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PROYECTO DE TP


Expediente 2953-D-2013
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR LA APLICACION DEL "SINDROME DE ALIENACION PARENTAL - SAP -" Y SU TERAPIA, COMO TRASTORNO A SER DIAGNOSTICADO EN PROCESOS JUDICIALES DE FAMILIA.
Fecha: 09/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar su rechazo a la aplicación del "Síndrome de Alienación Parental" (SAP) y su terapia, como trastorno a ser diagnosticado en procesos judiciales de familia.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Motiva el presente proyecto de resolución el preocupante uso de terapias de revinculación en casos de abuso y maltrato y el diagnóstico de enfermedades desestimadas por el ámbito científico académico y la Organización Mundial de la Salud, como lo es el Síndrome de Alienación Parental (SAP) de dudosa validez.
Como antecedentes en nuestro país, puede observarse que en el año 2011, la Legislatura Porteña aprobó un proyecto de declaración expresando su rechazo a la inclusión en el próximo Manual de Trastornos Psicopatológicos (DSM- 5) que elabora la American Psychiatric Association, del supuesto "Síndrome de Alienación Parental" (SAP). En su declaración, la Legislatura Porteña explica que al pretendido síndrome "...consistiría en la denigración y rechazo por su padre que expresa el hijo o hija separados del mismo, provocados por el "lavado de cerebro" realizado por su madre, conviviente con el niño o niña. Es una herramienta que esgrimen quienes pretenden desacreditar las palabras de los niños y niñas que acusan a los mayores por haberlos sometido sexualmente, quitando valor a las denuncias de abuso y maltrato..."
Preocupa especialmente el uso de éstas técnicas en el ámbito judicial al posibilitar establecer la revinculación con un padre abusador, y la reversión de la tenencia en caso de negativa.
Algunas de las "recomendaciones terapéuticas" que hace Richard Gardner, para curar este pretendido síndrome, son: "...en cuanto se diagnostique PAS, el juez deberá cambiar inmediatamente la custodia y tenencia del niño y entregársela al padre falsamente acusado, sin que tome contacto con la madre en ninguna forma... al comienzo el niño se resistirá, pero pasado un tiempo, comprenderá que había sido sometido a un lavado de cerebro, y aceptará a su progenitor... también el tribunal deberá indicar una psicoterapia con un profesional designado por el juez, y ...sólo se restablecerá el vínculo con la madre cuando al cabo de por lo menos tres meses, el niño sea reevaluado por un profesional especialista en PAS que pueda decir si podría reestablecerse el contacto con ella..." (...) La Asociación de Psicólogos Americana - APA- a través de la Comisión Especial sobre Violencia y Familia, concluyó en su trabajo "Cuestiones y dilemas en violencia familiar,": "El personal judicial debe no sólo ser advertido que el PAS no está reconocido como un síndrome médico por la AAM (Asociación Americana Médica) y la APA,(Asociación de Psicólogos Americana) sino que el empleo de este dudoso síndrome como un instrumento, adaptado para quitar la tenencia a las madres, no puede consentirse..." La AAM y la APA concluyen: "El trabajo de Richard Gardner jamás ha sido revisado ni reexaminado. Él logró posicionar este tema a través de la publicación de sus propios trabajos en su propia editorial, "Creative Therapeutics", fue su propio editor de los 30 libros que publicó desde entonces, incluyendo "Parental Alienation Syndrome" (1) .
Es importante resaltar que instituciones internacionales de renombre del ámbito de la salud tales como la Asociación Americana de Psicología y la propia Organización Mundial de la Salud no reconocen la validez del mencionado síndrome. Asimismo, dos organizaciones como la Asociación Médica Americana y la Asociación de Psicólogos Americana lo inhabilitan para configurar un síndrome diagnóstico por no haber sido debidamente probado.
En su pronunciamiento en contra del supuesto síndrome de alienación parental, el Colegio de Psicólogos del Distrito X - Mar del Plata expusieron, por medio de su Consejo Directivo que "...Jueces, abogados y psicólogos nucleados en asociaciones que bajo la consigna de la defensa de padres separados de sus hijos, intervienen como peritos de parte en numerosos casos de supuestos abusos, algunos de ellos de público conocimiento. En ellos se esgrime a través de la coconstrucción de memorias y del "SAP"(ambos inexistentes en el campo científico), que los relatos de las víctimas en realidad son construcciones que parten de sus madres alienadoras y que las mismas, a través de la inoculación de ideas en contra del progenitor no conviviente, logran que los niños y niñas reproduzcan relatos. Pero es más grave aún, ya que en la mayoría de los casos argumentan que son los/as profesionales quienes co construyen también los relatos junto a las madres y los/as pacientes, o simplemente no se dan cuenta de la falsedad de los dichos de sus pacientes... (2) "
El objetivo del presente proyecto de resolución es expresar repudio y servir de antecedente de manera de evitar que en los juicios de familia, sobre todo en aquellos donde se hayan generado situaciones de violencia familiar y de abuso infantil, se aplique el mencionado síndrome como terapia de revinculación de los menores con el padre abusivo. Daños irreparables pueden acrecentarse si la Justicia pierde de vista el interés superior del niño en miras de aplicar teorías sin fundada base científica que sólo pueden dar lugar a la especulación y a la improvisación.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GONZALEZ, GLADYS ESTHER BUENOS AIRES PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
02/07/2013 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2253/2013 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 18/2013 11/07/2013
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 22/08/2013 APROBADO