PROYECTO DE TP
Expediente 3011-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LAS ACCIONES NECESARIAS PARA DETERMINAR LOS NIVELES DE ARSENICO EN EL AGUA DE CONSUMO.
Fecha: 14/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 47
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado
que el Poder Ejecutivo, por intermedio de la autoridad
correspondiente, implemente las acciones conducentes al estudio
del impacto y transferencia de los niveles de arsénico en el agua de
consumo y sus efectos en la producción agropecuaria y la seguridad
alimentaria.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El agua es un recurso
esencial para la vida y el desarrollo de los seres humanos. La
utilidad de este recurso es función directa de su calidad y de su
accesibilidad, y constituye el nutriente más requerido en cantidad
para las actividades agropecuarias.
La presencia de sales,
elementos traza orgánicos e inorgánicos y/o microorganismos,
condicionan en algunos casos su utilización para la producción
ganadera, pudiendo producir alteraciones sanitarias en los animales,
disminución de la producción o alteraciones en la calidad del
producto obtenido.
Desde hace muchos
años los países desarrollados han instado a reducir severamente los
contenidos de elementos tóxico-nocivos en las aguas destinadas al
consumo humano en todo el mundo.
Se ha entendido, por fin, que la provisión de agua segura es la
mejor política sanitaria en la profilaxis de patologías de origen
hídrico cuyo tratamiento médico a la larga resulta efectivamente
muy costoso.
Sin embargo, esta
simple ecuación ha sido de muy difícil cumplimiento en algunos
países emergentes tales como el nuestro, ya que se ha dado la
particularidad de que, por un lado, las aguas subterráneas
presentan contaminantes naturales, como el arsénico, en
concentraciones iniciales varios cientos de veces superiores a los
máximos sugeridos, mientras que por otro, se carece de tecnologías
de tratamiento que permitan disminuir los tenores a costos
razonables, sin contar con la dificultad que implica acceder a
métodos de análisis que permitan detectar niveles de contaminantes
naturales tan bajos.
Hacia comienzos del presente
siglo, en el país el límite de arsénico permitido era de 50 mg./l en aguas de
bebida, similar a las normas establecidas por la US Public Health Service, por lo
que la utilización de los recursos hídricos subterráneos para consumo humano
en el país se ve ya seriamente comprometida. Pero si se redujera el límite
actual, tal como propone la EPA Agencia de Protección Ambiental de Estados
Unidos (EPA por sus siglas en inglés) a 10 mg./l, las posibilidades de consumo
de agua subterránea serían nulas si no tienen un previo tratamiento.
El arsénico se constituye en un
contaminante de origen natural del agua subterránea y de amplia distribución
en nuestro territorio, especialmente en la llanura chaco pampeana. Asimismo,
está presente en gran parte de las provincias de Córdoba, Santa Fe, Santiago
del Estero, Chaco, Buenos Aires, noreste de La Pampa y sectores de Río Negro,
San Luis, Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca, Tucumán, Jujuy y Salta,
coincidiendo con el área de distribución de importantes depósitos eólicos. Es
posible asegurar además que, mientras en el sur del país, el Cuaternario se
caracterizó por procesos de glaciación y deglaciación con imposición de ciclos
fluviales, en la región central y norte fueron períodos de extrema aridez, en
donde los ciclos eólicos tuvieron mayor expresión.
Las máximas concentraciones de
arsénico natural se encuentran en Bell Ville (2.800 mg./l) Córdoba y en San
Antonio de los Cobres (Salta), con más de 100 mg./l y, en menor medida, en la
cuenca del Río Tercero en Córdoba y norte de la provincia de Santa Fe, aunque
en cualquier caso superan la norma de 50 mg./l.
En un elemento extremadamente
tóxico para el ser humano, siendo uno de los efectos más característicos las
lesiones dermatológicas, cáncer de hígado, vejiga y riñón. La enfermedad
producida por la ingesta de dosis variables de arsénico durante períodos
prolongados se conoce actualmente como Hidroarsenicismo Crónico Regional
Endémico (HACRE).
Lamentablemente, aún en
Argentina no hay estadísticas reales acerca de índices de mortalidad por
enfermedades de origen hídrico, ya que las patologías asociadas bien podrían
tener otro diagnóstico debido a que los decesos no se producen de modo
traumático, pero, sin dudas, las cifras resultantes serían más que alarmantes si
se pudiesen establecer con criterio y rigor científico. De hecho, poseemos una
amplia franja poblacional susceptible a las enfermedades de origen hídrico y, en
el caso de arsenicismo, individuos con deficiencias en vitamina C o con algún
grado de desnutrición son los blancos preferidos, por lo que esta enfermedad
constituye una patología de carácter social.
El hidroarsenicismo es una
endemia regional generada por un agente del medio natural no controlado por
la autoridad sanitaria, con enfermedades asociadas se conocen desde hace más
de 40 años. Se conocen unos pocos ejemplos de emprendimientos municipales
y privados en las provincias de Buenos Aires y Santa Fe que llevaron adelante
medidas paliativas.
La contaminación con arsénico
puede ser provocada por las actividades humanas. Se han detectado casos de
muerte de familias enteras por envenenamiento debido a la infiltración hacia los
acuíferos de productos arsenicales orgánicos solubilizados, intensamente
utilizados como agroquímicos en cultivos de cítricos e ingeridos con agua de
pozo, en la zona agrícola del valle del río San Francisco, cercana a San Pedro de
Jujuy. En otros casos, las actividades industriales y mineras no fiscalizadas
también se constituyen en focos de contaminación a poblaciones
expuestas.
También es necesario considerar
que la presencia de contaminantes en alimentos implica diversos riesgos para la
salud humana. La cadena agroalimentaria ha sido identificada como un factor
relevante en la exposición humana a elementos tóxicos y debe ser tenida en
cuenta a la hora de evaluar los riesgos para la salud. Allí, los contaminantes que
han sido identificados son generalmente de naturaleza microbiológica y
asociados usualmente con el manejo inadecuado de materias primas, el uso
incorrecto de medicamentos veterinarios o biocidas.
Es necesario generar información
que permita predecir con exactitud la transferencia de arsénico hacia los
alimentos de origen animal y vegetal. Ello permitirá analizar la posible
incidencia de los contaminantes en matrices ambientales y su impacto sobre la
producción agropecuaria; aportar al conocimiento de la transferencia de
arsénico a os productos de consumo de origen animal (p.ej. producción bovina
y piscicultura), y formular recomendaciones de utilidad a los productores acerca
de tecnologías y formas de manejo que minimicen la transferencia a la cadena
agroalimentaria
Señor Presidente, por todo lo
expuesto, solicito el acompañamiento de mis pares en el tratamiento de la
presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
09/10/2012 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 108 primer parrafo del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1122/2012 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 31/2012 | 23/10/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DEL AUTOR DE MODIFICACION DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) | 21/11/2012 | |
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 07/11/2012 | APROBADO | |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA |