PROYECTO DE TP
Expediente 2965-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA DAR CUMPLIMIENTO CON LO NORMADO EN ARTICULO 90 DE LA LEY 26206, DE EDUCACION NACIONAL, SOBRE APLICACION Y ENSEÑANZA DE LOS CONCEPTOS, PRINCIPIOS Y VALORES DEL COOPERATIVISMO.
Fecha: 02/06/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 61
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional el cumplimiento de lo establecido en el artículo 90, de La Ley de
Educación Nacional (26.206), sobre los conceptos, principios y valores del
cooperativismo para que se desarrollen en todos los niveles educativos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley Nacional de Educación
(26.206) sancionada el 14 de diciembre de 2006 y promulgada el 27 del mismo
mes y año, incorpora el cooperativismo en los contenidos curriculares de los
niveles primarios, secundarios y terciario. El artículo 90 es el que
específicamente introduce los principios y valores del mismo.
Es desde las escuelas donde se
debe promover la enseñanza del cooperativismo por que la educación debe
tener una tendencia social integral, desde una matriz solidaria, las cooperativas
en sus diversas formas, fomentan la máxima participación de las personas,
cualquiera sea su condición, y trabajan para el desarrollo económico y social.
Hay que reconocer al
cooperativismo como un factor indispensable para mejorar la calidad de vida de
los pueblos y dotar de mayor eficiencia a la economía de las naciones.
El cooperativismo constituye una
eficaz herramienta pedagógica, donde se pretende otorgar a los educandos, la
mayor participación posible, en la gestión de emprendimientos educativos, con
el propósito de alcanzar el espíritu de asociación en el sentido de la solidaridad,
con el objeto de brindarse ayuda reciproca, frente a riesgos eventuales o de
concurrir su bienestar material o espiritual, mediante una contribución
periódica, con la necesaria formación, orientación y supervisión de los docentes
de la institución educativa.
Hoy se vive en un mundo donde el
individualismo extremo lleva a modelar personas con poco sentido de
solidaridad y responsabilidad, el cooperativismo se presenta como un modelo
donde esa conflictividad se anula con los principios que lo rigen, como la libre
adhesión, el control democrático, gestión
por parte de los administradores,
interés limitado al capital, reparto de excedentes, e integración
cooperativa.
Estas instituciones promueven
valores éticos de la honestidad, transparencia, responsabilidad social y
compromiso con los demás. Es a partir de estos valores que se fundamentan
los lineamientos organizacionales del cooperativismo.
Es por todo lo expuesto
anteriormente les solicito a mis pares me acompañen con su voto afirmativo.-
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Firmante | Distrito | Bloque |
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CURRILEN, OSCAR RUBEN | CHUBUT | PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia) |