PROYECTO DE TP
Expediente 2963-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS MEDIDAS ADOPTADAS A PARTIR DE LA NOTIFICACION DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES QUE DISPUSIERON LA SUSPENSION DE LA LEY 26522, DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, EN LO REFERIDO AL CONTROL Y ADMINISTRACION DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO.
Fecha: 05/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al PODER EJECUTIVO
NACIONAL para que a través de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-
TROS DE LA NACIÓN, canalice el presente pedido de Informes al COMITÉ
FEDERAL DE RADIODIFUSION y al SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS
PÚBLICOS y ambos se sirvan responder sobre lo siguiente:
1) Qué medidas se han
adoptado a partir de la notificación de las resoluciones judiciales que dispusie-
ron la suspensión total de la Ley Nº 26.522, en cuanto a la continuidad de las
funciones de control y administración del espectro radioeléctrico en cuanto los
alcances de regulación que disponía la mentada Ley 26.522 y la aplicación de la
Ley 22.285 que mantenía la vigencia temporalmente, en cuanto:
1.1) La autoridad de aplicación que
tiene competencia para la continuidad de las funciones en las áreas del sistema
de medios públicos y de autoridad de policía administrativa del sistema de me-
dios de comunicación audiovisual;
1.2) Las presentaciones de licen-
cias que se encuentran en trámite de otorgamiento de los sistemas complemen-
tarios de radiodifusión que fueran peticionados bajo los derechos que les han
generado los llamados a procesos de normalización de estaciones de radiodifu-
sión sonora de amplitud y de modulación de frecuencia. Como así también en
cuanto al pedido de licencias de servicios complementarios de televisión;
1.3) Las sanciones por violación al
horario de protección al menor de los licenciatarios;
1.4) Las presentaciones sobre in-
terferencias que se le hayan denunciado;
1.5.) La determinación de estruc-
tura organizativa del personal de los organismos alcanzados por la suspensión
de las ordenes judiciales, en cuanto a distribución de misiones y funciones por
direcciones generales y nacionales o en su caso gerencias, con sus aperturas
inferiores. Asimismo deberán informar los estudios que existan o los proyectos
que existan, sobre potenciales estructuras organizativas de ambas dependen-
cias con las aperturas inferiores propuestas, en el caso de formalizarse la modi-
ficación procesal que limita la vigencia de la Ley 26.522;
1.6) Formas en la que se viene
ejecutando el presupuesto de cada uno de los organismos que regula la norma
suspendida, detallando y acompañando las opiniones jurídicas y del responsable
de administración financiera sobre el particular, como así también las opiniones
del Auditor sobre dicho marco de ejecución presupuestaria sobre la norma sus-
pendida;
2) 1.7) Remita copia de las
consultas que se pudieran haber evacuado a la Procuración General del Tesoro
de la Nación sobre la aplicación y ejecución del marco normativo de los orga-
nismos suspendidos por los fallos judiciales y a estudio de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, en particular a la interpretación y alcance de funciona-
miento de ambos conforme el marco de la Ley 22.285, por suspensión de la Ley
26.522
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Que conforme las medidas judicia-
les que han suspendido la aplicación de la Ley 26.522, se suscribe el presente
pedido de informes, a fin de poner en conocimiento del cuerpo y con ello de la
población en general, cuáles son las medidas que se vienen realizando sobre la
regulación, administración y ejercicio del poder de policía en materia de regula-
ción radioeléctrica, toda vez que a la fecha no se ha podido conocer de los pro-
pios funcionarios obligados, cuales son las medidas que vienen ejerciendo en
dicho sentido.
Lo dicho se complementa con la
observación que a la fecha los mencionados funcionarios, han realizado decla-
raciones sobre las bondades de la Ley 26.522 que se encuentra suspendida por
disposiciones judiciales; y sobre la diatriba de los mismos contra el Poder Judi-
cial de la Nación en general y en particular sobre los Jueces que han dictado
dichas medidas, sin aclarar el marco de contingencia aplicable ante dicha situa-
ción jurídica.
Se trata, por tanto, de buscar una
respuesta que permita encontrar las certezas que el Poder Ejecutivo no parece
exhibir hoy en orden a cuál sería la norma legal aplicable. Es importante para el
Congreso conocer, en función de las iniciativas tomadas por el Poder Ejecutivo
en orden a la puesta en vigor de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovi-
sual, cuál es la estructura de funcionamiento de los organismos creados, si los
mismos se encuentran en funciones, quiénes ocupan sus cargos directivos polì-
ticos y/o administrativos, cuáles son sus sueldos, y de qué manera se ejecuta
su presupuesto; y especialmente qué consultas y con qué resultados se ha ex-
pedido la Procuración respecto de la ley vigente/aplicable. La falta de estas cer-
teza y previsiones podría colocarnos en una nebulosa bajo la cual se permitan
abusos y descontroles que terminarían afectando al estado, sus instituciones,
tanto como a los derechos de muchos particulares.
Por lo expuesto, solicitamos de
nuestros colegas acompañar el presente pedido de informes en forma de Reso-
lución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
RIOBOO, SANDRA ADRIANA | BUENOS AIRES | UCR |
THOMAS, ENRIQUE LUIS | MENDOZA | PERONISMO FEDERAL |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | GEN |
FAUSTINELLI, HIPOLITO | CORDOBA | UCR |
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
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Comisión |
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