PROYECTO DE TP
Expediente 2981-D-2015
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR EL PROCESO LLEVADO ADELANTE EN EL SENO DE LA COMISION DE JUICIO POLITICO DE LA H. CAMARA, CONTRA EL JUEZ DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, DOCTOR CARLOS SANTIAGO FAYT.
Fecha: 26/05/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 56
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su más enérgico rechazo y
reprobar la tortuosa maniobra de desprestigio llevada a delante en el seno de la
Comisión de Juicio Político, de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación;
contra el Dr. Carlos Santiago Fayt, juez de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación. Llevando adelante un "proceso investigativo" para indagar sobre las
condiciones psicofísicas del mencionado ministro de la Corte.
Asimismo, repudiar
actitudes de algunos integrantes del Bloque de Legisladores oficialistas ante la
discriminación por razones de edad.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Señor Presidente, la Comisión de
Juicio Político resolvió citar a una docena de testigos para que informen sobre la
salud del juez de la Corte; Dr. Carlos Santiago Fayt. Se aprobó la apertura de un
"proceso investigativo" para evaluar las condiciones psicofísicas del magistrado,
pese al fuerte rechazo de la oposición.
La propuesta
exteriorizada por la Presidenta de la Comisión, Anabel Fernández Sagasti, se basa
en un expediente que fue impulsado el año pasado por el entonces senador y
actual jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, fue aprobada con los 17 votos de los
diputados del Frente para la Victoria, nueve en contra de las bancadas opositoras y
cinco ausentes.
Dentro de
las medidas propuestas por el oficialismo figuran la citación del secretario general
y Gestión de la Corte, Jorge Kraut; los secretarios letrados de la Corte, Cristian
Abritta, Pablo Hirschmann, Cecilia Hockl, Gisela Dambrosi, Marcos Morán; al chofer
de Fayt, Mario Degamba; los integrantes de la Secretaría Privada de Fayt en la
Corte, Adriana Vázquez y Rosario Horno; el periodista de Página 12, Horacio
Verbitsky; la periodista de CN23, Ana Wainer, y los periodistas del programa Gente
de Derecho de Radio América, Leonardo Scolpatti y Sergio Paz.
Asimismo,
el oficialismo también solicitará el audio de la última entrevista realizada a Fayt y
aprobó la designación de un perito calígrafo para "verificar" las firmas del juez de
la Corte durante los periodos que van de 2013 a la fecha.
Durante la
reunión celebrada en el Anexo del Congreso, la oposición rechazó
infructuosamente el Dictamen; con sólidas evidencias y contrargumentos; al
advertir que la comisión es "incompetente" para tratar el tema porque no
constituye un pedido ni una denuncia de juicio político.
La
inexpresión de causal alguna, ni mal desempeño, ni comisión de un delito por
parte del doctor Fayt. Esgrimiéndose como única imputación la senilidad del
Dr. Fayt,
El
Legislador, Mario Negri, contribuyó a proyectar una luz sobre la cuestión, que otra
vez el oficialismo enceguecido paso por alto. "El pedido de Aníbal Fernández
realizado en noviembre de 2014 está vencido porque pertenece al anterior año
parlamentario. "Estamos discutiendo en abstracto, esto no tiene ninguna validez",
expreso el diputado.
En primer
lugar, quiero resaltar que estamos ante una irrupción de naturaleza política para
socavar la energía del magistrado y su decisión de permanecer en su cargo. Este
acoso institucional al que es sometido el juez Fayt, no tiene otra finalidad que la
de esmerilar y minar la voluntad personal de un Supremo Juez de la Nación. De
tal, suerte que el promotor pueda librarse de él sin mancharse las manos.
A
menudo, a través del acoso mediático y posterior lapidación social del "enemigo",
se consigue cambiar la conducta de voto de la opinión pública, en otras ocasiones
lo que se pretende es encubrir grandes ilegalidades mediante el descrédito del
denunciante.
Profundizar en el fenómeno del acoso institucional implica analizar las prácticas
perversas que utilizan las fuerzas políticas para librarse de un antagonista por
medio de crear una conciencia colectiva que apoye y consienta atropellos. Son
prácticas siniestras que fomentan la desigualdad y el autoritarismo, laqueado con
explicaciones humanitarias. Estas
prácticas acostumbran a encubrir delitos y fraudes por parte de quien las instiga, y
tiene graves consecuencias sociales.
En
segundo lugar, el Dr. Fayt, no ha faltado a los deberes de imparcialidad,
moderación y prudencia que deben regir el comportamiento de un juez del máximo
tribunal del País. No esta denunciado por la comisión de delito alguno, ni
verificado los extremos del mal desempeño. Por el contrario, los antecedentes
académicos y profesionales del Dr. Fayt, están intactos y se han acrecentado
desde su designación. Es pública y notoria la conducta ética del magistrado
que está a la altura de la significativa investidura de su cargo. Así como el
reconocimiento de toda la clase política, respecto de la idoneidad del magistrado
hoy cuestionado.
Se ha
iniciado un "proceso investigativo", que puede culminar con el Juicio Político y la
remoción de un integrante del Máximo Tribunal, quien ha sido designado con
acuerdo de los órganos políticos elegidos por voluntad popular, y mediante una
mayoría calificada. Aún más grave y preocupante han
sido las especulaciones políticas la ligereza e imprudencia con que se han fundado
descalificaciones y pedidos de renuncia a un juez. Quienes tienen un mandato
popular o ejercen funciones públicas están obligados a honrar el debido respeto
hacia las instituciones republicanas y la honorabilidad de las personas que las
integran. Todos ellos yerran, cuando promueven abiertamente la
discriminación por senilidad hacia el Dr. Fayt. Difamar y deshonrar equivale a
negar injustamente a las personas y a los grupos humanos su nombre y su
recato. Simbolizan un retroceso en los esfuerzos tendientes a alcanzar, la
integración y no segregación por parte de la sociedad. De igual modo
sentaríamos ante una violación expresa de reglas éticas internacionales. En
efecto, el Código Iberoamericano de Ética Judicial; norma de Dirección suscrita
por todas las Cortes Supremas de Iberoamérica, entre ellas nuestro máximo
tribunal. En su artículo tres, cinco y seis expresan:
Artículo 3º.- El juez, con sus
actitudes y comportamientos, debe poner de manifiesto que no recibe influencias -
directas o indirectas- de ningún otro poder público o privado, bien sea externo o
interno al orden judicial.
Artículo 5º.- El juez podrá reclamar
que se le reconozcan los derechos y se le suministren los medios que posibiliten o
faciliten su independencia.
Artículo 6º.- El juez tiene el derecho y
el deber de denunciar cualquier intento de perturbación de su independencia.
Por tanto
esta discriminación por edad, o gerontofobía, que no es otra cosa que la
estereotipificación y exclusión contra personas o colectivos por motivo de edad.
Engloban una serie de creencias, normas y valores que justifican la discriminación
de las personas según sus años, las cuales indudablemente influencian directa o
indirectamente al Juez de la Corte, por parte del Poder Legislativo Nacional.
Por las
razones expuestas, solicito a mis pares que acompañen con su voto este proyecto
de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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EHCOSOR, MARIA AZUCENA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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JUICIO POLITICO (Primera Competencia) |