PROYECTO DE TP
Expediente 3044-D-2007
Sumario: DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION AL MURAL "EJERCICIO PLASTICO" DEL ARTISTA MEXICANO DAVID ALFONSO SIQUERIOS.
Fecha: 21/06/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1°: Declárase de utilidad
pública y sujeto a expropiación, en los términos establecidos por la Ley nº 21.499,
el mural "Ejercicio Plástico" del artista mexicano David Alfaro Siqueiros, que ha
sido declarado bien de interés histórico artístico nacional por el Poder Ejecutivo
mediante decreto 1045/2003 del 11 de noviembre de 2003.
ARTICULO 2°: La determinación del
precio del bien sujeto a expropiación se realizará de acuerdo a la tasación que
efectúe el Banco de la Nación Argentina.
ARTICULO 3º: El Estado Nacional
dispondrá lo necesario para la restauración, puesta en valor y traslado de la obra a
un lugar adecuado para su exposición.
ARTICULO 4º: Autorízase al Poder
Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto Nacional General de Gastos y Recursos
del ejercicio vigente las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para
el cumplimiento de la presente ley.
ARTICULO 5º: La Secretaría de
Cultura de la Nación es la autoridad de aplicación de la presente ley.
ARTICULO 6º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El mural "Ejercicio Plástico" del artista
mexicano David Alfaro SIQUEIROS, realizado en 1933 en la localidad de Don
Torcuato, Provincia de Buenos Aires, constituye una obra paradigmática del
muralismo latinoamericano por la concepción plástica espacial y por las
innovaciones técnicas que introdujo.
La obra fue realizada en el año 1933,
en el sótano abovedado de la quinta "Los Granados", de propiedad de Natalio
Botana, y testimonia el paso y reconocimiento de SIQUEIROS por nuestro país, así
como su vínculo con los pintores argentinos.
SIQUEIROS contó para la realización
de la obra con la colaboración de los pintores argentinos Lino Enea Spilimbergo,
Antonio Berni y Carlos Castagnino y con la del artista uruguayo Enrique
Lázaro.
En el año 1991 un emprendimiento
particular decidió retirarla del sitio en el que se encontraba emplazada mediante un
complejo trabajo de ingeniería estructural, con el supuesto propósito de exponer el
mural.
Conflictos judiciales entre quién sería
el propietario de la obra y sus acreedores, que se dirimen en los autos "Fine Arts
S.A. s/ Quiebra" y sus incidentes, en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera
Instancia en lo Comercial nº 13, de esta ciudad, culminaron con el mural
fraccionado y encerrado en cuatro contenedores a la intemperie, en un predio
perteneciente a la empresa "Grúas Don Bosco", sito en Avenida Monseñor Bufano,
Villa Luzuriaga, San Justo, Partido de La Matanza.
Aunque parezca increíble, ahí se
encuentra la obra desde hace casi DIECISEIS (16) años.
Todas las gestiones, que no fueron
pocas, realizadas a lo largo de estos años a efectos del traslado, restauración y
resguardo de la obra sucumbieron frente a marañas burocráticas y trámites
judiciales.
Dice el dictamen
obrante en autos que: "... La causa del deterioro de las piezas dentro de los
contenedores se debe a la acción de los efectos ambientales que han incidido
sobre piezas ubicadas en un lugar inadecuado (a la intemperie) y protegidas
exclusivamente con carácter temporario. En efecto, la acción prolongada de
variaciones de temperatura, condensaciones y evaporación de humedad,
y renovación de oxígeno por vía de corrosión, figuración y sulfatación,
que si bien no han afectado aún mayormente a la pintura propiamente
dicha constituyen, como hemos dicho, fenómenos crecientes de
potencialidad destructiva"
El informe concluyó:
"De no producirse con rapidez la detención de los procesos de deterioro mediante
un cambio sustancial en la forma de proteger las piezas que se encuentran dentro
de los contenedores, ...., puede terminar siendo totalmente irrecuperable.
Adviértase que estas conclusiones
fueron emitidas hace ya casi cuatro (4) años, y que la situación no se ha
modificado, por lo que obvia es la conclusión de que es necesario actuar en forma
inmediata.
Cabe destacar que la obra de
SIQUEIROS ha sido declarada Monumento Artístico de la Nación por el estado
mexicano, que garantiza protección, catalogación, estudio, conservación y difusión
a la obra de ocho (8) artistas mexicanos, en cualquier lugar en que se encuentre,
entre ellos, además de SIQUEIROS: Frida Kahlo, José María Velazco, Diego Rivera,
María Izquierdo y Remedios Varo.
Así, y que en lo que respecta al mural
"Ejercicio Plástico" que motiva este proyecto, los Estados Unidos Mexicanos han
expresado su preocupación por la preservación del mural, así como su
predisposición para colaborar en todo lo concerniente a su debida protección.
Y hasta el ex Presidente Vicente Fox
demostró su preocupación sobre el tema cuando visitara el país en el año
2002.
El mural ha sido
declarado bien de interés histórico artístico nacional por el Poder Ejecutivo
mediante decreto 1045/2003 del 11 de noviembre de 2003 (B.O. del 12 de
noviembre de 2003) pero pese a ello, y a lo expresado en los considerandos de
dicha norma en el sentido de "determinar las etapas y previsiones para el traslado,
conservación y eventual restauración de las obras", nada ha cambiado y las obras
continúan en los contenedores.
Es necesario concluir con lo que a
esta altura resulta una verdadera vergüenza nacional, una muestra de desidia y
desprecio por el patrimonio histórico y artístico no sólo nacional, sino de la
humanidad, pues esta última categoría es la que integra la obra de
SIQUEIROS.
La situación en que se encuentra el
mural ha traspasado el límite de lo tolerable para un país que se presume
respetuoso de su patrimonio cultural, y resulta un oprobio al que sólo la
expropiación puede poner fin, dado el fracaso de todas las gestiones realizadas
hasta la fecha.
La expropiación del mural permitirá al
Estado Nacional disponer en forma definitiva de esta obra, para su traslado,
restauración y exhibición en un lugar adecuado, y significa el ingreso a su
patrimonio de una obra valiosísima, para disfrute de toda la población.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SANCHEZ, FERNANDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
CULTURA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
27/06/2007 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
11/07/2007 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
18/07/2007 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) | 18/07/2007 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2975-D-2007, 0067-CD-2007 y 3044-D-2007 | 18/07/2007 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2975-D-2007, 0067-CD-2007 y 3044-D-2007 |