PROYECTO DE TP
Expediente 2972-D-2009
Sumario: INTEGRACION DE LA PAMPA A LA REGION PATAGONICA - LEY 23272 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 1, AMPLIANDO EL AREA A LOS DISTRITOS BONAERENSES DE VILLARINO, CUARTELES DE PUAN Y TORNQUIST.
Fecha: 16/06/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 67
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Modifícase el
Artículo 1º de la Ley 23.272, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Art. 1º: A los efectos de las leyes,
decretos, reglamentaciones, resoluciones y demás disposiciones legales del orden
nacional, considérase a la provincia de La Pampa juntamente con las provinciales
de Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, y los partidos de Patagones, Villarino, los cuarteles V,VI,VII,VIII, IX,
X y XI del partido de Puán y los cuarteles III, IV y V del partido de Tornquist de la
provincia de Buenos Aires.
Artículo 2º: Las disposiciones
de la presente Ley entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín
Oficial.
Artículo 3º: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El motivo de la presentación del
presente proyecto de ley obedece a la necesidad de ampliar el Área Patagónica
Bonaerense a los distritos de Villarino, a cuarteles de Puán y Tornquist, además de
la renovación de dichos beneficios al partido de Patagones.
En ese sentido paso a detallar
fundamentos geográficos, geológicos, como así también aspectos históricos y
culturales.
Fundamentos geográficos
y geológicos
Desde el punto de vista de su
posición geográfica, los partidos de Villarino, los cuarteles V,VI,VII,VIII, IX, X y XI
del partido de Puán y los cuarteles III, IV y V del partido de Tornquist de la
provincia de Buenos Aires se ubican en el sudoeste de la Provincia de Buenos
Aires. Desde las Sierras Australes de la provincia de Buenos Aires hacia el sur se
pasa, en forma gradual, de un geoambiente llano donde predominan las
formaciones herbáceas hacia el norpatagónico semiárido donde las especies deben
desarrollar estrategias especiales para resistir la sequedad ambiental.
Tal metamorfosis se manifiesta,
fundamentalmente, sobre los elementos estructuradores básicos del paisaje los
cuales, desde el sur de la provincia de Mendoza, La Pampa y sur de la de Buenos
Aires, poseen rasgos netamente patagónicos. Ello se percibe desde los inicios
mismos de la historia geológica de la región y, más recientemente, debido a
procesos morfológicos, climáticos y antropogénicos.
Estas peculiaridades
fueron señaladas ya por el naturalista J. Keidel, en 1925, cuando afirmó: "Al
acercarnos a la faja de terreno que se extiende desde los Andes a las
desembocaduras de los ríos Colorados y Negro, advertimos que la configuración de
la superficie cambia por completo".
Dicha aseveración se asocia, sin
dudas, a lo que posteriormente constituiría una firme hipótesis sobre la
conformación definitiva del actual territorio argentino relacionada con la colisión
entre el continente de Gondwana (Escudo de Brasilia) y Patagonia producida en la
era Paleozoica hace unos 200 millones de años (Ramos, V.A., 1984. Patagonia:
¿un continente a la deriva?. 9° Congreso Geológico Argentino, San Carlos de
Bariloche). Este y otros acontecimientos geológicos -como la orogenia andina-
produjeron sucesivos acomodamientos estructurales cuyo principal testimonio en el
área está representado por la depresión tectónica que comienza en la bahía Blanca
y actúa como uno de los ejes directrices de la geomorfología regional.
En consecuencia, cuando se avanza
desde el Sistema de Ventania, las características topográficas -llanura homogénea-
evoluciona paulatinamente hacia formaciones mesetiformes, rasgo propio de la
patagonia extra-andina. También el clima manifiesta una rigurosidad creciente con
temperaturas extremas que se acentúan y con precipitaciones que decrecen.
El paisaje patagónico se superpone y
reemplaza, en forma definitiva, al pampeano. Sus componentes esenciales sufren
modificaciones significativas en este sector del territorio bonaerense, hecho que
condiciona las actividades humanas. Así la agricultura de secano -predominante en
la llanura subventánica- pasa a compartir su hegemonía con la ganadería la cual,
más tarde, se impone como consecuencia de las fuertes restricciones
ecológicas.
Aspectos históricos y
actuales
En relación con la historia reciente de
ocupación en esta área, la misma se vincula con la época de los aborígenes
nómades provenientes de la Araucania y norte patagónico, quienes se desplazaban
de un lugar a otro a través de las "rastrilladas" con el objeto de realizar sus
actividades comerciales -trueque-, denominando a esta región "Huecuvú-Mapú"
("tierra del diablo"), en razón de su hostilidad climática.
Luego de la Campaña del Desierto, y
con la llegada del ferrocarril, se produce una verdadera transformación de los
ambientes originales debido a que grandes superficies fueron desmontadas para su
incorporación a la actividad agrícola. No obstante ello, esta actividad siempre
estuvo muy condicionada por el clima -sequías prolongadas y heladas a destiempo-
puesto que, como se señalara, es ésta un área marginal para la agricultura.
