PROYECTO DE TP
Expediente 3128-D-2009
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL AGRAVIO RECIBIDO POR EL PERIODISTA MARCELO PADOVANI EL 24 DE JUNIO DE 2009, POR EL PRESIDENTE DEL PARTIDO JUSTICIALISTA, NESTOR CARLOS KIRCHNER.
Fecha: 01/07/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar preocupación por el
agravio a la libertad de expresión a partir del trato ofensivo con que el
Presidente del Partido Justicialista, Néstor Carlos Kirchner, se dirigió al
periodista de América 24 Marcelo Padovani, el 24 de junio de 2009 mientras
realizaba una visita al partido de Malvinas Argentinas en la Provincia de
Buenos Aires.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 24 de junio de 2009, el
Presidente del Partido Justicialista Néstor Carlos Kirchner, realizaba una visita
al partido de Malvinas Argentinas en la Provincia de Buenos Aires, cuando el
periodista Marcelo Padovani de América 24, se le acercó para indagar respecto
de "¿dónde iba a estar esperando el resultado de la elección?", para a partir de
allí comenzar por parte del entrevistado una secuencia de respuestas
agresivas, descalificadoras e inexplicables para quien además ocupó la
máxima magistratura de la Nación.
Diálogo también reproducido por
distintos medios periodísticos que estuvieron presentes en el lugar: "a vos no te
contesto porque te manda De Narváez", respondió Kirchner, a lo que el
periodista indagó "Pero Kirchner, yo soy de América. ¿No existe la libertad de
prensa para mí?" y encontró una respuesta más irracional aún "No y salí de
acá".
A partir de allí comenzó un clima
adverso hacia el periodista si se tiene en cuenta el contexto que rodeaba al ex
Presidente, simpatizantes y custodios que, según consignan distintas fuentes
hubo agresiones de vuestra parte por medio de empujones, luego que Kirchner
afirmara dirigiéndose a su entorno "Es del canal de De Narváez, lo manda De
Narváez".
Descripción que demuestra lo
inexplicable de la actitud de quien además de ser ex Presidente de la Nación
Argentina, es el Presidente de un partido político nacional, y a su vez diputado
electo por la Provincia de Buenos Aires en los comicios realizados el pasado 28
de junio.
Cualquiera de estas tres
condiciones lo ubican como hombre público y por lo tanto sus dichos y
acciones no se condicen precisamente con el rol que debe tener para con los
distintos integrantes de la sociedad que representa y pretende representar.
Por ello es sumamente preocupante
que tal personalidad política nacional actúe de forma discriminatoria y auspicie
la violencia para con un trabajador de la prensa como lo es el periodista
Marcelo Padovani, puesto que no hay justificativo político, estratégico ni de
ningún tipo que explique estas conductas reñidas con derechos humanos
reconocidos internacionalmente como lo es el de la libertad de expresión y en
más específicamente el derecho de informar, pertenezca al medio que
pertenezca el periodista..
Es categórica en este sentido la
Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de
los Estados Americanos, no solo en su preámbulo que reza en alguno de sus
párrafos: "... CONVENCIDOS que cuando se obstaculiza el libre debate de
ideas y opiniones se limita la libertad de expresión y el efectivo desarrollo del
proceso democrático..."; o "..."RECORDANDO que la libertad de expresión es
un derecho fundamental reconocido en la Declaración Americana sobre los
Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Resolución 59(I)
de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Resolución 104 adoptada
por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, La Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, así como en otros instrumentos internacionales y
constituciones nacionales"..
También lo es la Declaración en sus
Principios, destacando lo que manifiesta en el 1, respecto a la libertad de
expresión, "...1. La libertad de expresión, en todas sus formas y
manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas
las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma
de una sociedad democrática..."
En el "...2. Toda persona tiene el
derecho a buscar, recibir y difundir información y opiniones libremente en los
términos que estipula el artículo 13 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos. Todas las personas deben contar con igualdad de
oportunidades para recibir, buscar e impartir información por cualquier medio
de comunicación sin discriminación, por ningún motivo, inclusive los de raza,
color, religión, sexo, idioma, opiniones políticas o de cualquier otra índole,
origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra
condición social..."
O en el "...5. La censura previa,
interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o
información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral,
escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida por la ley. Las
restricciones en la circulación libre de ideas y opiniones, como así también la
imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo
informativo, violan el derecho a la libertad de expresión..."
Por estos motivos es que
solicitamos a nuestros pares sres/as. Diputados/as, nos acompañen con el voto
afirmativo al presente proyecto, en el convencimiento que de esta manera
estaremos actuando con la coherencia que este tiempo nos exige respecto de
nuestro compromiso con los tratados y acuerdos internacionales sobre el
derecho de libertad de expresión
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
MORANDINI, NORMA ELENA | CORDOBA | MEMORIA Y DEMOCRACIA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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