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PROYECTO DE TP


Expediente 3049-D-2007
Sumario: CREACION DE LA COMISION BICAMERAL DE SEGUIMIENTO, VERIFICACION Y CONTROL DE DISTRIBUCION DE FONDOS DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.
Fecha: 21/06/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1.- Créase en el ámbito del Congreso de la Nación la COMISION BICAMERAL DE SEGUIMIENTO, VERIFICACION Y CONTROL DE DISTRIBUCIÓN DE FONDOS DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO (ONCCA)
Integración
Artículo 2.- La Comisión Bicameral Permanente estará integrada por veinticuatro legisladores, doce diputados y doce senadores, que serán designados por cada una de las cámaras respetándose la proporción de sus representaciones políticas. Durarán dos años en el ejercicio de sus funciones. Se elegirá un suplente por cada miembro titular para cubrir las ausencias permanentes. En caso de que el suplente deba asumir el cargo de titular, la Cámara correspondiente elegirá un nuevo suplente.
Autoridades
Artículo 3.- La Comisión elegirá entre sus miembros un Presidente, un Vicepresidente Primero, un Vicepresidente Segundo y un Secretario. Sus mandatos durarán dos años. La Presidencia recaerá en un legislador de la primera oposición. La totalidad de los cargos deberá recaer en forma igualitaria entre los miembros de ambas cámaras.
Informes
Artículo 4.- La COMISION BICAMERAL producirá informes trimestrales y un informe anual sobre las cuestiones referidas a la distribución de los fondos recibidos, que será puesto a consideración de ambas Cámaras. Dichos informes serán de acceso público.
Reglamento
Artículo 5.- La COMISION BICAMERAL dictará su reglamento interno, procederá a la elección de sus autoridades y fijará sus días de reunión.
Quórum
Artículo 6.- La Comisión sesionará con la mitad más uno de los miembros que la integran. En caso de no reunir quórum podrá emitir despachos en minoría.
Artículo 7.- De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con el propósito de contrarrestar los aumentos de los precios internacionales de los granos y oleaginosos en el mercado interno, por Resolución 9/2007, de fecha 11/01/2007 el Ministerio de Economía y Producción crea un mecanismo destinado a otorgar subsidios a los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja. La distribución de estos subsidios es realizada por la OFICINA DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO (ONCCA).
Los fondos que conformaran tal masa de recursos se obtienen por un aumento del 4% de los derechos de exportación que se aplican a la soja y sus subproductos, según consta en la Resolución 10/2007.
Sin embargo teniendo en cuenta que las exportaciones de soja se inician a partir del mes de mayo, y por consiguiente desde ese momento recién comienzan a originarse los aportes de las citadas retenciones, por una Decisión Administrativa del Jefe de Gabinete de fecha 22/2/07 -DA 30/2007-, se decidió modificar el Presupuesto el fin de adelantar a la ONCCA 436,6 millones de pesos para financiar dicho mecanismo. Como es tradicional los recursos fueron detraídos de la Jurisdicción 91 -Obligaciones a cargo del Tesoro-
La Resolución 9/07 antes citada, además de no establecer un criterio de aplicación objetivo para la asignación de tales subsidios, le otorga amplias facultades a la ONCCA para distribuir estos importantes recursos presupuestarios, según se desprende de esta resolución que establece lo siguiente " Facultase a la ONCCA a dictar las normas complementarias e interpretativas que resulten necesarias a fin de lograr los objetivos establecidos en la presente medida...''.
En coincidencia con el inicio de la distribución de dichas compensaciones se produjo la renuncia de su anterior titular Marcelo Rossi, designándose en su puesto a José Portillo
Es de publico conocimiento la denuncia del ex Presidente del ONCCA de haber sufrido ''aprietes'' del Secretario de Comercio Guillermo Moreno para obligarlo a renunciar a su cargo y así obtener el control de la distribución de los fondos entregados por el Jefe de Gabinete.
Según el Decreto 1067/05 ''la Oficina Nacional de Control Agropecuario tendrá a su cargo ejecutar las políticas que la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economía y Producción dicte a fin de asegurar un marco de transparencia y libre concurrencia en materia de comercialización en el sector agropecuario''
Los hechos acaecidos el 2 de marzo de 2007 demuestran la necesidad de un control sobre los fondos destinados a subsidios.
Es preciso advertir que todo lo que es materia administrativa puede ser regulado por el Congreso. El control de la Administración por parte del órgano Legislativo forma parte del sistema de frenos y contrapesos de nuestro sistema republicano, en virtud del cual los tres poderes nacionales se controlan mutuamente, pero sin intervenir en la función del otro.
Por esto, es necesario la creación de una Comisión Bicameral Permanente que fiscalice y establezca un criterio objetivo respecto a la asignación de los recursos para así velar por la transparencia del mercado y asegurar el correcto funcionamiento de este organismo descentralizado, con autarquía económico-financiera, técnico- administrativa y dotado de personería jurídica propia.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES ARI
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES ARI
SANCHEZ, FERNANDO CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
AGRICULTURA Y GANADERIA