PROYECTO DE TP
Expediente 3134-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CONSUMO DE ESTUPEFACIENTES DENTRO DE LOS SERVICIOS PENITENCIARIOS FEDERALES Y EL TRATAMIENTO DE ADICTOS DENTRO DE LOS MISMOS.
Fecha: 05/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 37
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder
Ejecutivo, que a través de las autoridades competentes informe todas
las cuestiones relacionadas con el consumo de estupefacientes dentro
de los servicios penitenciarios federales y a su vez el tratamiento de
los adictos dentro de los mismos.
1) ¿Se ha realizado un
relevamiento para saber cuántos reclusos son adictos a los
estupefacientes dentro de las unidades carcelarias?
2)En caso afirmativo,
indique resultados. En caso negativo, explique los motivos.
3) ¿Se ha realizado un
relevamiento para determinar que tipo de estupefacientes se
consumen?
4) En caso afirmativo,
indique resultados. En caso negativo, explique los motivos.
5) ¿Se ha realizado un
plan estrategico para contrarrestar este consumo?
6) En caso afirmativo
indique cual, en caso negativo explique los motivos.
7) Se ha realizado un
relevamiento para saber la cantidad de adictos por unidad carcelaria
dentro de todo el país.
8) En caso afirmativo,
explique cual es el tratamiento que se realiza con ellos.
9) ¿Se ha realizado un
relevamiento para saber cuales son las unidades penitenciarias mas
afectadas? Discrimine por provincia, edad y sexo.
10) En caso afirmativo,
indique cuales. En caso negativo, explique los motivos.
11) ¿Cuál es el control
que realiza el personal del servicio penitenciario hacia los familiares de
los reclusos en sus visitas?
12) En caso afirmativo,
indique cuales, en caso negativo explique los motivos.,
13) ¿Que métodos
tecnológicos o recursos humanos son utilizados por parte del servicio
penitenciario para requisar a los reclusos o sus familiares antes del
ingreso a cada unidad penitenciaria?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El flagelo de la droga está
instalado en todos lados, hasta en el Servicio Penitenciario.
El dato surge después de
las falencias detectadas en una visita a la cárcel encabezada por varios
estamentos judiciales, quienes a fines de sanear la situación, elevaron
un informe hacia el Ministerio de Gobierno, manifestando tales
deficiencias.
Las causas que
ingresaron al Tribunal Federal por tenencia de Drogas, según datos
aportados por el representante del ministerio público, "son más de
100", aunque algunas de ellas prescribieron y otras se archivaron,
porque tienen más de dos años".
Aunque la mayoría de las
causas por comercialización han sido elevadas a juicio y aún hay otras
que se están tramitando, una de las principales causas en el archivo
de las mismas se debe a la lentitud con la que se procede en muchos
de estos casos.
Una de las
particularidades de las causas es que la mayoría de las imputaciones
recaen sobre internos que fueron procesados por la Justicia común, y
no aquellos sobre quienes pesan condenas emitidas desde el Tribunal
Federal.
Sumado a la problemática
del tráfico, la presencia de estupefacientes dentro del sistema
carcelario no es problema menor.
Una de las cuestiones
imperantes para detener el consumo y la comercialización de
sustancias prohibidas dentro de los penales recae en la necesidad de
reforzar los controles durante las visitas y la investigación a los
guardia-cárceles.
Muchas veces, la cantidad
que se incauta dentro de las celdas evidencia claramente que el
destino de las mismas es la comercialización y no el consumo
personal, de lo cual se desprende que en estos casos el interno no
actúa solo. Deberían tomarse mayores recaudos en la visita de
familiares a los internos, e incluso en la investigación del personal que
se desempeña en el Servicio Penitenciario.
Sin embargo, no en todos
los casos en los que un interno es sorprendido con estupefacientes
llega a ser judicializado. El precedente quedó asentado a partir del
fallo Arriola del año 2009 - en el que se detalla que "la tenencia de
sustancias en la celda de un detenido puede ser considerada como
mera tenencia personal".
En el caso Arriola, la
Corte alegó que la tenencia para uso personal de determinada
cantidad de marihuana no es punible, siempre y cuando tampoco se
advierta que constituya un peligro o daño para terceros.
Por todas estas razones,
invito a los señores diputados a acompañar el presente proyecto.
Fuente:
www.elesquiu.com
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | COMPROMISO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
12/08/2014 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
30/09/2014 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |