PROYECTO DE TP
Expediente 3055-D-2010
Sumario: COMISION DE ENLACE PERMANENTE ENTRE EL "CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA" Y EL "CONSEJO FEDERAL DE MEDIO AMBIENTE - COFEMA-", CUYA MISION SERA EL TRABAJO CONSENSUADO EN POS DE LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS NATURALES Y LA PRESERVACION Y RECUPERACION DEL AMBIENTE. CREACION.
Fecha: 07/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1º: Crease una Comisión de
Enlace permanente entre el CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA, a través de
ambas Cámaras y de sus respectivas Comisiones (Recursos Naturales y
Conservación del Ambiente Humano y Ambiente y Desarrollo Sustentable) y el
Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), a través de su Secretaría
Ejecutiva, cuya misión será el trabajo consensuado en pos de la conservación de
los recursos naturales y la preservación y recuperación del ambiente en el
territorio nacional.
2º: La Comisión de Enlace
estará integrada por los Presidentes y un Secretario de cada Comisión de ambas
Cámaras.
3º: Invitar al H. Senado de la
Nación a adherir a la presente resolución.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Teniendo en cuenta
que el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), reconocido en la "Ley
Nacional Nº 25.675 (Ley General del Ambiente. Bien jurídicamente protegido) es
"... el organismo permanente para la concertación y elaboración de una política
ambiental coordinada entre los Estados miembros..." y que de acuerdo al Art. 23º
del acta constitutiva del COFEMA "...Se establece el Sistema Federal Ambiental
con el objeto de desarrollar la coordinación de la política ambiental, tendiente al
logro del desarrollo sustentable, entre el gobierno nacional, los gobiernos
provinciales y el de la Ciudad de Buenos Aires..." y que el mismo será
instrumentado a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA),
resulta necesario articular mecanismos de coordinación entre éste y la labor que
desarrolla nuestra parlamento nacional, justamente para potenciar las labores y
acciones de ambos, cuyo objetivo final es el mejoramiento de la calidad de vida
de nuestros ciudadanos.
Entendemos Sr. Presidente que ambas cámaras del Congreso de la Nación
deben articular acciones con el COFEMA ya que es necesario "...coordinar
estrategias y programas de gestión regionales en el medio ambiente, propiciando
políticas de concertación como modo permanente de accionar, con todos los
sectores de la Nación involucrados en la problemática ambiental..." y que el
COFEMA debe "...formular políticas de utilización conservante de los recursos del
medio ambiente..." y que nuestra acción, tanto en la Cámara de Diputados como
en la Senadores, es precisamente el estudio y tratamiento de temas ambientales
y su formulación en leyes y decretos, es que nuestras acciones y las del COFEMA
son complementarias y necesarias.
Es por ello, que este
proyecto tiende a agilizar el contacto con el COFEMA, institucionalizar las
relaciones y sobre todo a crear una correa de transmisión entre nuestra Comisión
entre el Congreso y el COFEMA que sin duda redundará en beneficios para
nuestros recursos, nuestro ambiente y nuestros ciudadanos
Por último y considerando
que el ambiente es un patrimonio común de la sociedad y que su conservación,
recuperación y/o mejoramiento depende de la coordinación entre los distintos
niveles gubernativos y sociales, solicito la adhesión de los Sres. Diputados en la
seguridad que este proyecto refleja también sus preocupaciones y compromiso
con las provincias que representan.
Texto de los artículos citados;
ARTICULO 9º. El
ordenamiento ambiental desarrollará la estructura de funcionamiento global del
territorio de la Nación y se generan mediante la coordinación interjurisdiccional
entre los municipios y las provincias, y de éstas y la ciudad de Buenos Aires con
la Nación, a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA); el mismo
deberá considerar la concertación de intereses de los distintos sectores de la
sociedad entre sí, y de éstos con la administración pública.
ARTICULO 15º. La
educación ambiental constituirá un proceso continuo y permanente, sometido a
constante actualización que, como resultado de la orientación y articulación de las
diversas disciplinas y experiencias educativas, deberá facilitar la percepción
integral del ambiente y el desarrollo de una conciencia ambiental, Las autoridades
competentes deberán coordinar con los consejos federales de Medio Ambiente
(COFEMA) y de Cultura y Educación, la implementación de planes y programas en
los sistemas de educación, formal y no formal. Las jurisdicciones, en función de
los contenidos básicos determinados, instrumentarán los respectivos programas o
currículos a través de las normas pertinentes.
ARTICULO 17.__ La
autoridad de aplicación deberá desarrollar un sistema nacional integrado de
información que administre los datos significativos y relevantes del ambiente, y
evalúe la información ambiental disponible; asimismo, deberá proyectar y
mantener un sistema de toma de datos sobre los parámetros ambientales
básicos, estableciendo los mecanismos necesarios para la instrumentación
efectiva a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).
Por lo precedentemente expuesto
solicito a mis pares el acompañamiento para la sanción del presente proyecto de
declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GALLARDO, MIRIAM GRACIELA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CEJAS, JORGE ALBERTO | RIO NEGRO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RISKO, SILVIA LUCRECIA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
TOMAS, HECTOR DANIEL | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FELIX, OMAR CHAFI | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FERNANDEZ BASUALDO, LUIS MARIA | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LLERA, TIMOTEO | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO |