PROYECTO DE TP
Expediente 3026-D-2008
Sumario: RATIFICAR LA SUBSISTENCIA DE LOS SISTEMAS PROVINCIALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL NO TRANSFERIDOS A LA NACION.
Fecha: 10/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
) Ratificar la subsistencia de los
sistemas previsionales provinciales y el mantenimiento de los beneficios y garantías
de los trabajadores activos y pasivos, amparados por sus respectivas cajas
jubilatorias, cuyos derechos podrían comprometerse a partir de su transferencia a
la jurisdicción nacional.
2º) Señalar las graves
consecuencias que al respecto pueden derivarse de los compromisos asumidos
con el gobierno nacional, según el "Convenio para la Armonización y el
Financiamiento del Sistema Previsional de la Provincia del Chaco", suscripto
recientemente por el Señor Gobernador, con el Director Ejecutivo de la
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), y que forma parte de la
presente como anexo 1.
3º) Reafirmar la defensa de la
autonomía y continuidad de las instituciones provinciales de la seguridad social,
como el INSSSEP (Instituto de Servicios Sociales y Seguros Provincial) de la
provincia del Chaco, así como de las prestaciones, la movilidad y los requisitos
propios de los regimenes especiales que rigen en cada jurisdicción, con
independencia de las pautas determinadas por las normativas nacionales en
materia previsional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene por objeto
reafirmar la vigencia de los sistemas provinciales de la seguridad social que no
fueron transferidos a la Nación, como consecuencia del proceso de reformas y
privatizaciones que arreciaron en nuestro país durante la década del 90.
En varias provincias subsisten
instituciones previsionales que mantienen una administración autónoma
consolidada con el esfuerzo de muchos años de aportes y luchas sindicales de los
trabajadores, quienes son sus legítimos titulares, tanto activos como pasivos, y por
lo tanto merecen mantener los beneficios y garantías que les otorgan sus
respectivas cajas jubilatorias y normativas vigentes.
En particular, en la provincia del
Chaco, el gobierno provincial suscribió recientemente con la Administración
Nacional de la Seguridad Social (ANSES) un convenio denominado de
"armonización del sistema provisional", que pone en riesgo los beneficios y
garantías de los jubilados chaqueños y de los trabajadores activos, para acceder
a las prestaciones previsionales que les corresponden de acuerdo a la legislación
provincial.
Al respecto, se han pronunciado por un
contundente rechazo a dicho convenio un número importante de organizaciones
gremiales y asociaciones civiles que representan a los trabajadores y jubilados
chaqueños.
Durante la primera semana del mes de
Junio del corriente año, luego de debatir sobre las consecuencias de dicho
convenio, emitieron un documento en defensa del sistema provisional chaqueño
las siguientes organizaciones: ATECH, SITECH FEDERACION, STM Sindicato de
Trabajadores Municipales, UPCP, SEJCH Sindicato de Empleados Judiciales del
Chaco, SIEMPRE Sindicato de Empleados de Rentas, ASECAM Asociación de
Empleados de Caja Municipal, AGUEL Legislativos, SELCH Lotería Chaqueña,
AMUDOCH Asociación Mutual de Docentes Chaqueños, Federación de
Asociaciones de Jubilados, Asociación de Jubilados de Machagai, Asociación de
Docentes Jubilados, Mutual Círculo de Oficiales de Policía, MUPESA Mutual
Personal de Sameep (empresa provincial de agua y saneamiento) Policías Auto
convocados, Mutual del Insssep, Unión Judicial del Chaco, Asociación Judicial del
Chaco, Años Vida Asociación de Jubilados Provinciales, Jubilados
Municipales de Resistencia, Círculo de
Oficiales de la Policía del Chaco, Asociación Sindical de Agentes Viales y Mutual
de Centros de Jubilados.
Las expresiones de dichas
organizaciones son testimonio de la profunda preocupación que ha despertado
en la provincia la difusión pública de los lineamientos que contiene el denominado
"Convenio para la Armonización y el Financiamiento del Sistema Provisional de la
Provincia del Chaco", suscripto el 22 de Abril último entre el Gobernador de la
Provincia y el Director Ejecutivo del ANSES.
En virtud de dicho convenio la
provincia del Chaco se compromete a iniciar un proceso de "armonización" de su
normativa en materia de jubilaciones y pensiones a partir del 1º de Enero de 2010
y asume el compromiso de dictar y promover la promulgación de las normativas
necesarias para tal fin, en un plazo máximo de
tres años. Incumplido dicho plazo, las
obligaciones asumidas por el Estado Nacional para contribuir al financiamiento del
sistema previsional "perderán eficacia y exigibilidad".
La preocupación no es en vano, si no
que se ve fundamentada en los criterios políticos sostenidos por el actual
gobernador de la provincia en su trabajo bibliográfico "La sumergida", publicado
en 1999, donde expresamente propone la transferencia de las cajas provinciales al
sistema nacional de jubilaciones y pensiones.
Dicha armonización deberá realizarse
en función de las leyes nacionales vigentes en materia de seguridad social, en
orden al régimen de aportes y contribuciones, así como los beneficios y los
requisitos para su acceso.
En particular deberán modificarse las
pautas sobre edad jubilatoria, años de servicios con aportes, compensaciones de
exceso de edad con años de servicios, prestaciones de retiro por invalidez,
pensiones por fallecimiento, haber inicial y ajustes por movilidad.
A su vez, la provincia deberá remitir al
ANSES información vía conexión directa correspondiente a padrones de jubilados,
pensionados y retirados provinciales, padrones de titulares y grupo familiar de la
obra social adherido a la obra social provincial, padrones de trabajadores activos
del sector público, padrones de datos correspondientes a la operatoria del
Registro Civil de la provincia, padrones de la población escolarizada y de
beneficiarios de programas de empleo, asistenciales y no contributivos,
administrados por la provincia y/o los municipios a través de la administración
centralizada o descentralizada.
De tal manera se abre camino a la
transferencia del sistema previsional del Chaco a la Nación, para encuadrar el
mismo en el SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES (SIJP)
creado por la Ley 24241, que privatizó el sistema jubilatorio nacional, mediante
fondos privados de jubilaciones y pensiones, por el cual nuestro país se apartó
durante la década del 90 de las normas que garantizaban la movilidad de las
jubilaciones y pensiones de acuerdo con los principios y derechos reconocidos por
la Constitución Nacional.
Precisamente dicha legislación
nacional, inspirada por el Ministro Domingo Cavallo, durante la presidencia del Dr.
Carlos Menem, puso fin a la garantía de "movilidad" jubilatoria, como proporción
entre el haber de retiro y las remuneraciones de los activos. Tema que ha
meritado la presentación de múltiples proyectos con estado parlamentario, entre
ellos también uno de autoría de la suscripta.
La ley 24241 cuyos lineamientos
pretenden imponerse ahora en la provincia del Chaco, establece que no habrá otra
movilidad para las prestaciones de los jubilados y pensionados, que la que
determine cada año la Ley Nacional de Presupuesto. Ello significa que sin
recursos asignados por el presupuesto nacional, no habrá ajuste de haberes
jubilatorios.
Por tal motivo, dicha ley fue declarada
inconstitucional en conocidos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
que obligan a sancionar una nueva legislación previsional sobre movilidad
jubilatoria por parte del Congreso Nacional, para adecuarla a los preceptos
constitucionales.
En definitiva, por obra del convenio
suscripto por el gobernador, desaparecerán en breve para los jubilados y
pensionados chaqueños las garantías de ajuste por
movilidad, las compensaciones de
edad con años de servicios, se incrementará la edad jubilatoria y se pondrán en
riesgo todos los regímenes especiales como docentes y policías, de acuerdo a la
normativa provincial en vigencia.
A su vez el Instituto de Servicios
Sociales y Seguro Provincial (INSSSEP) que cumple funciones de obra social y de
caja otorgante de jubilaciones y pensiones en la provincia, quedará a la deriva y
expuesto a desaparecer al mismo tiempo en que se liquiden todos los derechos,
garantías y beneficios de los jubilados y pensionados chaqueños.
Ante la amenaza que proyectan sobre
dicho instituto chaqueño los compromisos asumidos por el gobierno provincial con
el ANSES, queremos reafirmar su autonomía, así como la continuidad de las
demás instituciones provinciales de la seguridad social.
Creemos sinceramente que renunciar a
la defensa del INSSSEP en las actuales circunstancias, resulta imperdonable por
su trayectoria como institución señera de los trabajadores y jubilados chaqueños.
Ello significa nada más y nada menos que renegar de una de las mejores
tradiciones de nuestro pueblo en materia de justicia social.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, la aprobación del
presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BEVERAGGI, MARGARITA BEATRIZ | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |