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PROYECTO DE TP


Expediente 3053-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO SUSPENDA LA APLICACION DE LAS RESOLUCIONES N 142/2012 Y 187/2012 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION, SOBRE PLAZOS PARA EL INGRESO DE DIVISAS PROVENIENTES DE LAS OPERACIONES DE EXPORTACION.
Fecha: 15/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional suspenda la aplicación de las Resoluciones N° 142/2012 y 187/2012 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Mediante la Resolución N° 269 de fecha 14 de diciembre de 2001 se establecieron diferentes plazos para ingresar las divisas provenientes de las operaciones de exportación según el tipo de mercadería involucrada.
Recientemente, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MECON) dictó la Resolución N° 142/2012, a través de la cual se establecieron nuevos plazos para el ingreso de divisas al sistema financiero provenientes de operaciones de exportación.
Del análisis de la citada resolución surge que los cambios introducidos conducen a plazos que difícilmente puedan cumplirse, debido a que no dan tiempo a cobrar las ventas. Esto deriva en la imposibilidad de realizar las operaciones que quedan retrasadas a la espera de una revisión. Ante esta situación, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas dictó otra resolución la N° 187/2012 por la cual se indica que los nuevos plazos serán aplicables a las empresas que exporten más de dos millones de dólares anuales. Lo cual es prácticamente irrisorio ya que la mayor parte de las operaciones se realizan por montos superiores al antes mencionado.
En las actividades de comercialización externa de nuestros principales productos de exportación existen economías de escala. Además en la mayor parte de los productos de exportación actuamos como tomadores de precios. Un menor plazo de liquidación se terminará traduciendo en un incremento de los costos financieros asociados a la exportación, impulsando una reducción de los precios pagados a los productores locales de dichos bienes.
La nueva norma establece que por la naturaleza o las características especiales de las operaciones podrán ampliarse los plazos previstos, por lo que se crea una UNIDAD DE EVALUACIÓN, quien deberá dictar un informe previo, integrada por los titulares de la SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR y de la SECRETARIA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, a través de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, todas ellas del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PUBLICAS.
Por ello no obstante que la Resolución N° 187, establece que para las operaciones anteriores regirán los plazos vigentes con anterioridad al dictado de las resoluciones practicadas, se propone suspender la aplicación de las mencionadas resoluciones, habilitando un período para que los exportadores puedan solicitar ante la citada Unidad de Evaluación un plazo mayor para el ingreso de divisas, atento a las características de los productos exportables.
Cabe agregar que la norma no establece justificaciones puntuales para el establecimiento de dicho plazo ni distingo alguno en relación a los productos, sino que contrariamente establece el ingreso de divisas en forma generalizada y uniforme como si se tratara de productos similares, con idénticos procesos productivos y en las mismas condiciones de exportación.
A modo de ejemplo, expongo la problemática acercada sobre el caso puntual del maíz pisingallo, que históricamente las distintas resoluciones dictadas por el Ministerio de Economía relativas a la liquidación de divisas aplicables a este producto lo han separado del maíz común, otorgando un tratamiento diferencial, como consecuencia de las particularidades del producto.
Esta diferenciación no ha sido mantenida por la Resolución, que equiparó el maíz pisingallo al maíz común y estableció la liquidación de las divisas dentro de los 15 días corridos posteriores al embarque, en contraposición a los 180 días establecidos con anterioridad.
Por las razones expuestas, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALVAREZ, JORGE MARIO SANTA FE UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)