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PROYECTO DE TP


Expediente 2983-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA PARTICIPACION DE NUESTRO PAIS EN EL CONFLICTO BELICO DEL GOLFO PERSICO ENTRE LOS ESTADOS DE IRAK Y KUWAIT DURANTE LOS AÑOS 1990 Y 1991.
Fecha: 06/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 49
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Requerir al Poder Ejecutivo que, por intermedio del organismo que corresponda y, referido al conflicto bélico acontecido en el Golfo Pérsico entre los estados de Irak y Kuwait, durante los años 1990- 1991, se sirva a informar:
1) Cantidad de efectivos civiles y/o militares, naves, pertrechos, unidades y logística que fueran afectados al citado conflicto por nuestro país.
2) Remita nomina del personal civil y/o miliar afectado, indicando fecha de alta, rango, escalafón y repartición a la que pertenecían. Asimismo deberá informar fecha de eventual retiro o baja, y motivos de los mismos.
3) Tipo de tareas que fuero asignadas a dicho personal durante el conflicto armado.
4) Tipo de tareas que fueron desarrolladas por dicho personal, debiendo indicar si entraron efectivamente en combate y en su caso nomina.
5) Si existieron bajas o heridos entre el personal argentino allí destacado, debiendo remitir su nomina.
6) Si se ha otorgado algún reconocimiento honorífico y/o económico a las personas que hayan participado en dicho conflicto bélico, y en ese caso, detallar que tipo de reconocimiento y en que consistían los mismos. Remitir copia de sus respectivas resoluciones.
7) Si se ha establecido algún sistema integral de salud que tenga como beneficiarios tanto al personal afectado al conflicto bélico como a su grupo familiar, y en caso afirmativo remita toda información al respecto.
8) Si se encuentra vigente la existencia de algún protocolo nacional que regule la situación del personal que participa en representación de nuestro país en conflictos bélicos. En caso afirmativo remita la documentación pertinente.
9) Si fue económicamente compensada la participación Argentina en el conflicto, debiendo indicarse montos recibidos, países u organizamos que lo solventaron y fechas en las que se recibieron esos pagos.
10) Si ha recibido solicitudes de reconocimientos honoríficos y/o económicos de personal afectado en el conflicto bélicos citado. Remita nomina y numeración de los expedientes y respuestas brindadas en cada caso.
11) Toda otra información vinculada al personal que participó en el citado conflicto bélico que pueda ilustrar sobre el tópico en tratamiento.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 2 de agosto de 1.990, el mundo fue sorprendido por la noticia de que Fuerzas Regulares de IRAK, invadieron a KUWAIT y Anexaron su Territorio a los de IRAK.
Frente a estos acontecimientos el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas dicto la Resolución 660, la cual establecía lo siguiente:
1. Condena la invasión de KUWAIT por IRAK.
2. Exige que IRAK retire inmediata e incondicionalmente todas sus fuerzas a las posiciones que tenían el 01 de agosto de 1.990.
3. Exhorta a IRAK y KUWAIT a que inicien de inmediato negociaciones intensivas para resolver sus diferencias y apoyan todos los esfuerzos que se realicen al respecto, y especialmente los de la Liga de los Estados Árabes.
4. Decide volver a reunirse, según sea necesario, a fin de considerar la opción de otras medidas para asegurar el cumplimiento de la presente resolución.
Dicha Resolución fue aceptada por Kuwait, pero desconocida por Irak.
Que la REPUBLICA ARGENTINA, como miembro de las Naciones Unidas, por iniciativa del Poder Ejecutivo Nacional, dictó los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1.560/90 condenando el accionar de IRAK, y el Decreto 1.871/90, en él cual se ordeno el envió de dos Unidades Navales de la Armada Argentina, a integrarse a las Fuerzas Multinacionales encargadas de hacer cumplir la Resoluciones del Consejo de Seguridad.
Como consecuencia de la negativa del gobierno de Irak de cumplir con la Resolución 660, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas dicto la resolución 678, la cual estableció los siguientes requerimientos:
1. Exige que IRAK cumpla plenamente la Resolución 660 y todas las Resoluciones pertinentes aprobadas ulteriormente y decide, como muestra de buena voluntad y al tiempo que mantiene sus disposiciones, dar una última oportunidad al IRAK para que lo haga.
2. Autoriza a los Estados Miembros que cooperan con el Gobierno de KUWAIT para que a menos que el IRAK cumpla plenamente para el 15 de enero de 1.991 o antes las Resoluciones que anteceden, como se indica en el párrafo 1 supra,"utilicen todos los medios necesarios para hacer valer y llevar a la practica la Resolución 660 y todas las Resoluciones pertinentes aprobadas ulteriormente y para restablecer la Paz y la Seguridad Internacionales en la Región".
3. Pide a todos los Estados que proporcionen apoyo adecuado para las medidas que se adopten de conformidad con el párrafo 2 supra
Al dictarse la Resolución 678, el Poder Ejecutivo Nacional envío el 12 de diciembre de 1.990, al Honorable Senado de la Nación, por mensaje Nº 2576 el Proyecto de Ley, el que resulto aprobado con fecha 31 de enero de 1.991, como la Ley 23.904. La cual autorizo al Poder Ejecutivo para disponer las medidas necesarias para hacer cumplir la Resolución 678 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Cumplido el plazo del 15 de enero, y antes el no-cumplimiento de las Resoluciones por parte de IRAK, el 16 de enero de 1.991, el Comando de las Fuerzas Multinacionales, inicio acciones efectivas de Guerra contra las Fuerzas Iraquíes que ocuparon el Estado de KUWAIT, con el devenir de los acontecimientos las acciones bélicas se extendieron al interior del Territorio de IRAK.
Dentro de esta situación Bélica, las Unidades Navales de la Armada Argentina Destacadas en la zona de operaciones, siguieron cumpliendo con la misión encomendada por el Gobierno Nacional, desde ese momento como parte de las Fuerzas Multinacionales que luchaban para que IRAK abandone KUWAIT y se restituya el Gobierno Legitimo del mismo.
El 28 de febrero de 1991 Irak acepto dar cumplimiento irrestricto a las resoluciones del consejo de seguridad, por lo cual cesaron de hecho las operaciones bélicas.
Por las razones detalladas anteriormente es que resulta de gran interés conocer con exactitud cual fue la labor desempeñada por aquellas personas que en representación de la Republica Argentina se vieron afectadas en el conflicto bélico de referencia. Asimismo es necesario saber cual es la situación en la que se encuentran estas personas, e informar si las mismas recibieron algún reconocimiento honorífico y/o económico.
Por las razones expuestas solicito a los señores diputados la aprobación del presente proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
ERRO, NORBERTO PEDRO BUENOS AIRES UCR
ESPINDOLA, GLADYS SUSANA CORDOBA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)