PROYECTO DE TP
Expediente 3006-D-2014
Sumario: EXIMICION DE LA PRESENTACION DE LA "DECLARACION JURADA DE IMPORTACION - DJAI -" PARA LAS EMPRESAS ENCUADRADAS BAJO EL CONCEPTO PYME NORMADO POR LA LEY 24467 Y SUS MODIFICATORIAS.
Fecha: 30/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 36
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1: Dispóngase la
eximición de la presentación de la Declaración Jurada de Importación (DJAI)
para las empresas encuadradas bajo el concepto de PYME, por la ley 24467 y
sus modificatorias.
Artículo 2: Esta eximición se
aplicará a partir de la sanción de la presente ley, y en caso de encontrarse
reunidos los demás requisitos vigentes, permitirá la oficialización de
despachos de importación, su tramitación, liberación a plaza y
comercialización, incluidos aquellos que se encuentre en trámite con efecto
retroactivo al 1 de enero de 2014.
Artículo 3: De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A principios de 2012 la
Resolución AFIP 3252/12 creó la DJAI, una Declaración Jurada Anticipada de
Importación que tiene como objeto establecer un régimen de información
aplicable a todas las destinaciones de importación definitiva. De esta manera,
toda información que se registre queda a disposición de los Organismos que
adhieran al mecanismo
La creación de este tipo de
normas no es nueva, y ha sido utilizada ya en su momento para entorpecer
las importaciones.
Esta norma creada por la AFIP
es esencialmente igual con el aggiornamiento lógico de los años y la
informatización de los despachos de importación y exportación, que lo que
disponía el Decreto 4070/84, dictado por el entonces Presidente Raúl
Alfonsín.
Aquella norma de un modo más
sincero, explicitaba su real cometido que era la prohibición de importaciones
de bienes, y creaba el régimen de Declaración de necesidad de importación.
Esta norma fue derogada por el Decreto 2226/90, y digamoslo así, puesta en
vigor nuevamente, por la Resolución General mencionada, es decir, una
norma que en los hechos, lo que busca es impedir las importaciones, así
como otras, dificultan enormemente las exportaciones, creando una maraña
administrativa e infralegal que ha llevado a paralizar el comercio hacia dentro
y hacia fuera de nuestro país.
El Gobierno Nacional a través de
la AFIP, ha usurpado facultades que son del Congreso. El reciente fallo "
Camaronera Patagónica SA" ha dejado claro que las Facultades del Congreso,
establecidas constitucionalmente no quedan obturadas por el funcionamiento
de órganos administrativos.
La Resolución General AFIP
3252/12 y sus posteriores modificaciones también administrativas, en los
hechos representan un uso más de la torpe policía económica que pretende
el Gobierno Nacional que sea el rol de la AFIP. Sin embargo, ese no es el rol
constitucional ni legal.
Además, el contenido en sí de
estas DJAI, en lo que se refiere a las PYMES, choca con los objetivos y
articulado de la ley 24467, que fue creada precisamente, para fortalecer y
facilitar que las PYMES se inserten en los mercados, y no para dificultar su
existencia.
En razón de lo expuesto,
entendemos que la modificación propuesta de eximir de las DJAI a las
PYMES, cuando se reúnan los demás requisitos legales, permitiendo la
oficialización de despachos de importación, su tramitación, liberación a plaza
y comercialización, incluidos aquellos que se encuentre en trámite con efecto
retroactivo al 1 de enero de 2014, permitirá al Congreso Nacional recuperar
parte de sus atribuciones, y a la vez aportar una solución a los cientos de
miles de despachos trabados en la Aduana y la AFIP, fruto de medidas que
han deteriorado nuestra economía nacional.
Esta medida tiene, a su vez,
como objetivo mejorar la productividad interna para combatir reducir costos y
combatir la inflación. Una industria altamente protegida durante un tiempo
prolongado pierda productividad. La principal manera de combatir la inflación
es mediante el aumento de la oferta agregada. La competencia generada
mediante la importación de algunos productos, permitirá que la producción
nacional se compare con estándares internacionales de producción y mejore
su productividad.
Por lo expuesto, solicitamos el
tratamiento y aprobación del proyecto de ley que ha sido puesto en
consideración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TRIACA, ALBERTO JORGE | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMERCIO (Primera Competencia) |
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS |