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PROYECTO DE TP


Expediente 2998-D-2009
Sumario: ADHERIR AL "DIA DEL ASISTENTE SOCIAL", A REALIZARSE EL 2 DE JULIO DE CADA AÑO.
Fecha: 18/06/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 68
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Expresar su adhesión al "Día del Asistente Social" a conmemorarse el 2 de Julio de cada año.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El DIA del asistente social fue instituido en 1961 durante las Segundas Jornadas Nacionales de Servicio Social, eligiéndose el día en que entonces se celebraba la Visitación de la Santísima Virgen.
Constituye un homenaje a los profesionales del trabajo social, quienes prestan servicios de orientación y resolución de diversos problemas de la comunidad, tanto en instituciones públicas como privadas.
Cabe poner de manifiesto que el Asistente Social o Trabajador Social, denominaciones equivalentes para el ejercicio de la Profesión de Servicio o Trabajo Social, se considera al agente dedicado a promover el bienestar social mediante el diagnóstico, tratamiento y prevención de los desajustes sociales, y sus funciones específicas son:
a) La investigación, diagnóstico y tratamiento de los problemas sociales del individuo, grupo y de la comunidad en que se desenvuelven;
b) Indicación y/o aplicación de técnicas propias en la enseñanza, el asesoramiento, los peritajes, etcétera, en todas las áreas en que sea menester la asistencia profesional;
c) Organización, administración, supervisión de servicios de bienestar social, investigación e intervención en la planificación y ejecución de la política social, siendo su objeto de acción la realidad social concreta.
Los profesionales que ejerzan el Servicio o Trabajo Social están obligados, en la medida que no contravengan ni la ética profesional, ni los derechos humanos, y sin perjuicio de las demás disposiciones derivadas de la presente ley:
a) Proteger a los asistidos asegurándoles que las pruebas y resultados se utilizarán de acuerdo a las normas éticas y profesionales, cuando necesite aplicarlas con fines de investigación, enseñanza o clasificación;
b) Guardar el más absoluto secreto sobre cualquier prescripción o acto profesional. El Secreto profesional deberá guardarse con igual rigor respecto de los datos o hechos que se informare en razón de su actividad profesional sobre las personas en sus aspectos físicos, psicológicos o ideológicos;
c) Prestar la colaboración que le sea requerida por las autoridades en caso de epidemia, desastre, y otras situaciones sociales que precisen la solidaridad y la asistencia profesional;
d)Derivar a otros profesionales, cuando la naturaleza del problema así lo requiera;
e) Desarrollar una tarea de concientización en la comunidad, tendiente a prevenir hechos o circunstancias que puedan dar lugar a situaciones conflictivas o de emergencia social;
Por todo lo expuesto, le solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)