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PROYECTO DE TP


Expediente 2966-D-2015
Sumario: RUTAS NACIONALES: OBLIGATORIEDAD DE CONSTRUCCION DE TROCHAS O CARRILES DE SOBREPASO.
Fecha: 26/05/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 56
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Será obligatoria la construcción de trochas o carriles de sobrepaso en las rutas nacionales que presenten un solo carril por mano.
Artículo 2º.- A los fines de la presente ley se entiende por trocha o carril de sobrepaso al carril que en determinados sectores del trazado de una ruta se construya para facilitar el sobrepaso entre vehículos de manera segura sin necesidad de invadir el carril del sentido contrario.
Artículo 3º.- La autoridad de aplicación de la presente ley deberá elaborar un plan de construcción de trochas o carriles de sobrepaso en las rutas mencionadas en el artículo 1 de la presente ley. Asimismo será la encargada de llevar adelante la ejecución de dicho plan. Para ello se deberá tener en cuenta la peligrosidad de los tramos de las rutas atendiendo a la sinuosidad y desnivel de su trazado.
Artículo 4º.- El plan mencionado en el artículo precedente deberá estar elaborado dentro de los ciento ochenta (180) días de la promulgación de la presente ley. La ejecución de dicho plan deberá estar concretada dentro de los seis (6) años desde su elaboración.
Artículo 5º.- El Poder Ejecutivo Nacional determinará la autoridad de aplicación de la presente ley.
Artículo 6º.- Comuníquese

FUNDAMENTOS

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Señor presidente:


Las estadísticas arrojan números aterradores acerca de la cantidad de fallecimientos ocurridos en accidentes de tránsito en Argentina. En los últimos 10 años, de acuerdo a lo que informa la ONG Luchemos por la Vida, la cantidad de muertes ocurridas en siniestros viales ascienden a 77.059, es decir, un promedio de 21,3 muertes diarias (1) . Ello sin contar los heridos.
Lo más preocupante acerca de estos datos, es que el 88% de los accidentes viales, son producto de errores humanos y que el 52% de ellos implica el impacto frontal o frontoangular entre dos vehículos (2) .
Si se tienen en cuenta las cifras y causas mencionadas, salta claramente a la vista que el Estado Nacional, más allá de los programas de educación y concientización vial que lleva a cabo, debe tomar medidas relativas a la infraestructura vial tendientes a disminuir el grado de siniestralidad que en la actualidad se registra.
Una manera efectiva de lograrlo es mediante la construcción de trochas o carriles de sobrepaso en las rutas.
Las trochas o carriles de sobrepaso, también llamadas terceras trochas, se agregan al trazado de una ruta para facilitar, como su nombre lo indica, el sobrepaso de vehículos. Estas trochas son de gran utilidad especialmente en aquellas rutas con un solo carril por mano. De este modo, los vehículos livianos, puedan sobrepasar tanto a camiones como micros sin verse en la necesidad de invadir el carril contrario. Para ello, al llegar los vehículos a los sectores con terceras trochas, aquellos que circulan a menor velocidad deben dejar libre el carril izquierdo y circular por el de la derecha, dejando así la vía libre para que los vehículos ligeros que transitan a mayor velocidad puedan adelantarlos.
En cuanto a la extensión y disposición de las terceras trochas, dado que cada ruta a lo largo de su recorrido tiene sus exclusivas particularidades, debe ser la autoridad de aplicación la que indique en qué lugares se las debería construir y determinar su extensión
teniendo en cuenta caso por caso. Por dicho motivo se las suele construir en aquellos tramos de mayor peligrosidad como ser los sectores en que la ruta es muy sinuosa o recorre una geografía con desniveles dificultando la visión de los conductores. Su extensión también debe adaptarse a las particularidades del terreno, por dicho motivo pueden variar entre los 2 a los 10km de largo.
Las trochas de sobrepaso no están muy difundidas en nuestro país pese a que gran parte de la geografía argentina hace que las rutas recorran sectores montañosos, con lomadas y sinuosos.
Es de entender que la construcción de las terceras trochas no va a impedir ni erradicar la imprudencia al volante, pero sin duda alguna contribuirá a reducir los casos de accidentes frontales en ocasión de sobrepaso que, como se ha visto, son los que más siniestralidad vial causan en Argentina.
Por todo lo indicado, considero que el Estado, a través de la Agencia Nacional de Vialidad, debería realizar los estudios pertinentes para diseñar un plan de construcción de trochas de sobrepaso, y llevar a cabo su ejecución.
En virtud de las consideraciones aquí expuestas, es que solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AGUILAR, LINO WALTER SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA