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PROYECTO DE TP


Expediente 3070-D-2013
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LA DEROGACION DE LA RESOLUCION 3492/13 DE LA "ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP)", QUE MODIFICA LA RESOLUCION 2927/10, SOBRE OBLIGACIONES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL.
Fecha: 14/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través del organismo correspondiente, se tomen los recaudos necesarios para disponer la derogación de la Resolución Nº 3492 emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), del día 29 de abril de 2013, por la cual se modifica la Resolución 2927 sobre las obligaciones del sistema de la seguridad social.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), del día 29 de abril de 2013 es una modificación a la Resolución 2927 del mismo organismo, por la cual se establece el objetivo de inducir a que se registre al personal doméstico.
Esta Resolución dispone que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) podrá presumir que quien gane más de $500.000 brutos al año y tiene bienes por más $305.000 cuenta con una persona que realiza las tareas domésticas en su hogar.
En un primer momento AFIP había dispuesto que las "personas físicas cuyos ingresos brutos anuales sean iguales o superiores a 500.000 pesos y/o les corresponda tributar el impuesto sobre los Bienes Personales o cuando la totalidad de sus bienes -gravados y no gravados por el mencionado tributo- valuados conforme las normas del citado impuesto" ($ 305.000 o más), estarían alcanzados por esta resolución. Sin embargo, horas más tarde AFIP corrigió el texto, entendiendo se debía dejar afuera de la nueva medida de control del personal doméstico a una enorme cantidad de contribuyentes, entre los cuales podrían contarse jubilados, cuentapropistas y contribuyentes de ingresos medios y bajos. Y la concentró sólo en la franja de quienes tienen ingresos altos.
La resolución que se está presentando tiene como objetivo derogar esta normativa, ya que se entiende que es una extralimitación del organismo que la firma.
Si bien la Ley 26.063, Antievasión II, asigna a la AFIP la posibilidad de actuar de oficio, teniendo en cuenta ciertos indicios que enumera la ley, pero también dispone que esas presunciones no pueden hacer la única prueba para determinar a una persona como deudor.
Mediante la Resolución 3492, AFIP invierte la carga de la prueba, es decir, las personas con ingresos superiores a $500.000 anuales y bienes superiores a $305.000, que no declaren tener servicio doméstico, serian culpables y deberían pagar la seguridad social correspondiente, y en el caso de no poseer este servicio deberán demostrarlo.
Sin lugar a dudas, esta normativa propuesta por la AFIP es inconstitucional, ya que el principio de presunción de inocencia dispuesto por el artículo 11° de la Declaración Universal de Derechos Humanos, con rango constitucional (art. 75°, inc. 22°) señala que:
"Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito."
Este artículo de la Declaración Universal de Derechos Humanos, explica el exceso que la Resolución Nro. 3492 de AFIP significa.
Por los argumentos expresados solicito a mis pares acompañen esta resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO TUCUMAN UCR
JURI, MARIANA MENDOZA UCR
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
BURYAILE, RICARDO FORMOSA UCR
ASPIAZU, LUCIO BERNARDO CORRIENTES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)