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PROYECTO DE TP


Expediente 2986-D-2014
Sumario: VENTA Y COMERCIALIZACION DE TARJETAS SIM O "CHIPS", UTILIZADAS EN LOS TELEFONOS CELULARES. REGIMEN.
Fecha: 29/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 35
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º.- La venta y comercialización de Tarjetas SIM o "Chips" utilizadas en los teléfonos celulares, podrá efectuarse exclusivamente en comercios y agencias habilitadas a tal fin, los que deberán registrar y sistematizar los datos personales de quienes adquieren las tarjetas para permitir una clara identificación de los compradores.
ARTICULO 2°.- Queda totalmente prohibida la venta y comercialización de tarjetas SIM en kioskos, locutorios, cybers, polirubros, la actividad de revendedores y mayoristas, así como de cualquier otro establecimiento distinto al indicado en el artículo 1°.
ARTICULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La venta indiscrimada y sin control de tarjetas SIM (Subscriber Identity Module o módulo de identificación del suscriptor) o Chips, utilizadas en los teléfonos celulares, ayuda a la concreción de hechos delictivos. Hoy en día se pueden comprar chips para celulares en cualquier lugar, kioskos, puestos de diarios, locutorios, cybers, polirubros, sin que quede registrado ningún dato de quien efectuó la compra. Incluso pueden comprar una infinidad de chips y esto puede ser aprovechado por quienes delinquen.
El objetivo de esta medida es regular la venta, generar mecanismos de control y evitar la venta indiscriminada de chips que puede llevar a que sean usados para fines ilícitos. Se procura contrarrestar el accionar de bandas delictivas que operan, por ejemplo, a través de llamadas telefónicas cuyo objetivo son los delitos vinculados a secuestros extorsivos virtuales, incluso las llamadas desde unidades penitenciarias, sin ningún tipo de control.
Por este motivo, se busca establecer que la venta y comercialización de Tarjetas SIM o Chips, se efectúe sólo en comercios y agencias habilitadas para tal fin, quedando prohibida la venta en lugares no habilitados.
Los comercios y agencias habilitadas, deberán registrar y sistematizar los datos personales de quienes adquieren las tarjetas SIM para permitir una clara identificación de los compradores.
En caso de incumplimiento de la ley, el Poder Ejecutivo, a través del organismo que corresponda, estará facultado a implementar las sanciones que correspondan.
Por lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DATO, ALFREDO CARLOS TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
COMERCIO