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PROYECTO DE TP


Expediente 3100-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR EL INICIO Y PROSECUCION DE LA OBRA DE INFRAESTRUCTURA DENOMINADA "PROVISION DE GAS NATURAL AL SISTEMA LA RIOJA - CATAMARCA".
Fecha: 27/06/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros, se asigne una partida extrapresupuestaria destinada a garantizar el inicio y prosecución de la obra de infraestructura denominada "Provisión de Gas Natural al Sistema La Rioja- Catamarca", hasta tanto sea incluida en la jurisdicción presupuestaria que incluye el Programa de Fideicomisos de Gas-Fideicomisos Financieros.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Tal como lo establece el articulo 1º de la ley 26.095 de Obras de Infraestructura Energética, cuyo texto dice: "El desarrollo de obras de infraestructura energética que atiendan a la expansión del sistema de generación, transporte y/o distribución de los servicios de gas natural, gas licuado y/o electricidad, constituye un objetivo prioritario y de interés del Estado nacional.", avala la necesidad coyuntural que hoy se plantea para el inicio y prosecución de la obra de infraestructura denominada Provisión de Gas Natural al Sistema La Rioja-Catamarca.
Las reservas gasíferas del NOA constituyen un 18% del total territorial. Al analizar la red troncal de gasoductos que abastece al mercado argentino, se puede observar que las provincias correspondientes a las regiones del Noreste (NEA) y Noroeste (NOA) sufren un serio déficit en la satisfacción de las necesidades de gas natural, replicándose en menor medida en las restantes regiones del país. Esto no es nada nuevo, ya en el año 2001 se denunciaba que entre el 50% y 100% de los hogares (según la provincia) del norte argentino no tenían acceso al gas natural por redes.
En relación a la incorporación de usuarios a la red troncal, desde 1993 y hasta la fecha apenas alcanza el millón, mientras que el registrado durante la década del 80´ superó los dos millones y medio en apenas 5 años. Sucede que las productoras gasíferas nunca fueron controladas por el Estado nacional durante los gobiernos de los últimos quince años, tanto en su consumo propio como en el venteo y exportaciones (las fiscalizadas y las no fiscalizadas).
Es decir, desde las reformas estructurales iniciadas en los años 90´, el Estado nacional desconoce cómo las petroleras extraen los hidrocarburos, menos aun cuánto extraen, ni tampoco cuál es el destino que se les otorgan, en desmedro del abastecimiento interno y del respeto por la legislación pertinente (leyes nacionales 17.319 y 24.076).
Ahora bien, según la consultora Equis, para Mayo de 2004 el 36.1% de la población del país no tenía acceso al gas natural por redes, es decir, 13.461.000 de ciudadanos. Al desagregarlo por condición de pobreza, el 58.2% de la población que se encuentra por debajo de la línea de pobreza, es decir, 10.373.568 de ciudadanos, no sólo carece de conexión a la red troncal, sino que consume otros energéticos sustitutos, entre los más importantes el gas licuado de petróleo (GLP).
En base a los estudios realizados por la mencionada consultora, el 85% de los ciudadanos que no tienen acceso al gas natural por redes consume GLP envasado en garrafas de 10 Kg., mientras que el 15% restante consume leña, papel, queroseno, plásticos, residuos vegetales/animales, etc. Estos números reflejan la carencia de inversiones en infraestructura a partir, y como resultado, de las reformas estructurales.
Al desagregar por regiones geográficas el desabastecimiento del mercado interno, según la investigación del equipo de trabajo del sociólogo Artemio López, los porcentajes y cantidades absolutas correspondientes a los hogares sin acceso al gas natural por redes son los siguientes:
- 99.7% Región NEA (Corrientes, Chaco, Formosa y Misiones), es decir: 810.786 hogares.
- 41.2% Región NOA (Catamarca, Jujuy, Salta, Santiago del Estero y Tucumán), es decir: 387.919 hogares.
- 28.7% Región Pampeana (Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, Santa Fe), es decir: 1.060.123 hogares.
- 19.4% Región Cuyo (La Rioja, Mendoza, San Juan y San Luis), es decir: 128.200 hogares.
- 16.4% Región Metropolitana (Capital Federal y primer Cordón del Conurbano Bonaerense), es decir: 559.062 hogares.
- 2.2% Región Patagonia (Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego), es decir: 10.539 hogares.
La responsabilidad que el Estado tiene en este sector clave de la economía, que es total, y su incumbencia responde a una necesidad social a la cual está obligado. Por otra parte, el sentido común nos dice que si los hidrocarburos, recursos naturales no renovables, cubren el 90% de las necesidades energéticas del país y su agotamiento es inminente, lo más sensato es que el Estado recupere la renta de los mismos para desarrollar fuentes de energía primaria alternativas a éstos.
La estrategia de crecimiento económico basada en las "fuerzas del mercado", no sólo se apropió y depredó los reservorios hidrocarburíferos del país, sino que además no realizó inversiones de riesgo, tampoco desarrolló nuevas fuentes de energía primaria y, como si fuera poco, transfirió al exterior la acumulación y concentración de capital e ingresos (de trabajadores argentinos) de los últimos quince años.
