) para el pago en efectivo de parte del paquete accionario de YPF S.A.,
para lo cual se asignará parte de los recursos recaudados en exceso de lo
estimado en el Presupuesto vigente.
Artículo 4º: El Estado nacional
capitalizará a ENARSA (Energía Argentina S.A.) con las acciones de YPF S.A.
que adquiera como resultado de las disposiciones de la presente ley.
Artículo 5º. ENARSA recurrirá a
los mercados de capitales a los efectos de financiar la compra de las acciones
necesarias para completar el 25% de Capital Social de YPF S.A., utilizando las
mismas acciones como garantía.
Capítulo III - DE LA
COLOCACIÓN NACIONAL DEL 20% DE YPF S.A.
Artículo 6º: Instrúyese al Banco de
la Nación Argentina para que negocie con la empresa REPSOL la colocación en el
país de las acciones de la empresa YPF S.A., escindida de REPSOL,
representativas del 20% del capital social de YPF S.A.
El Banco Nación convocará a las
entidades financieras y demás intermediarios del mercado de capitales para
organizar la colocación de estas acciones, de acuerdo con los siguientes
criterios:
1. Se privilegiará la colocación de
carácter minorista en los mercados de la República Argentina.
2. De ser necesario, se crearán
Certificados de Participación para facilitar la adquisición por parte de inversores de
menores recursos.
3. En caso de que la demanda supere
a la oferta, se prorrateará la suscripción de manera de asegurar la mayor
dispersión y atomización de accionistas que sea posible.
Capítulo IV - DE LA
REPRESENTACIÓN DEL ESTADO NACIONAL EN
YPF S.A.
Artículo 7º: Los miembros del
directorio de YPF S.A. que le corresponda designar al Estado nacional en virtud de
las acciones que adquiriere como consecuencia de lo dispuesto en el Capítulo II
de la presente Ley serán propuestos por ENARSA y deberán contar con la
aprobación del Congreso, previa publicación de sus antecedentes en medios de
circulación nacional.
Capítulo V - ACCIÓN DE
ORO
Artículo 8º: En las negociaciones
que lleve adelante ENARSA con la mayoría accionaria de YPF S.A., en función de
lo previsto por el artículo 5º de la presente Ley, y a los efectos de reconvertir a
YPF S.A. en una empresa que esté comprometida con los objetivos estratégicos
de nuestro país en materia energética, ENARSA propiciará la conservación para el
Estado nacional de los derechos de veto sobre las decisiones que resulten claves
para la preservación de los recursos, de un modo que garantice su pleno ejercicio
sobre todas las acciones que sean adquiridas. Estos derechos no podrán ser
contrarios a los intereses económicos de los accionistas de YPF S.A.
Capítulo VI - DEL CONTROL
DE ENARSA
Artículo 9º: ENARSA será
sometida a un régimen informativo y de control especial, debiendo remitir informes
trimestrales a la Auditoría General de la Nación y concurriendo semestralmente al
Congreso para informar y responder cuestiones que le sean planteadas.
Capítulo VII -
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Artículo 10º: Autorízase al Poder
Ejecutivo a adquirir mayor participación accionaria de YPF S.A., previo acuerdo
del Congreso, en los términos de la presente Ley.
Artículo 11º: De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La empresa petrolera española Repsol
ha manifestado públicamente su intención de desprenderse de un 45% del
paquete accionario de su controlada local YPF, así como la de vender un 25% de
ese paquete a un socio estratégico nacional, reservando el 20% restante para la
oferta pública. Juntamente con ello, la nueva YPF sería la controlante de todos los
activos de Repsol en la región, adquiriendo el estatus de empresa petrolera
latinoamericana.
Habida cuenta de que el Estado
nacional vendió en 1999 a la empresa Repsol prácticamente todo el capital social
que mantenía en YPF S.A., renunciando expresamente a ejercer los derechos de
veto que le confería su acción de oro y, con ello, a retener el control de un
instrumento clave en el diseño y ejecución de la política de hidrocarburos.
Considerando también la experiencia de los últimos años, en los cuales se
debilitaron las tareas de exploración y explotación de petróleo y gas, con la
consiguiente disminución evidente y alarmante de nuestras reservas de
hidrocarburos. Y considerando asimismo que ante la emergencia energética
constituye un objetivo estratégico de la Nación recuperar su injerencia en la
explotación del petróleo, una muestra evidente de lo cual ha sido la reciente
creación de ENARSA, consideramos que el Estado nacional no debe dejar pasar
esta oportunidad, la que se abre por decisión de la propia empresa española de
limitar su exposición al riesgo argentino y regional.
Por ello, el Estado nacional debe tomar
una posición activa en la negociación de la compra del paquete accionario del
25% que está en oferta para un operador estratégico, y debe realizar la gestión a
través de ENARSA. En esas negociaciones, se debe recuperar para el país el
pleno ejercicio de la "acción de oro", el poder de veto que el Estado renunciara a
aplicar en 1999, en ocasión de la oferta de Repsol que concluyera con la
adquisición total del paquete accionario de YPF. Una acción de oro sobre todo el
paquete accionario que adquiera el Estado y cuyo ejercicio quede realmente
garantizado permitirá a la Argentina contar con el derecho de veto en aquellas
decisiones que resulten claves para la preservación del interés estratégico.
También se debe procurar que el
restante 20% del capital social, también ofrecido a la venta, sea adquirido por
inversores argentinos, y que sus acciones representativas, o los certificados de
participación, si fuera menester hacerlas accesibles a los pequeños inversores
locales, sean suscriptos y negociados por intermediarios argentinos, para
fortalecimiento de nuestro mercado de capitales y del carácter nacional de YPF.
Entendemos que el Banco Nación está capacitado para organizar semejante
operación, que ya fuera realizada exitosamente en el año 2003, en ocasión de la
primera venta de acciones de YPF S.A.
No podemos dejar pasar esta gran
oportunidad que nos depara la hora. Es la gran oportunidad de recuperar una
empresa insigne para todos los argentinos y de volver a poner en nuestras manos
el destino de un bien cada día más relevante. No desaprovechemos esta gran
ocasión para poner de pie a la Argentina. Evitemos que un nuevo negocio se haga
cargo de nuestro petróleo. Hagamos de esta ocasión una nueva acción estratégica
y patriótica.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SARGHINI, JORGE EMILIO | BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA NACIONAL |
ACUÑA KUNZ, JUAN ERWIN B. | SANTA CRUZ | UCR |
BARAGIOLA, VILMA ROSANA | BUENOS AIRES | UCR |
BAYONZO, LILIANA AMELIA | CHACO | UCR |
CAMAÑO, EDUARDO OSCAR | BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA NACIONAL |
CASSESE, MARINA | BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA NACIONAL |
CHIRONI, FERNANDO GUSTAVO | RIO NEGRO | UCR |
FABRIS, LUCIANO RAFAEL | CHACO | UCR |
LEMOS, SILVIA BEATRIZ | MENDOZA | UCR |
LEYBA DE MARTI, BEATRIZ | CORDOBA | UCR |
JANO, RICARDO JAVIER | BUENOS AIRES | UCR |
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
MORINI, PEDRO JUAN | SANTA FE | UCR |
ROZAS, ANGEL | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FINANZAS |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |