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PROYECTO DE TP


Expediente 3158-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS TENDIENTES A VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 22431 Y MODIFICATORIAS DE SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS, POR PARTE DE EMPRESAS DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS.
Fecha: 12/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo, que a través de los Órganos competentes de Control, disponga las medidas necesarias destinadas a verificar el cumplimiento, de lo dispuesto por la Ley 22.431 - Sistema de Protección Integral de las Personas Discapacitadas- y sus modificatorias Leyes 24.314 y 25.635- artículo 22 inciso a), por parte las Empresas del Transporte Público de Pasajeros- modalidad de corta, media y larga distancia- en lo relacionado con el traslado de personas con capacidades diferentes en forma gratuita, en el trayecto que medien entre su domicilio y a cualquier destino al que deben concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que tiendan a favorecer su integración social.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Estado por Ley 22.431- Sistema de Protección Integral de las Personas Discapacitadas- y sus modificatorias 24.314 y 25.635, puso en vigencia un conjunto de normas integrales cuyo objetivo es lograr la inserción social de las personas con capacidades diferentes y por ende promover una mejor calidad de vida.
Así del articulado de las normas citadas se desprende que entre otros derechos los ciudadanos amparados por las mismas, está el de poder trasladarse gratuitamente en los medios de transporte público de pasajeros por vía terrestre, en cualquiera de sus modalidades sea en micros de corta media o larga distancia.
Por vía de la reglamentación se dictaron disposiciones fijándose los requisitos que los beneficiarios deben llenar para acceder a su boleto de pasaje y el de su acompañante en la modalidad de media y larga distancia, teniendo en cuenta los requerimientos del servicio por parte
de las empresas, relacionado con la solicitud del pedido y fecha de viaje, destino, causa, plazo con que deben efectuar el respectivo pedido ante la transportista. También la Secretaría de Transporte ha dictado normas relacionadas con el traslado de personas no videntes que deben viajar acompañados de perros guías.
Sin embargo a diario se observan las quejas de los beneficiarios por que las Empresas de Transporte Público de Pasajeros no cumplen normalmente con las solicitudes que aquellos peticionan, poniendo obstáculos restrictivos que impiden el ejercicio de los derechos de los ciudadanos amparados por las normas citadas.-
Por las razones expuestas es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de éste proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VILARIÑO, JOSE ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
26/06/2008 DICTAMEN Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0528/2008 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION 04/07/2008
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 20/08/2008 APROBADO