PROYECTO DE TP
Expediente 3158-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26688, POR LA CUAL SE DECLARA DE INTERES NACIONAL LA INVESTIGACION Y PRODUCCION PUBLICA DE MEDICAMENTOS, MATERIAS PRIMAS PARA LA PRODUCCION DE MEDICAMENTOS, VACUNAS Y PRODUCTOS MEDICOS.
Fecha: 17/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo para
solicitarle que proceda a reglamentar la Ley Nº 26.688 que "DECLARA DE INTERES
NACIONAL LA INVESTIGACION Y PRODUCCION PUBLICA DE MEDICAMENTOS,
MATERIAS PRIMAS PARA LA PRODUCCION DE MEDICAMENTOS, VACUNAS Y
PRODUCTOS MEDICOS".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley Nº 26.688 fue sancionada el
29 de junio de 2011 y promulgada de hecho un mes más tarde.
Dicha norma declara
"de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos,
materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos
médicos entendiendo a los mismos como bienes sociales".
Tras ello, precisa que
su objeto es "promover la accesibilidad de medicamentos, vacunas y productos
médicos y propiciar el desarrollo científico y tecnológico a través de laboratorios de
producción pública".
Bajo el concepto de
"laboratorios de producción pública" incluye a los pertenecientes al "Estado
nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las
fuerzas armadas y de las instituciones universitarias de gestión estatal".
La ley que nos ocupa
es producto de sendos proyectos elaborados oportunamente por los diputados
nacionales (mc) Eduardo Macaluse y Mario H. Martiarena. Sus iniciativas fueron
sintetizadas en un único dictamen que resultó aprobado sin oposición alguna por el
pleno de esta Cámara el 16 de marzo de 2011. Tres meses más tarde, el 29 de
junio de 2011, el H. Senado lo votó unánimemente, convirtiéndolo en ley.
Finalmente, la norma fue promulgada de hecho el 29 de julio de 2011
Es de hacer notar que
días antes de su tratamiento en el Senado, Miguel Ángel Pichetto, presidente del
bloque oficialista en ese cuerpo, dijo ante la prensa en referencia al por entonces
proyecto con media sanción: "Para la Presidenta de la Nación esa iniciativa es una
política de Estado".
Lo esperable,
entonces, era la rápida reglamentación y puesta en marcha de la Ley Nº 26.688, y
la adopción de todas aquellas medidas complementarias que condujeran a lograr
los objetivos de la norma y a hacerlos sustentables en el tiempo.
Sin embargo, a casi
diez meses de su promulgación, la ley que nos ocupa no ha sido
reglamentada.
Esta demora posterga la
accesibilidad a los medicamentos de 15 millones de habitantes de nuestro territorio
que, según el último censo nacional, carecen de obra social o de servicios
prepagos de salud.
También la de
quienes, aún gozando de algún tipo de cobertura, se ven -en no pocos casos-
imposibilitados de afrontar el copago de medicamentos producidos en laboratorios
privados, debido a la exorbitancia de sus precios.
Mientras esto sucede,
la industria farmacéutica privada obtiene una renta que podría generar envidia en
otros sectores de la producción. Así se desprende de un comunicado difundido el
pasado 27 de abril por la Asociación de Agentes de Propaganda Médica y en el que
se consigna: "Mientras que en 2010 el promedio de la rentabilidad de la economía
argentina fue del 7,4%, la rentabilidad de la industria farmacéutica fue del 18,8%
y hasta el 19,8% en el caso de las empresas exportadoras del sector".
En consecuencia, la
reglamentación de la Ley 26.688 y su puesta en marcha no sólo sería un avance
en el propósito de garantizar a todas las personas el derecho a la salud, un
derecho de raigambre constitucional desde que en 1994 se incorporó a su texto las
disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales. Sería también un instrumento que permitiría el desarrollo de los
laboratorios públicos de medicamentos y su eventual rol en la determinación de los
precios farmacéuticos .
Al respecto, no
podemos omitir que en el primer párrafo de la fundamentación de su proyecto, el
diputado Martiarena señalaba: "Un estudio realizado en el año 2006, por el
Licenciado Ignacio Apella, informa que "el sector público cuenta con capacidad
productiva para la provisión directa de medicamentos básicos esenciales a través
de sus laboratorios, con potencial alcance de economías de escala y un costo
unitario promedio menor al vigente en el mercado en un 63.5%."
No le faltaba razón al
licenciado Apella, aunque -tal vez- el paso del tiempo haya desactualizado su
apreciación porcentual. Luego que en 2010 el gobierno nacional aportara
2.540.000 pesos para adecuar las instalaciones del Laboratorio Central Tomás
Perón (conocido como Instituto Biológico de La Plata), - que depende del
Ministerio de Salud Bonaerense a los requerimientos de la ANMAT, esta institución
comenzó a producir el antitérmico paracetamol; la metformina y la glibenclamida
para enfermos de diabetes mellitus tipo 2; el atenolol para los hipertensos y el
haloperidol que se prescribe para tratar patologías psiquiátricas. Su producción
anual alcanza los 70 millones de comprimidos. El 6 de octubre de 2011 y en el
transcurso de una videoconferencia con la Presidente de la Nación, Patricia
Rivadulla -directora técnica del laboratorio- expresó: "En el último año los
medicamentos que generamos para hospitales provinciales tuvieron un costo que
rondó los 600.000 pesos, un 80 por ciento menos de lo que nos hubiera
costado adquirirlo en el mercado".
Por su parte,
los fundamentos con los que el diputado Macaluse respaldó su iniciativa
comenzaban afirmando: "Las políticas que imprimen las corporaciones
multinacionales del medicamento en el mercado, someten a la población a la
privación e inaccesibilidad de medicamentos esenciales en el momento en que lo
necesitan, y plantean al Estado y a los profesionales el desafío de tomar una
decisión política para garantizar el derecho a la salud y al medicamento a toda la
población".
Entendemos que los
párrafos transcriptos de los proyectos de Martiarena y Macaluse evidencian el
espíritu de los legisladores que sancionaron la Ley Nº 26.688 y plantean un
problema acuciante para los argentinos que el Estado debe resolver. Para ello, el
Poder Ejecutivo tiene en sus manos un instrumento legal al que sólo le resta ser
reglamentado para echar a andar lo que -con todo acierto- el senador Pichetto
calificara de "Política de Estado".
Por lo dicho
solicitamos la aprobación de esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
PUCHETA, RAMONA | BUENOS AIRES | SOCIALISTA DEL MIJD |
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SOLANA, FERNANDO (A SUS ANTECEDENTES) |