PROYECTO DE TP
Expediente 3133-D-2008
Sumario: CREACION DEL PLAN NACIONAL DE PREVENCION, ASISTENCIA, TRATAMIENTO Y REHABILITACION DE LAS PERSONAS CON TRASTORNOS ALIMENTARIOS COMO LA BULIMIA Y LA ANOREXIA.
Fecha: 12/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
El Senado y Cámara de Diputados...
Articulo 1º :
Esta ley tiene por objeto crear el Plan Nacional de Prevención,
Asistencia, Tratamiento y rehabilitación de las personas con
Trastornos alimentarios tales como la bulimia y la anorexia,
destinado a todos los habitantes de la Republica Argentina.
Articulo 2º : El
Ministerio de Salud de la Nación será el organismo de aplicación y el
encargado de planificar, ejecutar y fiscalizar las acciones del
programa.
Articulo 3º : El
órgano de aplicación establecerá los mecanismos que considere
apropiados para prevención y asistencia de los factores causantes
de la bulimia y anorexia
Articulo 4°: El
programa creado por la presente ley tiene los siguientes
objetivos.
a: Contribuir a la
prevención y al control de la bulimia y anorexia, y priorizar acciones
requeridas, con la finalidad de contener el avance de las patologías y
los daños consecuentes.
b: Entender en lo que
refiere a la investigación relacionada con la prevención, diagnostico
y tratamiento de estos trastornos, como así también el seguimiento
en los aspectos sociales y laborales
c: Realizar estudios
estadísticos que abarquen todo el país con el fin de evaluar y
supervisar el cumplimiento y eficacia del programa.
d: Para la prevención y
control de estos trastornos, promoverá la capacitación de
profesionales y técnicos de la salud para un adecuado desempeño
e: Difusión dirigida a
toda la población sobre las características y riesgos de la bulimia y la
anorexia, sus formas de prevención e información sobre los servicios
a los que toda persona pueda recurrir, mediante difusión masiva
contando con todos los medios de comunicación
f: Promover la
participación de organizaciones no gubernamentales, en las acciones
previstas en el presente programa.
g: Suscribir convenios
con las provincias y con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la
organización e implementación del programa.
Articulo 5°: El
Ministerio de Salud deberá supervisar la publicidad de productos
alimenticios, medicamentos e industria, con la finalidad de evitar que
se induzca a través de ellas a conductas y/o practicas favorecedoras
de la bulimia o la anorexia. Tales como:
a)En coordinación con
el órgano de aplicación, exigir a los fabricantes de ropa la confección
de las mismas en todos los talles.
b)Incluir a los laxantes,
diuréticos y todos los productos promocionados como métodos
adelgazantes dentro de los medicamentos de venta bajo
receta.
c)Prohibir la publicación
de dietas en revistas, diarios, Internet, televisión, radio u otros
medios de comunicación masiva de manera indiscriminada sin el
respaldo de un profesional matriculado especialista en nutrición
d)Controlar todos los
alimentos de consumo de la población, poniendo especial énfasis en
aquellos ofrecidos como dietéticos.
e)Prohibir a todos los
medios masivos de comunicación televisivos, gráficos,
cinematográficos, radiales, Internet, publicidad en vía publica y
escaparates de negocios, la publicación de modelos femeninos y/p
masculinos cuyo peso corporal sea menor al limite inferior del rango
aceptado, de acuerdo a su estatura, por las tablas medicas
elaboradas por las academias científicas especializadas
f)Prohíbase la
participación de hombres y mujeres que no tengan el peso corporal
mínimo adecuado a su talla, indicado en el inciso 5°, en los llamados
" desfiles de modelos" en exhibiciones publicas.
Articulo 6º: El
Poder Ejecutivo gestionara ante el Consejo Federal de Educación la
incorporación de los contenidos educativos referidos a la bulimia y
anorexia a los planes de estudio correspondientes a la enseñanza en
los niveles EGB, Polimodal y/o Secundarios y Terciarios en todos los
establecimientos escolares públicos y/o privados.
Articulo 7º:
Los agentes de salud comprendidos en las leyes 23.660 y 23.661,
las organizaciones de la seguridad social y las entidades de medicina
prepaga deberán incorporar como prestaciones obligatorias a brindar
a sus afiliados y/o beneficiarios, la cobertura total e integral e
interdisciplinaria del abordaje y tratamiento de la bulimia y anorexia.
Articulo 8º:
Los agentes de salud comprendidos en las leyes 23.660 y 23661
gestionaran el recupero de los gastos a través de la A.P.E (
Administración de Programas Especiales)
Articulo 9º: El
Poder Ejecutivo Nacional redistribuirá las partidas presupuestarias a
los fines del cumplimiento de la presente ley
Articulo 10º:
La presente Ley entrara en vigencia a los 90 días de su
promulgación plazo dentro del cual el Poder ejecutivo procederá a su
reglamentación.
Articulo 11º:
Comuníquese al Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La salud es un estado
de equilibrio entre el cuerpo, la mente y el ambiente que nos rodea,
un estado completo de bienestar físico, mental y social. Bienestar
físico que nos permite desarrollar nuestras actividades; bienestar
mental que nos hace capaces de adaptarnos al mundo cambiante
que nos rodea; bienestar social que nos permita disfrutar de la vida
en comunidad.
La enfermedad es la
perdida del estado de bienestar físico, mental y social con un
deterioro de la salud del organismo humano.
Todas las
enfermedades implican un debilitamiento del sistema natural de
defensa del organismo o de aquellos que regulan el medio interno;
incluso cuando la causa se desconoce, casi siempre se puede
explicar una enfermedad en términos de los procesaos fisiológicos o
mentales que se alteran.
Según la clasificación
internacional de enfermedades de la Organización Mundial de la
Salud, la anorexia nerviosa y la bulimia se inscriben en al categoría
de "trastornos mentales y del comportamiento", siendo la única
diferencia que existe entre ellas (según la clasificación internacional
que se encarga de enfermedades mentales) el peso corporal. Esto
significa que en el caso de la anorexia, la persona tiene un peso
corporal por debajo del normal. En cambio, en el caso de la bulimia,
la persona afectada tiene un peso corporal normal
De acuerdo a la OMS
en la clasificación de trastornos mentales, la anorexia nerviosa se
define como (un trastorno caracterizado por la presencia de la
perdida deliberada de peso, inducida o mantenida por el mismo
enfermo)s. El trastorno se acompaña de desnutrición de
intensidad
variable, lo cual acarrea
como consecuencia alteraciones endocrinas y metabólicas así como
una serie de trastornos funcionales, constituyéndose en una
patología de alta frecuencia entre los adolescentes.
Cabe informar que la
Anorexia nerviosa se puede clasificar en dos tipos:
1. Anorexia
restrictiva, en la cual la persona solamente disminuye su ingesta de
alimentos sin tener comportamientos como comer compulsivamente,
purgarse, inducirse el vómito, laxarse, usar diuréticos, hacer ejercicio
en forma excesiva, etc.
2. Anorexia
purgativa y/o con ingesta compulsiva: durante el episodio de
anorexia, se han tenido comportamientos compensatorios como
comer compulsivamente, purgarse, inducirse el vómito, laxarse, usar
diuréticos, hacer ejercicio en forma excesiva, etc.
La bulimia
nerviosa es un síndrome caracterizado por episodios repetidos de
ingesta excesiva de alimentos y por una preocupación exagerada de
control del peso corporal, lo que lleva al enfermo a tomar medidas
extremas para mitigar el aumentos de peso producido por la ingesta
de comida. Los vómitos repetidos pueden dar lugar a trastornos del
equilibrio electrolítico, a complicaciones somáticas (letanías, crisis
cardiacas o debilidad muscular) y a una mayor perdida de peso. Esta
patología se caracteriza por la presencia de atracones recurrentes,
conductas compensatorias como vómitos, abuso de laxantes y/ u
otros ejercicios físicos violentos.
Estas dos patologías
alimentarías pueden encontrarse en todas las razas, en todas las
clases sociales y situaciones económicas; su peor consecuencia
deriva en la muerte, aunque su tratamiento a tiempo puede curar
definitivamente la enfermedad.
Según la OMS, a pesar
de que las causas fundamentales de la bulimia y la anorexia nerviosa
siguen sin conocerse, existe una evidencia cada vez mayor de que
los factores socio culturales y biológicos interactúan entre sí
contribuyen a su presentación, además de la participación de
mecanismos psicológicos menos específicos y una vulnerabilidad de
la personalidad. Entiendo así que ambos son consecuencia de
factores multicausales
Las estadísticas reflejan
que uno de cada 25 adolescentes sufren algún desorden alimentario
y de ellas, el 10% padecen de bulimia y/o anorexia.
En cuanto al contexto
mundial, la Argentina, es el segundo país después de Japón con los
índices más altos de casos de bulimia y anorexia en el mundo- La
Argentina es el segundo país del mundo con el mayor consumo de
anorexigenos. Por delante, solo se ubica Brasil. El dato figura en el
informe anual 2006 de la Junta Internacional de Fiscalización de
Estupefacientes (JIFE) que es el ente encargado de vigilar la
aplicación de los tratados de la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) para la fiscalización de drogas.
Los anorexigenos son
estimulantes que suprimen el apetito o la sensación de hambre.
Según el informe, su consumo puede crear dependencia , y como
estimulan el sistema nervioso central, su uso indiscriminado puede
producir graves efectos nocivos. Según el informe el 1,18% de los
argentinos consume a diario anorexigenos, lo que equivale a unas
400.000 personas.
mujeres jóvenes están sometidas a intensas y profundas presiones
para cambiar su figura corporal, impulsadas por el deseo de
imitación de modelos y personajes mediáticos o motivadas por la
publicidad comercial.
Causas
Sus causas son variadas pues se asocian factores biológicos,
genéticos, interpersonales, familiares y socioculturales.
Biológicos y genéticos: al superar la pubertad existe un aumento del
tejido adiposo y una mayor preocupación por la obesidad (aumento
de peso) entre los pares, que predispone a comenzar una dieta.
Interpersonales/psicológicos: generalmente son jóvenes con baja
autoestima (no se valoran) y altos niveles de ansiedad. Suelen ser
introvertidos, obsesivos y perfeccionistas, con tendencias
dominantes
Familiares: en la adolescencia los jóvenes desarrollan independencia
y autonomía, como modo de preparación para la separación de la
familia. Las alteraciones familiares que impiden este proceso
evolutivo son un factor importante en estas enfermedades. Suele
haber sobreprotección, pegoteo, rigidez. Se describe a la madre
como una figura a menudo dominante y a un padre distante.
Socioculturales: generalmente las adolescentes y mujeres jóvenes
están sometidas a intensas y profundas presiones para cambiar su
figura corporal. Los medios de comunicación enfatizan la relación
entre la delgadez y el éxito. Los talles de la ropa para jóvenes son
cada vez más reducidos. Las presiones socioculturales en
adolescentes vulnerables pueden contribuir a la aparición de un
trastorno como defensa contra las realidades atemorizantes de esta
etapa.
PERFIL DEL ENFERMO
EL PACIENTE ANORÉXICO:
*Falta de conciencia de la enfermedad.
*Miedo intenso a la obesidad.
*Distorsión del esquema corporal (se ven gordos a pesar de tener
bajo peso).
*Rechazo a mantener el peso en nivel normal.
*Caída del cabello.
*Amenorrea, piel seca.
*Hipotensión - Hipotermia.
*Cortado de los alimentos en trozos pequeños.
*Ingesta lenta.
*Masticado largo antes de tragar.
*Preferencia por porciones muy pequeñas.
p estiloCSS="text-align:left;margin-left:0">*Ocultamiento de la comida.
*Consumo de anorexígenos, laxantes y/diuréticos.
*Recuento de las calorías.
*Rituales con la comida.
