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PROYECTO DE TP


Expediente 3006-D-2012
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA SUSPENSION JUDICIAL DEL AUMENTO DE LOS PEAJES DE LA AUTOPISTA LA PLATA - BUENOS AIRES, TODA VEZ QUE LA EMPRESA CONCESIONARIA "COVIARES SOCIEDAD ANONIMA" NO HA CUMPLIDO CON SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.
Fecha: 14/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 47
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su beneplácito ante la suspensión judicial del aumento de los peajes de la autopista La Plata - Buenos Aires toda vez que la empresa concesionaria Coviares S.A. no ha cumplido con sus obligaciones contractuales derivadas del contrato de concesión y sus renegociaciones.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La empresa Coviares S.A. concesionaria de la autopista Buenos Aires-La Plata no ha cumplido con la ejecución de las obras de infraestructura y mantenimiento a las que está obligada conforme el contrato de concesión y sus renegociaciones. Teniendo en cuenta lo anterior el juez federal de Quilmes, Luís Armella ordenó la no aplicación de la suba tarifaria de los peajes de la autopista, los cuales habían sido dispuestos a principios del mes de abril del corriente año.
Se trata de una medida provisoria hasta que el magistrado se expida sobre la cuestión de fondo de la demanda, por lo cual, el incremento no pueda aplicarse hasta que no se cumpla efectivamente con todas las obras previstas en su momento. El juez Luís Armella dispuso, según el fallo publicado en el Centro de Información Judicial, que "las demandadas deberán dar estricto e inmediato cumplimiento a la medida cautelar dictada a partir de la notificación de la resolución del día de la fecha, bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias". Además, se deja constancia de que el inicio de las obras no puede exceder el plazo de 180 días corridos contados desde la fecha de la resolución y se intimó a la Coviares S.A., al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, y a la Dirección Nacional de Vialidad a que completen la negociación relativa a las obras "en un plazo de treinta días". En caso de incumplimiento de la medida cautelar, se señaló que "se impondrá una multa diaria cuyo monto integrará un fondo destinado a la ejecución de las obras y mantenimiento de la autopista".
La suspensión del aumento tarifario se dispuso en base a las siguientes consideraciones detalladas por el juez; el concesionario está obligado desde hace años a hacer varias obras que ni siquiera han tenido principio de ejecución; eso ocurre con el tercer carril entre Avellaneda y Hudson; ese incumplimiento es especialmente grave, porque la cantidad de autos genera un colapso que no pone en riesgo la seguridad de miles de vehículos; tampoco se realizó la obra de la bajada de Villa Elisa; los usuarios sufren penurias diariamente debido al mal estado de las calzadas, falta de limpieza, de iluminación y de mantenimiento general; esas deficiencias pueden tener impacto directo en la integridad física de los usuarios; son constantes las referencias a la existencia de animales sueltos y a las fallas de seguridad que facilitan la repetición de ataques a los automovilistas.
En vista de las consideraciones mencionadas se expide la medida cautelar dictada por el juez federal Luis Armella por la cual se le ordena a la empresa concesionaria, Coviares S.A. que "se abstenga de aplicar el nuevo aumento tarifario, continuando con las aplicación de las tarifas fijadas al 4 de octubre de 2010".
Es por lo expuesto que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ATANASOF, ALFREDO NESTOR BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)