PROYECTO DE TP
Expediente 3144-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA INTERVENCION DE LA SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR AL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS - INDEC -.
Fecha: 12/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a
través de los organismos que corresponda, suministre la información abajo
requerida en relación a la intervención de la Secretaría de Comercio Interior al
Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC):
1) Informe que metodología
específica ha sido utilizada para el cálculo del índice de precios al consumidor (IPC)
desde que el INDEC se encuentra intervenido por la Secretaría de Comercio
Interior.
2) Explicite todas las modificaciones
aplicadas para calcularlo, explicando las razones por las cuales las mismas han
sido necesarias.
3) Especifique las razones para mudar
de la metodología actual a la nueva metodología, explicitando costos y beneficios
del anunciado nuevo IPC.
4) Informe cuales son
los criterios de la composición de los productos que se toman en cuenta para la
inclusión o exclusión de los ítems que compondrán la canasta restringida y
representativa de los sectores populares que sirve para el cálculo del nuevo IPC.
5) Especifique cuales
son los mecanismos para dar transparencia a los ítems que conforman la
anunciada canasta restringida y representativa de los sectores populares y de los
criterios para incluirlos y excluirlos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de resolución
tiene por finalidad trasparentar información relativa a algunas de las
irregularidades denunciadas en el funcionamiento del Instituto Nacional de
Estadística y Censos que desde fines de enero de 2007 se encuentra intervenido
por la
Como es sabido, el INDEC es un
organismo nacional descentralizado inserto en la estructura orgánica del Ministerio
de Economía de la Nación
El organismo fue creado por la ley
17.622., reglamentado por el decreto nro. 3110/70, con el objetivo de unificar la
orientación y ejercer la dirección superior de todas las actividades estadísticas
oficiales que se realicen en el territorio de la Nación y estructurar, mediante la
articulación y coordinación de los servicios estadísticos nacionales, provinciales y
municipales, el sistema estadístico nacional, y ponerlo en funcionamiento de
acuerdo con el principio de centralización normativa y descentralización
ejecutiva.
A su vez, integra y coordina el
Sistema Estadístico Nacional (conformado por el propio INDEC y los organismos
centrales de estadística, (los servicios estadísticos de los ministerios y secretarías
de Estado; los servicios estadísticos de los comandos en jefe de las Fuerzas
Armadas; los servicios estadísticos de organismos descentralizados de la
administración nacional y los servicios estadísticos de las empresas del Estado);los
organismos periféricos de estadística (los servicios estadísticos de los gobiernos
provinciales; los servicios estadísticos de los gobiernos municipales; los servicios
estadísticos de las reparticiones autárquicas y descentralizadas, provinciales y
municipales; los servicios estadísticos de las empresas provinciales y municipales y
los servicios estadísticos de los entes interprovinciales).
La lectura de la mencionada Ley
17.622 (y de su reglamentación -Decreto PEN 3110/70-) nos permite apreciar que
todo el sistema ha sido creado y previsto con la finalidad de obtener un
instrumento aséptico, que pueda servir para instituir políticas públicas eficaces y
sensibles a los contextos y a la vez brindar información a la sociedad la realidad en
la que se encuentra inmersa.
Sin embargo, el carácter aséptico del
organismo parece haberse resquebrajado significativamente desde enero de 2007
con la intervención de la Secretaría de Comercio.
Según trascendidos, el único fin de la
"intervención" del gobierno nacional en el Instituto especialista en estadísticas era
desde su génesis desplazar de su puesto de titular de la Dirección de Índices de
Precios de Consumo (IPC) a la Licenciada Graciela Cristina Bevacqua, y de esta
manera desembarcar con libertad absoluta en la Dirección de IPC y poder falsear
los índices inflacionarios, en especial el índice correspondiente al del mes de enero
2007.
Sin embargo estas acusaciones no
habían sido confirmadas de manera empírica y sistemática hasta que un grupo de
técnicos del organismo recalculó la variación del IPC de enero a abril, inclusive, y
encontró que la inflación alcanzó 6,7%, más del doble del 3% informado.
"Los técnicos del área IPC, como todos los meses, sólo hicieron su trabajo.
En rigor, el que era su trabajo hasta la llegada de la interventora del
secretario Guillermo Moreno. Desde entonces, aseguran, Beatriz Paglieri
"retoca" la medición para que resulte menor. La orden no escrita sería que
el indicador no supere el 7% hasta las elecciones de octubre.
Detalles.
Así, afirman, Paglieri modificó desde enero los cálculos sin ningún criterio
estadístico. Las licencias improvisadas incluyeron, entre otras:
1) la sustitución de una muestra por la lista de precios acordados
2) no considerar productos con subas que superen un porcentaje
determinado
3) asignar arbitrariamente valores
4) combinaciones de las anteriores.(...)
En las sombras, un
puñado de técnicos, integrado por profesionales de varias de las etapas del IPC,
tomó los datos de los precios relevados y recalculó la inflación con la
metodología pública y aprobada, que fue utilizada hasta diciembre pasado.
Así, la medición de enero fue reestimada entre 1,9 y 2,1%, el doble del 1,1%
oficial; la de febrero, fue entre 0,5 y 0,7%, contra 0,3% difundido; marzo
habría dado de 1,7 a 2%, contrastando con el 0,8% de Paglieri; y abril
arrojaría entre 1,6 y 1,8%, sensiblemente menor al 0,7% oficial." (1)
Los técnicos han venido afirmando que "las modificaciones no siguen un patrón
fijo, ya que la economista designada por Moreno no está especializada en
estadísticas."
Varias acciones fueron entabladas
ante la justicia intentando develar las irregularidades del INDEC. Entre ellas se
destacan:
El 15 de mayo de 2007 el Fiscal de
Investigaciones administrativas Manuel Garrido dictamina sobre presunta violación
de secreto estadístico y adulteración de documento público. Requiere se investigue
a Ulises Valentín, Marcela Filia, Celeste Cámpora Avellaneda, Beatriz Paglieri, Ana
María Edwin y Guillermo Moreno que habrían incurrido en los ilícitos penales
mencionados.
El Fiscal Stornelli, de la fiscalía
Federal Nº4 hace un pedido de indagatoria para Beatriz Paglieri, Ana María Edwin
y Guillermo Moreno presentada al Juzgado 6, secretaría 11 a cargo del Juez
Rodolfo Canicoba Corral. En el marco de esta causa, se procedio al allanamiento
del INDEC.
La Asociación
por los Derechos Civiles (ADC) presentó un recurso de amparo por acceso a
información pública. El juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal hizo
lugar al reclamo de la ADC sosteniendo que la información brindada por el INDEC
ante un pedido de informes realizado el pasado año es "insuficiente e inadecuada
para satisfacer el derecho al acceso a la información y así permitir una efectiva
participación ciudadana".
En este estado de cosas, el pasado 7
de mayo, comenzó la campaña de presentación de un nuevo Índice de Precios al
Consumidor por parte de las autoridades del país. Nuevas dudas surgieron
entorno a esta medida.
Nuestro proyecto esta iluminado por
el pedido de informes llevado adelante por ADC con el agregado a las implicancias
y dudas del recientemente aplicado "nuevo IPC" en cuanto a la transparencia a los
ítems que conforman la anunciada canasta restringida y representativa de los
sectores populares.
Los fundamentos jurídicos que
respaldan nuestra interpelación tienen basamento en los principios liminares de
nuestros sistema de gobierno democrático y fundamento del sistema republicano
de gobierno: transparencia de la actuación de la administración y publicidad de los
actos de gobierno. Asimismo se hallan en juego las garantías de información de la
ciudadanía protegidos por tratados de jerarquía constitucional.
Por todo lo arriba expuesto es que
solicitamos la pronta sanción del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
NIEVA, ALEJANDRO MARIO | JUJUY | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
COMERCIO (Primera Competencia) |