PROYECTO DE TP
Expediente 3053-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO SUSPENDA LA APLICACION DE LAS RESOLUCIONES N 142/2012 Y 187/2012 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS DE LA NACION, SOBRE PLAZOS PARA EL INGRESO DE DIVISAS PROVENIENTES DE LAS OPERACIONES DE EXPORTACION.
Fecha: 15/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional suspenda la aplicación de las Resoluciones N° 142/2012 y
187/2012 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Mediante la Resolución N° 269 de fecha 14
de diciembre de 2001 se establecieron diferentes plazos para ingresar las divisas
provenientes de las operaciones de exportación según el tipo de mercadería
involucrada.
Recientemente, el Ministerio de Economía y
Finanzas Públicas (MECON) dictó la Resolución N° 142/2012, a través de la cual se
establecieron nuevos plazos para el ingreso de divisas al sistema financiero
provenientes de operaciones de exportación.
Del análisis de la citada resolución surge
que los cambios introducidos conducen a plazos que difícilmente puedan cumplirse,
debido a que no dan tiempo a cobrar las ventas. Esto deriva en la imposibilidad de
realizar las operaciones que quedan retrasadas a la espera de una revisión. Ante esta
situación, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas dictó otra resolución la N°
187/2012 por la cual se indica que los nuevos plazos serán aplicables a las empresas
que exporten más de dos millones de dólares anuales. Lo cual es prácticamente
irrisorio ya que la mayor parte de las operaciones se realizan por montos superiores al
antes mencionado.
En las actividades de comercialización
externa de nuestros principales productos de exportación existen economías de escala.
Además en la mayor parte de los productos de exportación actuamos como tomadores
de precios. Un menor plazo de liquidación se terminará traduciendo en un incremento
de los costos financieros asociados a la exportación, impulsando una reducción de los
precios pagados a los productores locales de dichos bienes.
La nueva norma establece que por la
naturaleza o las características especiales de las operaciones podrán ampliarse los
plazos previstos, por lo que se crea una UNIDAD DE EVALUACIÓN, quien deberá
dictar un informe previo, integrada por los titulares de la SECRETARIA DE COMERCIO
EXTERIOR y de la SECRETARIA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN
DEL DESARROLLO, a través de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN
ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, todas ellas del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PUBLICAS.
Por ello no obstante que la Resolución N°
187, establece que para las operaciones anteriores regirán los plazos vigentes con
anterioridad al dictado de las resoluciones practicadas, se propone suspender la
aplicación de las mencionadas resoluciones, habilitando un período para que los
exportadores puedan solicitar ante la citada Unidad de Evaluación un plazo mayor
para el ingreso de divisas, atento a las características de los productos
exportables.
Cabe agregar que la norma no establece
justificaciones puntuales para el establecimiento de dicho plazo ni distingo alguno en
relación a los productos, sino que contrariamente establece el ingreso de divisas en
forma generalizada y uniforme como si se tratara de productos similares, con idénticos
procesos productivos y en las mismas condiciones de exportación.
A modo de ejemplo, expongo la
problemática acercada sobre el caso puntual del maíz pisingallo, que históricamente
las distintas resoluciones dictadas por el Ministerio de Economía relativas a la
liquidación de divisas aplicables a este producto lo han separado del maíz común,
otorgando un tratamiento diferencial, como consecuencia de las particularidades del
producto.
Esta diferenciación no ha sido mantenida
por la Resolución, que equiparó el maíz pisingallo al maíz común y estableció la
liquidación de las divisas dentro de los 15 días corridos posteriores al embarque, en
contraposición a los 180 días establecidos con anterioridad.
Por las razones expuestas, solicito a mis
pares la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ALVAREZ, JORGE MARIO | SANTA FE | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |