PROYECTO DE TP
Expediente 2967-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA REGLAMENTAR LA LEY 26281, SOBRE DECLARAR DE INTERES NACIONAL LA LUCHA CONTRA LA ENFERMEDAD DE CHAGAS.
Fecha: 16/06/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 67
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional a los efectos de solicitarle que, de conformidad con lo dispuesto por el
inciso 2º del artículo 99 de la Constitución Nacional y en cumplimiento del
artículo 16º de la Ley Nº 26.281, proceda a la reglamentación de la misma con
el fin erradicar definitivamente la enfermedad de Chagas en todo el territorio
nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La enfermedad de
Chagas-Mazza (denominada así en homenaje a su descubridor Dr. Chagas y en
honor al médico argentino Salvador Mazza) es una afección parasitaria causada
por el Trypanosoma Cruzi.
La forma de contagio más
frecuente es la vía vectorial de los triatomas, conocido comúnmente en
Argentina como la vinchuca, encontrándose el 85 % de los casos de infectados
en zonas endémicas. Además, existen otras fuentes de trasmisiones no
vectoriales, como pueden ser las transfusiones sanguíneas, la vía congénita, el
transplante de órganos infectados o de forma digestiva u oral. Estos otros
modos de infección entre los seres humanos, en ausencia del vector, toman
importancia ya que la enfermedad dejó de ser exclusiva de las zonas rurales, lo
que originó un proceso de urbanización del parásito llegando a las grandes
ciudades del país, conocido como el Chagas Urbano.
Mas allá de los efectos biológicos
que se pueden conocer sobre la enfermedad, el Chagas constituye un problema
epimediológico aun más grave por su estrecha vinculación a las condiciones
socio-económicas y culturales de los países de America Latina. En la actualidad
se estima que el 25% de la población Latinoamérica (aproximadamente 100
millones de personas) está en riesgo de contraerla.
En el caso Argentino, la
enfermedad continua siendo la principal epidemia de la República. Los datos
para el año 2006, muestran una aproximación de casi dos millones de personas
con infección chagásicas, lo que representa casi el 4 % de la población total del
país.
La situación resulta más compleja
por la relación que guarda la enfermedad con factores socios económicos,
geográficos y culturales propios de nuestra realidad. Las
zonas desfavorables, aisladas y sin
integración, la carencia de recursos tanto económicos como educativos, la
precariedad de los ranchos donde habitan miles de personas de zonas
endémicas y sobre todo la naturalización del mal, convirtieron al Chagas en una
enfermedad olvidada.
Según el Informe 2002-INCORSUR
(Iniciativa de Salud del Cono Sur), Organización Panamerica de Salud, el mapa
de riesgo de transmisión vectorial en Argentina cuenta con un total de catorce
jurisdicciones provinciales con alto y mediano riesgo de contagio. Las
poblaciones más vulnerables son aquellas que habitan las zonas semi rurales y
rurales, particularmente en las provincias más pobres del noreste y noreste del
país; zonas que por su situación de marginalidad, han convertido
históricamente al Chagas en otro más de los males de la pobreza.
A pesar de los importantes
avances que se han hecho en el campo de la medicina y el control químico
sobre el vector, poco se ha hecho para su erradicación definitiva. Sus largas
décadas de permanencia, no son otra cosa que la falta de voluntad y
compromiso por parte de los gobiernos en dar una respuesta definitiva a dicha
problemática. Este mal pone de relieve no solamente el grave problema
epidemiológico que supone el Chagas en nuestro país, sino que también pone
en evidencia que sus consecuencias serían rápidamente erradicadas si
existieran políticas de salud y sociales desde el más alto nivel gubernamental
que atiendan esta problemática que afecta a de millones de argentinos.
En el mes de octubre del año
2006, se creó el Programa Nacional Concertado de Prevención y Asistencia
Integral de la enfermedad de Chagas "Argentina Justa, Argentina sin Chagas",
bajo la órbita del Ministerio de Salud de la Nación, con el objetivo general de
interrumpir la trasmisión de la enfermedad y minimizar el impacto de sus
consecuencias en las poblaciones más afectadas. Sin embargo, este nuevo
programa luego de transcurridos tres años de su puesta en marcha, no ha
cumplido con sus objetivos y metas. Por el contario, según especialistas en el
tema, la realidad
demuestra que siguen siendo 14
las provincias afectadas por la endemia, y sigue persistiendo una marcada
carencia de políticas públicas destinadas principalmente al rociado químico en
las viviendas infestadas, a las actividades de vigilancia serológicas y
tratamientos médicos, la notificación de casos de personas chagásicas, la
prevalencia de la enfermedad en donante de sangre, y demás acciones que se
consideran como condiciones necesarias para un control adecuado de la
enfermedad.
En el año 2007,
mediante la Ley Nº 26.281 se declaró "de interés nacional y se asignó carácter
prioritario dentro de la política nacional de salud del Ministerio de Salud, a la
prevención y control de todas las formas de transmisión de la enfermedad de
Chagas, hasta su definitiva erradicación de todo el territorio nacional". (Art.1
Ley 26.3281).
Hoy esta normativa carece de su
decreto reglamentario, por lo cual el Poder Ejecutivo Nacional está faltando a su
deber y capacidad en desarrollar intervenciones que permitan dar una
respuesta preventiva y de tratamiento de índole ambiental, laboral, sanitaria,
educativa y de vivienda saludable, como se encuentra previsto en los
articulados en dicha ley.
No sólo se puede
observar la incapacidad constante por parte del Gobierno en la definición de
una política que suponga una solución de este mal, sino además la falta de
asignación de los recursos necesarios que permitan obtener mejores resultados
a mediano y largo plazo. Según consigna el diario Página/12 hace alguna
semana, "el Programa Nacional de Chagas tiene apenas un presupuesto de 16
millones, al que se suman un financiamiento del Banco Mundial que elevaría el
monto a unos 50 millones de pesos para todo el 2009. El presupuesto no
supera lo que gastará el Ministerio de Salud de la Nación para comprar unos
110 mil tratamientos del antiviral recomendado para los pacientes de gripe
porcina y reforzar el stock que ya tenia de 5000 mil dosis, unos 70 millones de
pesos" (Diario Página/12, 12-05-2009, "Las muertes evitables del mal de
Chagas")
La falta de coordinación de una
política concertada entre los distintos niveles de gobierno y la carencia de
recursos, sumando a la persistencia de la enfermedad y su misma
naturalización, es la tendencia que toma actualmente el Gobierno como una
forma de silenciar y acallar esta problemática que afecta a los pobres del país.
La transformación de esta realidad exige por parte del Gobierno un mayor
compromiso en la implementación de una política de prevención y asistencia
integral que permita la erradicación definitiva de este mal.
Por todas las razones expuestas es
que solicitamos al Poder Ejecutivo la reglamentación de la Ley Nº 26.281 y a
mis pares, que me acompañen en el presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
PAROLI, RAUL OMAR | CATAMARCA | FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
04/08/2009 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1830/2009 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 10/08/2009 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO PAROLI (A SUS ANTECEDENTES) | 05/08/2009 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 28/10/2009 | APROBADO |