PROYECTO DE TP
Expediente 3079-D-2009
Sumario: FERIADOS NACIONALES. LEY 24445. MODIFICACION DEL ARTICULO 4, SOBRE LA CONMEMORACION DEL DIA DE LA BANDERA Y DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL JOSE DE SAN MARTIN.
Fecha: 24/06/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 72
El Senado y Cámara de Diputados...
Art.1º:
Sustitúyase el artículo 4º de la ley 24.445 el que quedará redactado de
la siguiente manera: "Los feriados nacionales del 20 de Junio y 17 de
Agosto, como fechas conmemorativas del paso a la inmortalidad del
Gral. Manuel Belgrano, instituido "Día de la Bandera" por Ley 12.361 y
del Gral. José de San Martín, "Padre de la Patria y Libertador de
América", serán feriados nacionales obligatorios, rindiéndose los
honores civiles, militares y eclesiásticos el respectivo día
calendario"
Art.2º:
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A partir de lo dispuesto por la Ley
23.555, modificada por Ley 24.360/94, 24.445/95 y 26.085/06, en relación al
traslado de los festejos conmemorativos de nuestras principales fechas patrias, los
actos recordatorios de una de ellas ha ido perdiendo su verdadero
significado.
El traslado de los feriados
nacionales obligatorios a los días lunes posteriores o anteriores a la fecha en sí,
con el objetivo de promover intereses económicos sectoriales han provocado el
desconcierto en la población, especialmente escolar que no reconoce la
importancia del hecho histórico que se recuerda.
Las fechas a las que se
refiere la modificación propuesta son fundamentales en nuestra historia nacional y
se encuentran íntimamente unidas con el 25 de Mayo recordatorio de la Revolución
de Mayo y el 9 de Julio Día de nuestra Independencia.
Tanto el 20 de junio como el
17 de agosto conmemoran el fallecimiento de dos hombres que dieron su honor y
su vida por la construcción de un país libre e independiente, económica y
políticamente, de todo otro poder en el mundo.
Sus acciones, sus obras y sus
pensamientos deben ser un ejemplo para toda la sociedad y la conmemoración de
esas fechas en el día en que verdaderamente se produjeron los hechos
recordados, ayudarán a la difusión de sus valiosas vidas.
Es por ello que solicito a mis
pares la aprobación del presente.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PETIT, MARIA DE LOS ANGELES | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
TURISMO |
CULTURA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
24/06/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
30/09/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
21/10/2010 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1641/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0148-S-2008, 3507-S-2008, 0208-D-2009, 0677-D-2009, 0704-D-2009, 3079-D-2009, 4128-D-2009, 0370-D-2010, 0602-D-2010, 0916-D-2010, 2240-D-2010, 4508-D-2010, 4574-D-2010, 5063-D-2010, 6749-D-2010, 0025-PE-2010, 6835-D-2010, 7251-D-2010, 7274-D-2010, 7378-D-2010 y 7369-D-2010 | CON MODIFICACIONES; CON 48 DISIDENCIAS PARCIALES Y 1 DISIDENCIA TOTAL; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 4946-D-09, 0396-D-10, 2394-D-10, 0547-OV-10 Y 0555-OV-10; OBSERVACIONES: 1 SUPLEMENTO; 1 FE DE ERRATAS | 29/10/2010 |
Senado | Orden del Dia 1220/2008 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0822-S-2007, 0148-S-2008, 3507-S-2008, 0208-D-2009, 0677-D-2009, 0704-D-2009, 3079-D-2009, 4128-D-2009, 0370-D-2010, 0602-D-2010, 0916-D-2010, 2240-D-2010, 4508-D-2010, 4574-D-2010, 5063-D-2010, 6749-D-2010, 6835-D-2010, 7251-D-2010, 7274-D-2010, 7378-D-2010 y 7369-D-2010 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR OTRO PROYECTO DE LEY | 21/11/2008 |