Significativamente, aunque las operaciones de los fondos fiduciarios aparecen desde el presupuesto 2002 en una planilla de la ley, no se consolidan con las del resto de la administración. Los ingresos con asignación específica están detallados, pero aparte, como si no fuera de la jurisdicción bajo la cual está el fondo. Esto puede aparentar no ser importante, como pasaba en el presupuesto 2002 con los fondos bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Social. Sus ingresos corrientes eran sólo el 3% de los de la cartera.
Pero en la órbita del Ministerio de Economía los ingresos de estas cajas de asignación específica -que parecen haberse transformado en un nuevo nivel de jurisdicciones- representaban dos veces más que los de la cartera de la que dependen. El total de recursos manejados por los fondos alcanzó en 2002 a los nada despreciables 1323 millones de pesos.
El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto Nº 180 de fecha 13 de febrero del 2004, creó el Fondo Fiduciario para atender Inversiones en Transporte y Distribución de Gas cuyo objeto exclusivo fue la financiación de obras para la expansión y/o extensión en el marco del artículo 2º de la Ley Nº 24.076, que especialmente de conformidad con lo dispuesto por el inciso b) de dicho artículo establece: " Promover la competitividad de los mercados de oferta y demanda de gas natural, y alentar inversiones para asegurar el suministro a largo plazo".
El claro objetivo es impulsar el desarrollo de la infraestructura gasífera del país, favoreciendo los emprendimientos regionales con el fin de permitir aumentar la calidad de vida de los habitantes, así como el desarrollo industrial de la República Argentina. Indudablemente, la figura del Fideicomiso Financiero establecida en la Ley 24.441, es una herramienta útil para obtener prontamente los montos necesarios para llevar adelante las obras proyectadas atendiendo las inversiones necesarias en Transporte y Distribución de Gas.
La Resolución 185/2004 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, estableció la reglamentación de la constitución y funcionamiento de dicho Fondo, delegándose en la Secretaría de Energía dependiente del citado Ministerio, la tarea de determinar los términos y condiciones, en base a principios de racionalidad económica, equidad y beneficios operativos para el conjunto del sistema, bajo los cuales calificarían los proyectos que se ejecuten al amparo de los fideicomisos constituidos, cuyo objeto sean obras de expansión y/o extensión en transporte y distribución de gas, pudiendo suscribir acuerdos y/o convenios con entidades públicas, teniendo en cuenta para ello, el objeto de creación del Fondo y tendiendo a lograr operatorias ágiles, simples y transparentes y de máxima eficiencia en el funcionamiento del mismo.
Posteriormente, a través del Decreto Nº 06/2007, se ratifica "La Carta de Intención para el financiamiento de la construcción del Gasoducto La Rioja" en cuya Cláusula Primera se establece: "Las Partes reconocen el interés común sobre un objetivo específico, que es el de poder realizar la ampliación de la infraestructura gasífera, en adelante EL GASODUCTO, que en principio se estima en; Construcción del Gasoducto Paralelo Recreo-La Rioja......".
Sin embargo pese a ello, pudo conocerse mediante Nota Nº 001896, de fecha 29 de marzo del 2007, dirigida al Señor Intendente Municipal de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, por el Gerente Comercial de la Distribuidora del Gas del Centro S.A. - ECOGAS - que las obras de potenciamiento sobre el Sistema de Abastecimiento a La Rioja y Catamarca, no fueron incluidas en el Programa de Fideicomisos de Gas - Fideicomisos Financieros, conforme lo establecido en la Resolución MPFIP y S Nº 185/2004.
Indudablemente, la importancia de una obra de estas características incidirá positivamente en el progreso de vastos sectores de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca y otras localidades del Valle Central de mi provincia, las cuales aún no cuentan con el servicio de distribución de gas natural por redes.
Además, la concreción de este proyecto permitirá a miles de catamarqueños contar con la infraestructura imprescindible para el desarrollo futuro de las redes de distribución que posibiliten el acceso al servicio de provisión de gas natural que no sólo mejorará la calidad de vida de todos aquellos que accedan al servicio, sino también brindará una mayor seguridad de las instalaciones, revalorizará las propiedades, generando un ahorro significativo y otorgando una mayor competitividad y eficiencia productiva a comercios e industrias.
Por las razones expuestas señor Presidente, solicito la consideración de esta H. Cámara para promover la asignación inmediata de una partida extrapresupuestaria para el inmediato inicio de las obras y la inclusión en el Programa de Fideicomisos de Gas - Fideicomisos Financieros, de la obra de infraestructura denominada " Provisión de Gas Natural al Sistema La Rioja - Catamarca ".
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE LA BARRERA, GUILLERMO CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HERRERA, GRISELDA NOEMI LA RIOJA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SANTANDER, MARIO ARMANDO LA RIOJA PERONISTA FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
18/10/2007 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 3203/2007 CON MODIFICACIONES 23/11/2007