Con la sanción de Ley Nacional N°
25.955 (B.O. 30/11/2004), que modificara la Ley Nº 23.272, se hizo realidad un
viejo anhelo de los pobladores de Patagones, cual es reconocer su pertenencia a la
Región Patagónica. Sin embargo, existe una amplia franja del sur de la Provincia
de Buenos Aires que se caracteriza por reunir especiales condiciones desde el
punto de vista climático y edafológico conformado por los distritos de Villarino y los
cuarteles del sur de Puán y Tornquist, y que constituye junto al partido de
Patagones una región semiárida con similares características de evolución lenta e
ínfimos niveles de rentabilidad por la baja productividad de sus suelos.
Sin ánimo de desmenuzar
detalladamente la crítica situación de esta región, puede afirmarse resumidamente
que la llamada "zona de secano" del sur de la Provincia de Buenos Aires constituye
una única zona muy castigada por el clima, los vientos, y la erosión del suelo,
entre otros. Tan solo a modo de ejemplo puede citarse que frente a las crisis y
emergencia agropecuaria, históricamente el partido de Villarino y los cuarteles del
sur de Puán y Tornquist han tenido un tratamiento similar al del partido de
Patagones.
También deben recordarse los
trabajos específicos de la Universidad Nacional del Sur y del Instituto Nacional de
Tecnología Agropecuaria, entre otros, sobre la calidad de las tierras y de la
producción del área rural de la zona, y su enlace con la organización social y
territorial del lugar. Estos estudios coinciden con los bajos índices de humedad de
los distritos de Patagones, Villarino y sur de Puán, debido a la acción de los vientos
del este, que en su ingreso al continente, se dirigen en forma de abanico sobre la
región nororiental del país, produciendo lluvias en la llanura pampeana y en el
litoral.
Frente a condiciones similares es
preciso conceder los mismos derechos y obligaciones. La Provincia de Buenos Aires
ha reconocido esta situación. En efecto, con posterioridad a la sanción de la Ley
Provincial Nº 12.322, que declaró "Área Patagónica Bonaerense" al partido de
Patagones, se impulsaron las leyes provinciales 12.323 y 12.643 reconociendo
parcialmente los beneficios de la ley provincial 12.322 para el área de secano del
partido de Villarino, los cuarteles V,VI,VII,VIII, IX, X y XI del partido de Puán y los
cuarteles III, IV y V del partido de Tornquist de la provincia de Buenos Aires.
Las leyes provinciales 12.322 y
12.323 dispusieron la aplicación, en conjunto con otras mediadas, de beneficios
tributarios como la exención total del pago e los impuestos inmobiliarios, sobre los
Ingresos Brutos y Sellos. El Decreto Provincial 116/2000, por su parte, procedió a
reglamentar el alcance que debe otorgarse a las exenciones consagradas en las
leyes citadas.
Dicho beneficios fiscales fueron sólo
del 50% para el área de secano del Partido de Villarimo y algunos cuarteles de
Puán y Tornquist. También se sancionó la Ley Provincial Nº 13.733, la cual
permitió dar solución a una problemática originada por cambios legislativos en
materia de beneficios promocionales, sobre todo a partir de la sanción de la Ley
Provincial 12.643 que unificó el tratamiento de la zona regable de CORFO Río
Colorado de los partidos de Patagones y Villarino y disminuyó en un 50% el
beneficio que se implementaba en Patagones.
El Área geográfica de la que estamos
hablando se encuentra en Estado de Emergencia y Desastre Agropecuario en
forma interrumpida desde el año 1994, con el impacto socioeconómico y
productivo que genera en estas localidades del Sudoeste Bonaerense.
El fracaso de los ciclos productivos de
manera consecutiva, inexistente desarrollo de pasturas, voladuras de campos,
mortandad de ganado bovino y ovino, escasísimo porcentaje de preñez bovina, son
algunas de las consideraciones a enumerar para expresar la urgente necesidad de
implementar desde el Estado medidas que permitan mejorar las condiciones
económicas y productivas de estas localidad que en el corto plazo tienden a
desaparecer o quedar en una ínfima población rural.
El agravamiento de la situación
agropecuaria también se ve reflejado directamente en estos pueblos del interior
bonaerense y se traslada de manera directa al sector comercial, industrial y de
servicios profundizando la crisis socio-económica.
El corte de la cadena de pagos, con
las consecuencias en quebranto y cesación de pagos de varios comercios y
empresas de estos Partidos, provoca situaciones de vulnerabilidad y pobreza nunca
imaginadas, las cuales a su vez producen un ambiente de desesperación
generalizada de los pobladores con impacto directo en la salud personal y familiar,
generando situaciones de depresión y desesperanza social.
Por todo lo expuesto anteriormente,
invito a los Sres. Diputados y Sras. Diputadas de la Nación acompañen en la
sanción del presente Proyecto de Ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
08/04/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
18/08/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
09/09/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1237/2010 | 17/09/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 12/05/2010 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 13/10/2010 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - |