PROYECTO DE TP
Expediente 3130-D-2009
Sumario: EXPRESAR REPUDIO ANTE LA DECISION DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, MEDIANTE LA REGLAMENTACION DEL DECRETO 210/09 DE LA LEY DE SEGURIDAD PUBLICA, DESIGNANDO A INTEGRANTES DE LAS FUERZAS ARMADAS COMO MIEMBROS ACTIVOS DE LA POLICIA METROPOLITANA.
Fecha: 01/07/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su más enérgico repudio,
ante la decisión tomada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, mediante decreto 210/09 reglamentario de la ley de Seguridad Publica,
por el cual se designan a integrantes de las Fuerzas Armadas como miembros
activos de la Policía Metropolitana.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Decreto 210/09, publicado en el
B.O. el día 31.03.2009, firmado por el Jefe de Gobierno porteño, Mauricio
Macri, que en su disposición transitoria y complementaria tercera establece
"...Para quienes sean designados, no les será computada incompatibilidad
alguna derivada de la posesión de estado policial o militar vigente en su Fuerza
de origen y en ese contexto no les resultarán de aplicación las previsiones del
Decreto N° 1.123/01..." resulta incompatible y contradictorio con la Ley
Nacional de Seguridad Interior (Ley 24.059) y la Ley de Seguridad Pública de la
Ciudad de Buenos Aires (Ley Nº 2894), que en su "Capítulo V - Requisitos,
impedimentos y escalafones. Art. 47.- Sin perjuicio de lo prescripto por el
artículo anterior, no pueden desempeñarse como miembros de la Policía
Metropolitana las siguientes personas: ... g) Quienes pertenezcan a las
Fuerzas Armadas..."
Asimismo, la última ley citada, exige
en su artículo 46 inc, c) título secundario para acceder a formar parte de los
cuadros policiales, no dejando de preocupar el hecho que mediante decreto
520/09 el ingeniero Macri flexibilizó ese requisito. Lo cual contradice lo
manifestado en reiteradas oportunidades por parte del Jefe de Gobierno
respecto de la creación de "una policía moderna y profesionalizada".
También preocupa sobremanera, el
hecho de haberse vetado por parte de Jefe de Gobierno, la creación por ley en
la Legislatura porteña el pasado 31/5 por 31 votos contra 1, el Comité de
Seguimiento y Control de la Seguridad Pública, cuya principal función
era: "recomendar mecanismos de articulación y coordinación permanente entre
las distintas agencias de seguridad pública con competencia en la ciudad con
el fin de armonizar y garantizar la implementación de la Ley de Seguridad
Pública" y "proponer mecanismos de monitoreo permanente con el fin de poder
establecer indicadores que permitan a las agencias de seguridad pública con
competencia en la ciudad tener una evaluación constante de la evolución del
sistema de seguridad pública".
Sin duda, la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires debe contar con una policía propia, como ocurre con otras
grandes ciudades. Para quienes trabajamos denodadamente por la autonomía
plena de la Ciudad de Buenos Aries, logrando la modificación del art. 7 de la
Ley Nº 24.588 conocida como "Ley Cafiero", vimos con expectativa en el año
2007 que a partir de la nueva redacción de ese articulo, a saber "El Gobierno
nacional ejercerá en la Ciudad de Buenos Aires, mientras sea Capital de la
República, sus funciones y
facultades en materia de seguridad
con la extensión necesaria para asegurar la efectiva vigencia de las normas
federales. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ejercerá las funciones y
facultades de seguridad en todas las materias no federales. El Gobierno
nacional las seguirá ejerciendo hasta tanto aquel ejercicio sea efectivamente
asumido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. La Ciudad de Buenos
Aires podrá integrar el Consejo de Seguridad Interior.", la Ciudad podría tener
plena autonomía en materia de seguridad. Por lo cual no entendemos la
morosidad para articular una nueva policía y mucho menos para reclamar y
exigir al gobierno nacional el traspaso de los recursos necesarios para
conformar la nueva fuerza, tal cual lo plantea la Constitución Nacional en su art.
75 inc. 3º "...No habrá transferencia de competencias, servicios o funciones sin
la respectiva reasignación de recursos, aprobada por la ley del Congreso
cuando correspondiere y por la provincia interesada o la ciudad de Buenos
Aires en su caso..."
Por tanto el tema en discusión no es
sobre la existencia o no de dicha policía, sino, sobre qué doctrina debe formar
a esa policía para que sea, efectivamente, respetada y controlada por los
ciudadanos. Pero contrariamente a esto, y como lo expresa el diario "Critica
Digital" (edición 01.03.2009) el jefe de gobierno "...prepara su futura policía con
el asesoramiento de dos pretores exonerados de sus respectivas fuerzas, uno
de ellos, además, procesado por la Justicia. Lo que es peor aún: estos
cuestionados asesores elaboran para Macri y su ministro de Seguridad, el ex
juez Guillermo Montenegro, el programa de la Escuela de Policía, de la cual
egresarán los futuros metropolitanos. El currículum de estos dos asesores es
asimilable, policialmente hablando, a un prontuario. Con semejantes maestros
no cuesta imaginar cuál será la doctrina en la que se formarán o deformarán
los discípulos."
Insistimos en que la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires debe contar con su propias fuerzas de seguridad,
una policía local especialmente formada para combatir la criminalidad, con una
doctrina acorde con el sistema democrático.
La nueva fuerza de la ciudad
autónoma debe basarse en el espíritu plural cosmopolita y diverso de nuestra
ciudad-estado debe ser una fuerza civil despojada de militarismo o espíritus
autocráticos. De allí la necesidad que los primeros miembros de esta nueva
fuerza cumplan con todos los requisitos de idoneidad técnica y
fundamentalmente moral.
Por todo lo expuesto, solicitamos
que se apruebe el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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