PROYECTO DE TP
Expediente 3027-D-2007
Sumario: FERIADOS NACIONALES: RESTITUIR LOS FERIADOS NACIONALES DE LOS DIAS 20 DE JUNIO Y 17 DE AGOSTO A LAS EXCEPCIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTICULO 3 DE LA LEY 23555, DEROGACION DE LOS ARTICULOS 3 Y 4 DE LA LEY 24445.
Fecha: 21/06/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1°.- Restitúyense los
feriados nacionales de los días 20 de junio y 17 de agosto a las excepciones
establecidas en el artículo 3° de la Ley N° 23.555.
ARTÍCULO 2°.- Deróganse los
artículos 3° y 4° de la Ley N° 24.445.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La bandera nacional es uno de los
símbolos patrios que une a los argentinos. Desde siempre la Nación le rinde
homenaje en la conmemoración de la muerte de su creador, el General Manuel
Belgrano, ocurrida el 20 de junio de 1820.
Lo hace plenamente en el plano
espiritual, pero no la acompaña de igual manera la inserción en el calendario de
las festividades nacionales, a partir de la sanción de la Ley N° 24445. Esta ley
exceptúa a esa fecha, al igual que la del homenaje al General D. José de San
Martín, fallecido el 17 de agosto de 1850, de la condición de feriados nacionales
no trasladables a otra fecha.
La Ley N° 24445 determina que ambos
feriados serán cumplidos el día que corresponda al tercer lunes del mes
respectivo; por lo que cuando el tercer lunes de junio se corresponda con el día
veinte del mes desaparece la objeción, porque el país conmemorará la fecha
desde Rosario en el lugar de la creación, y al unísono de las miles de escuelas y
de actos populares a lo largo y ancho de nuestra geografía.
Pero atención: que ello ocurre sólo un
año de cada siete, lo que patentiza la necesidad de consolidar en el día que
corresponde, por imperativo de la historia, la conmemoración del pase a la
inmortalidad, tal como dice el artículo 4° de la Ley 24.445, de los dos héroes de la
patria, que, en el caso de Manuel Belgrano el país asocia al homenaje a su
bandera.
No pueden oponerse razones de
naturaleza material o económica, sin duda respetables, pero que, además de ser
cubiertas en varios feriados largos durante el año, no son de superior valor al
sentido de nacionalidad que inspiran estas efemérides.
Por ello solicito la aprobación del
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ RAYMONDA, RAFAEL J. | CIUDAD de BUENOS AIRES | DEMOCRATA PROGRESISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
TURISMO |
CULTURA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
20/11/2008 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LAS COMISIONES DE TURISMO, CULTURA. | 03/12/2008 |