PROYECTO DE TP
Expediente 3004-D-2008
Sumario: DEROGACION DE LA LEY 26052 DE ESTUPEFACIENTES, MODIFICATORIA DE LA LEY 23737.
Fecha: 09/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 62
El Senado y Cámara de Diputados...
Derogación de la Ley 26.052
Artículo 1°- Deróguese la ley 26.052.
Artículo 2°- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 26.052 fue sancionada por
el Honorable Congreso de la Nación en el año 2005 y modificó la ley 23.737 de tenencia y
tráfico de estupefacientes. El régimen establecido por la nueva normativa establece la
posibilidad de que la competencia judicial sea trasladada al fuero provincial en diferentes
casos vinculados con delitos relacionados con los eslabones más bajos y marginales de la
cadena de producción-comercialización y consumo de drogas (comercio, entrega,
suministro y facilitación de estupefacientes fraccionados en dosis directamente al
consumidor; siembra o cultivo de estupefacientes; tenencia y tenencia para consumo
personal de estupefacientes; entre otros). En este sentido, es dable recordar que hasta la
sanción de la ley 26.052, los delitos tipificados en la ley de estupefacientes eran de estricta
competencia federal y que, a partir de la reforma, los poderes legislativos provinciales
poseen la potestad de sancionar una ley de adhesión a la citada normativa que establece
la potencial desfederalización de las causas menores vinculadas con la droga.
Diversas voces se han alzado en contra de
la sanción y vigencia de la ley que este proyecto propone derogar, entre las que se
encuentran sectores pertenecientes al Poder Legislativo, diferentes organizaciones y
prestigiosas voces del Poder Judicial, quienes advirtieron que la misma sólo sirve para
atomizar la labor de persecución del narcotráfico, para generar conflictos entre diferentes
competencias y, como ya se señaló en el párrafo anterior para direccionar el poder
punitivo del Estado a los eslabones más bajos y débiles de la cadena de producción-
comercialización-consumo.
La objeción referida en el
párrafo anterior fue claramente expuesta por la Dra. Lucila Larrandart, vicedirectora del
Departamento de Derecho Penal y Criminología de la Facultad de Derecho de la
Universidad de Buenos Aires y Jueza de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº
1 del Departamento Judicial de San Martín, quién sostuvo respecto a la ley 26.052: "No se
puede dividir la competencia, pues ello presenta distintos inconvenientes aún desde el
comienzo de la investigación (...) o se deroga la competencia federal y se le otorgan todas
las causas a las justicias locales o se mantiene la competencia federal. Es todo federal o
todo local".
Si bien es indudable que la droga constituye
un problema social que se ha incrementado de manera alarmante en los últimos años, y
que se encuentra asociado al desmembramiento del tejido social en especial en las clases
sociales más bajas y castigadas por la crisis económica, creemos que es altamente
temeraria, cuestionable y poco rigurosa la relación unidireccional que desde algunos
sectores se establece entre pobreza, drogadicción y delito. La experiencia nos demuestra
que la presencia conjunta de dos variables no implica necesariamente una relación de
causalidad entre una y otra. En concreto, la drogadicción no genera de por sí
comportamientos delictivos, ni explica la inseguridad ni la crisis social. Las investigaciones
del reconocido sociólogo argentino Gabriel Kessler sustentan esta afirmación. En la III
Conferencia Nacional sobre Políticas de Droga, organizada por la ONG Intercambios
Asociación Civil, Kessler presentó su trabajo "Consumo de drogas y alcohol en el delito
amateur", donde comprueba con evidencia empírica la inexistencia de una relación causal
entre droga y delito.
Nos encontramos, entonces, legislando
como Congreso de la Nación sobre cuestiones que nada tienen que ver con un abordaje
serio a la problemática de las adicciones. Por intermedio de esta legislación se adoptan
estrategias claramente coyunturales y no de fondo para resolver los problemas generados
por la ausencia de políticas públicas de salud, de seguridad, de educación, de desarrollo
social, de infancia, de adolescencia y por supuesto económicas. Es por eso que legislamos
sobre cuestiones que nada tienen que ver con el fondo del problema de los usuarios de
drogas y mucho menos del narcotráfico. Ante esta realidad, surge con claridad que la ley
26.052 aumenta la desarticulación existente a causa de las disputas de competencia y las
zonas grises del texto legislativo y pone el poder punitivo del estado en los sectores más
débiles de la cadena de consumo y distribución de la droga.
Evidentemente el problema de las adicciones
es complejo y multicausal, y por lo tanto sus posibles soluciones también son complejas.
Pero está claro que el Estado debe dejar de lado la adopción de políticas represivas que no
ponen el eje en la causa del problema y poner su mayor esfuerzo en una persecución
coordinada y seria de los eslabones más altos del narcotráfico, para lo cual se necesita no
sólo coordinación de fuerzas sino también independencia del poder judicial y profunda
reforma política, dado que está claro que la connivencia de la corrupción política y judicial
explica en buena medida el fracaso en esta tarea. Y también debe implementar políticas de
redistribución del ingreso e inclusión social, y realizar un replanteo profundo de las
prácticas cotidianas de sus dirigentes que tienen claro efecto ejemplificador, para que
actúen como dique a la demanda de sustancias con las que miles de personas intentan
evitar la angustia y frustración de una sociedad que no ofrece caminos de realización
personal y colectiva para todos sus ciudadanos.
Por último, y en el marco de la saludable
revisión que se está llevando adelante desde los poderes del estado de la política de
drogas adoptada por la República Argentina en los últimos veinte años, creemos necesaria
la modificación de toda normativa que ponga el eje en la persecución penal del usuario de
drogas en lugar de direccionar el poder punitivo del Estado en los eslabones más altos de
la cadena del narcotráfico.
Por todo lo expuesto, solicitamos a los
Señores Diputados que acompañen el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
BELOUS, NELIDA | TIERRA DEL FUEGO | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
GONZALEZ, MARIA AMERICA | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
05/08/2009 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |