PROYECTO DE TP
Expediente 3152-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CONSTITUCION DEL NUEVO "ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SA - AYSA -" Y DE LA "AGENCIA DE PLANIFICACION - APLA -" .
Fecha: 27/06/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo, que
mediante los organismos competentes, tenga a bien responder sobre los siguientes
puntos, relacionados a la constitución del nuevo Ente Regulador de Agua y
Saneamientos Argentinos S.A. (AySA) y de la Agencia de Planificación (APLA):
I) Conforme lo establecido en el
artículo 4° de la Ley 26.221, Aprobando en nuevo Marco Regulatorio de Agua
Potable y Cloacas, el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) deberá
quedar constituido y en condiciones de cumplir sus funciones dentro de los 30 días
de la puesta en vigencia de la ley: ¿Por que causas hasta la fecha no se ha
constituido el Ente citado?
II) Ante la acefalía del nuevo
Ente Regulador (ERAS), paralelamente la empresa AySA S.A. no ha interrumpido
en su factura el porcentaje correspondiente al Fondo del Ente Regulador: ¿La
empresa AySA ha efectuado los depósitos mensuales pertinentes desde la toma de
la concesión? En caso afirmativo: ¿A cuenta y orden de quien se han efectuado y
cual es el total acumulado a la fecha?
III) El artículo 5° de la Ley
26.221, determina que la Agencia de Planificación que debe crearse dentro del
ámbito del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios,
deberá constituirse y comenzar a cumplir sus funciones dentro de los 30 días de la
puesta en vigencia de la ley: ¿Por que razones no se ha cumplido lo dispuesto en
la Ley y APLA no ha sido constituida?
IV) Ante la ausencia de los
órganos pertinentes de control: ¿Quien es el responsable formal del efectivo
control de la Concesión de Agua Potable y cloacas a cargo de la Empresa AySA.
S.A.?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El pasado 2 de marzo de 2007, se
procedió a la publicación en el Boletín Oficial de la Ley 26.221, por la cual se
aprobó el Convenio Tripartito entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios, la Provincia de Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, referido a la prestación del servicio de Agua potable y
colección de desagües cloacales teniéndose como concesionaria a la Sociedad
Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima.
A través de la misma, se crea el Ente
Regulador de Agua y Saneamiento, denominado ERAS, en cuya dirección
intervendrá un representante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un
representante de la Provincia de Buenos Aires y un representante del Poder
Ejecutivo Nacional.
El mismo tendrá a su cargo el control y
regulación de la prestación del servicio y de los aspectos contables de la
concesión y la atención de reclamos de los usuarios.
Asimismo, se constituye la Agencia de
Planificación, con funciones de estudio , evaluación , planificación , proyecto,
ejecución y control de las inversiones destinadas a la prestación de los servicios
de agua y saneamiento a cargo de AySA.
El artículo 4° del
Convenio Tripartito determina: "Crease en el ámbito del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, el ENTE REGULADOR DE
AGUA Y SANEAMIENTO, el que tendrá a su cargo el control del cumplimiento de
las obligaciones a cargo de la concesionaria del servicio público de provisión de
agua potable y colección de desagües cloacales, y que deberá llevar a cabo
todas las medidas necesarias para cumplir la misión enunciada en el Marco
Regulatorio aprobado por esta ley.
El ENTE
REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO, deberá quedar constituido y en
condiciones de cumplir sus funciones dentro de los TREINTA (30) días de la
puesta en vigencia de la presente ley".
Por su parte, el artículo
5° del Convenio Tripartito, establece: "Crease en el ámbito del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la AGENCIA DE
PLANIFICACION, la que tendrá a su cargo la coordinación integral de la
planificación de las obras de expansión y mejoramiento del servicio, y que deberá
llevar a cabo todas las medidas necesarias para cumplir la misión enunciada en el
Marco Regulatorio aprobado por la presente ley.
La Agencia de
Planificación, deberá quedar constituida y en condiciones de cumplir sus
funciones dentro de los TREINTA (30) días de puesta en vigencia de la
presente ley".
En consecuencia, si la ley 26.221 fue
publicada el día 2 de marzo de 2007, han transcurridos tres meses desde su
publicación, configurándose un incumplimiento por parte del Gobierno Nacional en
la constitución tanto del Ente Regulador de Aguas y Saneamiento (ERAS) como
de la propia Agencia de Planificación (APLA).
Cabe recordar, que el ex Ente
Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios (ETOSS) ha quedado disuelto con la
aprobación del nuevo Marco Regulatorio, y si a ello le sumamos la ausencia de
constitución del nuevo Ente Regulador, hoy la empresa concesionaria, no es
controlada por nadie.
A los fines de obtener mayores
precisiones, requerimos se informe a quien debieran dirigirse las eventuales
denuncias por parte de los usuarios, ante irregularidades en la prestación del
servicio de agua y cloacas del área a cargo de la concesionaria AySA S.A.
Atento a todo lo expuesto hasta aquí,
se solicita al Poder Ejecutivo, tenga a bien informar cuales son las razones por las
que aun no han sido designadas las autoridades que cubrirán cada área;
debiendo haberse previsto con anterioridad la aptitud de las personas que se
nombraran en las áreas pertinentes, teniendo en consideración que ya, pretendió
sancionarse el nuevo Marco Regulatorio en el mes de diciembre de 2006, lo cual
no ocurrió por falta de quórum.
Aún, ante la acefalía del nuevo Ente
Regulador (ERAS), la empresa AySA S.A. no ha suspendido en su factura el
descuento del porcentaje correspondiente al Fondo del Ente Regulador, por ello
es necesario conocer si se han efectuado
desde la toma de la concesión por
parte de la empresa AySA, los depósitos mensuales pertinentes y a cuenta y
orden de quien se han realizado.
El artículo 42 de la
Constitución Nacional - sobre los consumidores y usuarios de los bienes y
servicios- en su tercer párrafo determina: "...La legislación establecerá los
procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos
regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la
necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las
provincias interesadas, en los órganos de control...".
Si bien la ley ha establecido el nuevo
Marco Regulatorio de Agua Potable y Desagües Cloacales, si el mismo no es
puesto en marcha en los términos designados en la ley, estamos frente a un
incumplimiento del efectivo derecho consagrado en la Constitución; igual situación
se presenta con relación a la participación de los usuarios, que asevera el citado
artículo, pues tampoco se ha constituido la SINDICATURA DE USUARIOS,
prevista en el artículo 54 Punto II del Marco Regulatorio.
Por todo lo expuesto, solicito a los
Señores Legisladores que acompañen el presente proyecto con su voto
afirmativo.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MAFFEI, MARTA OLINDA | BUENOS AIRES | ARI |
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA | BUENOS AIRES | ARI |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | ARI |
GONZALEZ, MARIA AMERICA | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | ARI |
SANCHEZ, FERNANDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
OBRAS PUBLICAS (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/09/2007 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2973/2007 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 3152-D-2007 y 3489-D-2007 | CON MODIFICACIONES | 03/10/2007 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3152-D-2007 y 3489-D-2007 | 07/11/2007 | APROBADO |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3152-D-2007 y 3489-D-2007 | 11/06/2008 | |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3152-D-2007 y 3489-D-2007 | 11/03/2009 |