*Hiper actividad para bajar de peso.
*Aislamiento social.
*Irritabilidad en el carácter.
*Depresión en el 40 ó 45 % de los casos.
*Conductas obsesivas.
*Extrema autoexigencia.
*Rechazo a la sexualidad.
*Atracones.
*Uso de ropa suelta (se tapan el cuerpo).
EL PACIENTE BULÍMICO:
*Episodios recurrentes de voracidad.
*Conciencia de que el patrón alimentario es anormal.
*Sentimiento de no poder con la ingesta.
*Oscilaciones significativas de peso.
*Deterioro de piezas dentarias en vomitadores.
*Alternancia con ciclos restrictivos.
*Conductas compensatorias como escupir, abuso de laxantes, abuso
de líquidos para compensar el hambre o provocar el vómito.
*Ayuno.
*Hiper actividad.
*Cortado de los alimentos en trozos grandes, ingesta rápidamente.
*Apenas mastican o tragan sin masticar.
*Preferencia por grandes porciones.
*Abulia.
*Engrosamiento glandular (parótida) en vomitadores.
*Carácter irritable.
*Sentimiento de culpa.
*Comidas a escondidas.
*Robo para comprar comidas.
*Obsesión por la silueta y el peso.
*Oscilación entre la autoexigencia y el abandono.
*Oscilación entre la euforia y la depresión.
*Abandono frecuente de todo emprendimiento.
Tratamiento
Todo tratamiento exitoso debe ser capaz de manejar los aspectos
médicos, nutricionales, psicológico individual y dinámico- familiar.
SI LA ENFERMEDAD NO SE TRATA, según la OMS, un 15% muere a
causa de estas patologías.
El tratamiento de la anorexia nerviosa irá encaminado a corregir el
déficit nutricional y hacia el área psicológica y debe ser realizado por
un equipo de especialistas; en ocasiones el deterioro nutricional
obligará a ingresar al enfermo para aportarle las adecuadas calorías.
Cuando se consigue nutrir a estas pacientes mejoran mucho desde
el punto de vista psicológico. Los padres se enfrentan a un
verdadero infierno a la hora de las comidas, porque ellas se niegan a
comer lo que el médico les ha mandado, se recomienda entonces a
los padres que les sirvan el menú prescrito por orden médica sin
entablar disputas al respecto. La terapia familiar suele ser de gran
utilidad para recuperar tanto a la paciente, como la unidad familiar,
dado que esta enfermedad desestructura profundamente a la
familia. Es fundamental no perder la paciencia con ellas, ni la
esperanza de curación.
No se ha encontrado ninguna medicación que corrija el temor
irracional al aumento de peso.
Por último, no olvidar que la tasa de mortalidad de la anorexia
nerviosa es superior a la de cualquier otra enfermedad psiquiátrica,
incluyendo la depresión.
Actualmente el programa medico obligatorio (PMO) non cubre la
prevención, el tratamiento y la consecuencias y/o derivaciones de las
mencionadas patologías, debiendo las personas afectadas afrontar
en forma particular el correspondiente tratamiento, medicación y
demás consecuencias derivadas de la enfermedad, lo que resulta
altamente oneroso.
Por tal razón, es de suma importancia asumir el compromiso de
aprobar el presente proyecto y respaldar física, mental, psicológica y
económicamente a las personas afectadas por dichas patologías.
Es por ello, que solicito el apoyo de mis pares en la aprobación del
presente proyecto de ley de bulimia y anorexia
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI |
LUSQUIÑOS, LUIS BERNARDO | SAN LUIS | FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI |
ACUÑA, HUGO RODOLFO | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
SPATOLA, PAOLA ROSANA | BUENOS AIRES | GUARDIA PERONISTA |
TOMAZ, ADRIANA ELISA | BUENOS AIRES | UNIDAD FEDERALISTA |
MERLO, MARIO RAUL | SAN LUIS | FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI |
ALBRISI, CESAR ALFREDO | CORDOBA | FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
19/11/2008 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
10/03/2009 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
05/08/2009 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |