PROYECTO DE TP
Expediente 2947-D-2013
Sumario: PROTECCION DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES FRENTE AL USO DE INTERNET.
Fecha: 09/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
El Senado y Cámara de Diputados...
DE LA PROTECCION DE NIÑAS, NIÑOS Y
ADOLESCENTES FRENTE AL USO DE INTERNET
Artículo 1°.- La
presente Ley tiene como objeto la concientización
pública sobre la problemática de la pornografía
infantil en Internet.
Artículo 2°.- Entiéndase
por pornografía infantil a toda representación de
menores de edad de cualquier sexo en conductas
sexualmente explícitas. Puede tratarse de
representaciones visuales, descriptivas o incluso
sonoras, aquellas representaciones fotográficas o
fílmicas en formatos digital o analógico de menores
de edad en conductas sexualmente explicitas ya sea
solos o interactuando con otros menores de edad o
con adultos.
Artículo 3°.- Facúltese
al Poder Ejecutivo Nacional y por su intermedio a
los organismos que tengan competencia, a llevar a
cabo campañas de concientización pública sobre la
problemática de la pornografía infantil en Internet,
por medio de la concientización social a través de
campañas masivas de difusión, en las escuelas y en
los centros de salud de todo el país.
Artículo 4°.- Celebrar
Acuerdos Bilaterales con diversos Organismos
Internacionales y especialmente con los países
miembros del MERCOSUR, con el objeto de armonizar
legislación y fundamentalmente aunar esfuerzos en
las campañas de concientización social.
Artículo 5°.- El Poder
Ejecutivo Nacional creará un ámbito específico de
discusión y seguimiento de esta problemática en el
orden federal a fin de aunar esfuerzos con los
estados provinciales y que se faciliten mecanismos
de concientización social para la protección de los
niños/as y adolescentes de delitos que atentan
contra la integridad sexual de las personas.
Artículo 6°.- Se invita
a las provincias a adherir a la presente Ley.
Artículo 7°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Podemos definir
a Internet como una "red de redes", es decir, una red que no
sólo interconecta computadoras, sino que interconecta redes
de computadoras entre sí.
La explosión de
Internet en los últimos años ha dado paso al planteamiento de
nuevas formas de comunicación. Internet se ha constituido en
un medio de contacto tremendamente versátil y potente así
como en un instrumento útil en favor del respeto y ejercicio
efectivo de los derechos de la infancia, recogidos en la
Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la
Asamblea General de Naciones Unidas en 1989 y ratificada
actualmente por 191 Estados. Aunque, como en el resto de
manifestaciones humanas, la contravención de los derechos de
la infancia, está también desgraciadamente presente en la
Red. Este aspecto no debe escaparse de cualquier
consideración, ya que los niños, gracias a su innata
curiosidad y gracias a su facilidad de adaptación a los
nuevos medios, se han convertido en usuarios de Internet, y,
en muchos casos, en usuarios avanzados.
Por un lado,
Internet ofrece claras ventajas, sobre todo en el campo de la
educación, por cuanto mejora las posibilidades de los
consumidores, reduce los obstáculos para la creación y
distribución de contenidos y ofrece un amplio acceso a
fuentes de información digital cada vez más ricas. Por otro
lado, los menores representan el grupo más vulnerable dentro
de los usuarios de la Red: son víctimas potenciales de
actividades ilícitas (tráfico de niños, pornografía y
prostitución infantil, etc.) y tienen fácil acceso a
contenidos desaconsejables (pornografía, violencia, racismo,
xenofobia, discriminación por razón de género, etc.) que
puedan afectar negativamente a su desarrollo físico, mental,
espiritual y social.
Es el acceso a
estos contenidos uno de los aspectos más preocupantes y
difíciles de abordar en relación al uso de Internet. Si bien
es cierto que la Convención sobre los Derechos del Niño
reconoce el derecho de los niños y las niñas a buscar y
difundir información e ideas de todo tipo, también establece
su derecho a ser protegidos contra toda información y
material perjudicial para su bienestar, así como contra
cualquier injerencia arbitraria o ilegal en su vida privada,
su familia, domicilio, correspondencia y cualquier ataque a
su honra y reputación.
Igualmente habrá
que tener en cuenta la responsabilidad que la Convención
atribuye a los padres, tutores, representantes legales y
educadores a la hora de proporcionar a los niños directrices
y orientaciones apropiadas para que ejerzan los derechos
reconocidos en ella.
Una adecuada
protección, respetuosa con los derechos de los niños y niñas,
mencionados anteriormente, implica necesariamente un buen
conocimiento del funcionamiento de la red y sus
posibilidades, la formación necesaria para detectar
contenidos potencialmente perjudiciales e información sobre
los mecanismos de protección existentes, tanto técnicos como
legales.
En definitiva el
mejor método de prevención de manejo pernicioso de Internet,
pasa por la Educación. Hacer que los niños, las niñas, los
adolescentes, padres, y educadores conozcan lo más
exactamente posible las posibilidades del uso de Internet y
sus peligros. La comprensión, naturalmente, se deberá
sustentar no solo en el marco referente a la utilización de
un medio estrictamente técnico, sino fundamentalmente en
conceptos propios de la Educación para el Desarrollo, tales
como, interdependencia, imágenes y percepciones, justicia
social, comprensión y solución de conflictos o cambio y
futuro.
En este sentido
se hace necesario el desarrollo de buenas campañas de
sensibilización a todos los niveles, que informen a los
niños/as, jóvenes y padres sobre los beneficios y perjuicios
del uso de la red.
Internet ofrece
una oportunidad sin precedentes en la historia de la
humanidad. Para niños, niñas y adolescentes en particular,
Internet se ha convertido en un espacio para comunicarse,
buscar información, estudiar, jugar, descubrir y crear. Pero
como sucede con otras tantas cuestiones, la utilización de la
Red por parte de los mismos también presenta una cara menos
favorable: Internet se ha convertido en el vehículo ideal
para transmitir informaciones perjudiciales para los más
pequeños y para la comisión de diversos abusos.
La civilización
humana ha experimentado en los últimos veinte años un
asombroso salto en su desarrollo científico. La tecnología
digital y sus espectaculares avances generan un fenómeno que
permea nuestras sociedades y se manifiesta indefectiblemente
en todos los vericuetos e intersticios de la vida moderna.
Este vertiginoso progreso científico ha reducido las
distancias educativas, sociales, científicas y de cualquier
índole; sin embargo, y paradójicamente, esta red de redes o
autopista de la comunicación se ha convertido en un arma de
doble filo, pues está siendo utilizada por individuos
inescrupulosos para promover e intercambiar materiales de
contenido sexual a través del ciberespacio.
La inquietud más
grande se puede considerar en cuanto a la pornografía
infantil en la red, la sociedad, y en especial padres y
educadores, están preocupados por la posibilidad de que los
niños, niñas y adolescentes accedan a informaciones
inadecuadas en la Red. Sin embargo, aunque esas
preocupaciones sean lícitas, no se debe culpar a la Red de
los vicios de la Sociedad ni, menos aún, prohibir o tener una
actitud excesivamente reticente hacia su uso por parte de los
niños, niñas y adolescentes, sino, más bien, fomentar una
utilización responsable de la misma.
Para impulsar un
uso seguro de la Red, dos son las vías principales de
actuación. Por una parte, la lucha frente a los contenidos
ilícitos por medio de la Ley y, por otra, la protección de
los niños, niñas y adolescentes frente a aquellos contenidos
y comportamientos nocivos que, inevitablemente, van a
encontrar en el ciberespacio. Es notorio darse cuenta de que
ambos objetivos planteados no son tareas sencillas frente a
las adversidades con las que nos encontramos en este "cyber-
derecho", pero el objetivo de este proyecto es de prevención
general en todos los ámbitos necesarios para su correcta
difusión.
Al intentar
regular una problemática tan controvertida como el efecto
nocivo en los niños, niñas y adolescentes por el uso de la
red nos encontramos con que existe una asociación fuerte y en
sentido positivo entre las oportunidades y los riesgos:
aumentar las oportunidades, aumenta los riesgos y por tanto,
limitar el uso de Internet, disminuye, no sólo los riesgos,
sino también las oportunidades. Por ello, es necesario poner
los riesgos del uso de Internet en perspectiva y ofrecer una
valoración equilibrada de los diferentes enfoques que pueden
ayudar a los padres y otros adultos a afrontar esta cuestión
de forma constructiva, en lugar de tomar medidas de tipo
restrictivo o limitativo.
Si bien nuestro
país consagra como garantía fundamental la libertad de
expresión y la libertad de información, estas libertades
deben ceder cuando se someten a una colisión con los bienes
jurídicos que protegen a los niños, niñas y adolescentes y su
integridad sexual.
El Estado ofrece
una tutela especial a los niños, niñas y adolescentes y así
debe ser no solo por el reconocimiento internacional de los
tratados oportunamente ratificados por la República
Argentina; sino que además se consideran situaciones
particulares como el mayor estado de indefensión en que se
encuentran cuando son perjudicados por la pornografía
infantil.
La infancia es
un bien jurídico que debe ser preservado y cuya defensa y
protección adquiere preeminencia ante otros bienes jurídicos
también tutelados en nuestro ordenamiento jurídico. La
explotación sexual de niños no solo se manifiesta, como
sucedía antiguamente, en los países del tercer mundo. Los
turistas pedófilos del planeta continúan acudiendo
preferentemente a los llamados paraísos del sexo, ubicados en
lugares como: Tailandia, Filipinas, Santo Domingo, Brasil,
Rusia, etc.; sin embargo comienza a vislumbrarse una
preocupante ampliación traslativa de los mercados sexuales,
extendiéndose también a países desarrollados, situación
favorecida por la proliferación en estas naciones de nuevas
tecnologías de comunicación digital.
En la Argentina
el Congreso de la Nación ratificó la CONVENCIÓN SOBRE LOS
DERECHOS DEL NIÑO el 27 de septiembre de 1990 mediante la Ley
23.849 y la Asamblea Constituyente la incorporó al artículo
75 de la Constitución de la Nación Argentina en agosto de
1994. A partir de este compromiso el gobierno debe realizar
los esfuerzos posibles para asegurar que "todo niño tenga
acceso a todos los derechos que figuran en la
Convención".
Este instrumento
jurídico coloca a la niñez y adolescencia como sujetos plenos
de derechos y promueve, junto con otros instrumentos de las
Naciones Unidas, la "doctrina de la protección integral".
La Convención
sobre los Derechos del Niño es el tratado más ampliamente
ratificado en la historia. En él se establecen una amplia
gama de disposiciones que abarcan derechos y libertades
civiles, el entorno familiar, la salud básica y el bienestar,
la educación, la recreación, las actividades culturales y las
medidas especiales necesarias para su protección.
Pero mientras
nuestro marco legal atestigua un interés concreto en defensa
de los derechos de los menores, no podemos desconocer el
avance de la pornografía infantil y la relación directa entre
esta y la prostitución que ha puesto de manifiesto la
existencia de amplias redes locales inclusive con conexiones
en el extranjero. Ante esto, creemos que en Argentina
conviven ciertos vacíos legales y una importante falta de
conciencia del mundo adulto con relación a la sofisticación
que la problemática fue adquiriendo vía la red, y la
vulnerabilidad de nuestros niños y adolescentes ante la falta
de información y protección adecuada.
Ya sea entre el
lujo del poderoso Occidente o en medio de la pobreza extrema
de los países del sur, los niños y niñas de cualquier parte
del mundo se encuentran en serio peligro de ser victimizados
por conductas pedófilas. Podemos afirmar, sin pecar de
catastróficos que ya nadie en el planeta está a salvo de esta
epidemia social, representada por el abuso sexual de niños.
Desde otra óptica, también resulta válido establecer
distancia en relación con la visión limitativa del fenómeno
pedófilo a un grupo más o menos numeroso de desviados
sexuales, razonando que esta parafilia típica, en su
manifestación creciente se asocia a fenómenos de amplitud y
alcance planetario, como la Internet; a través de la cual se
generan peligrosas y activas agrupaciones pedófilas y se
elabora y distribuye la ciberpornografía.
Internet
propicia la comunicación de estos individuos sexualmente
depravados con sus víctimas menores de edad, facilitándose en
algunos casos, que su acción captadora se traslade de la
realidad virtual a la realidad objetiva, con enorme peligro
para los niños, niñas y adolescentes que han entrado en
contacto ciberespacial con ellos. Esto unido a que Internet
constituye un medio de comunicación asequible, por la
factibilidad de su explotación y lo económica que resulta;
propicia la extensión de esos productos perniciosos a una
enorme cantidad de público en el planeta, logrando una
internacionalización instantánea de los mismos. Las novedosas
tecnologías de la comunicación proporcionan las facilidades
ideales para las acciones pedófilas; basta poseer un
ordenador (equipo relativamente barato) y sin abandonar sus
domicilios y preservando el anonimato, estos individuos
"navegan" por el ciberespacio en la búsqueda de documentación
sexual que involucre a infantes. De esa forma, Internet se
convierte infelizmente en el vehículo comunicativo ideal para
concretizar la producción y consumo de la pornografía
infantil, como modalidad de la explotación sexual comercial
de niños, niñas y adolescentes. Los pedófilos,
preferiblemente en su variante clínica, se complacen en
coleccionar compulsivamente fotografías y grabaciones de
audio o video, donde se reflejan abusos sexuales con niños en
los que participan ellos mismos u otros adultos; materiales
que al circular por la autopista de la información han
generado la aparición del fenómeno de la ciberpornografía
infantil.
La incidencia
negativa que ha significado el uso de Internet en la
promoción de las prácticas pedófilas constituye un suceso que
contiene múltiples aristas, entre las que se incluyen la
existencia de las redes de confraternización e intercambio
pedófilo, la ciberpornografía como nueva categoría asociativa
de la tradicional pornografía y de la digitalización y los
intercambios en línea con niños, niñas y adolescentes,
desplegados con propósitos de captación sexual. La
disminución de las expresiones asociadas al Abuso Sexual
infantil requiere de acciones multidimensionales que abarcan
desde la dimensión política, la dimensión jurídica, la
dimensión socio-preventiva, la dimensión represiva, etc. En
cada uno de estos niveles deben trabajarse diferentes líneas
de gestión que confluyan al logro del resultado estratégico
de reducir al mínimo las manifestaciones abusivas
pedófilas.
Reiteramos que
la extensión que ha adquirido a nivel mundial la Pedofilia,
producto de la ampliación comunicativa derivada de Internet,
exige la elaboración impostergable de una Estrategia Mundial
de lucha contra este fenómeno, cuya primera y más inmediata
acción debe centrarse en la elaboración de un Instrumento
Jurídico Internacional que establezca la tutela de la joven
generación ante el auge del fenómeno pedófilo.
Es imposible
impedir que cualquier material ofensivo o peligroso sea
expuesto. Se puede castigar después a los responsables, pero
no se puede evitar que cometan el delito. Cualquiera puede
introducir el contenido que quiera en Internet. A esto hay
que añadir que Internet es internacional y que cada país
tiene su legislación sobre lo que es la pornografía, lo que
son drogas legales o ilegales, etc. Es decir, se puede
incluso distribuir por internet algo que aquí es delictivo
pero que, tal vez, en el país de origen no lo es.
Por lo tanto, el
niño, niña o adolescente puede encontrar en Internet material
muy inapropiado para su desarrollo personal, intelectual y
emocional, en tanto que desde la órbita sancionadora es muy
poco lo que se puede hacer ante la ambigüedad de la red.
La pornografía
infantil repercute de dos formas distintas que finalmente
terminan solapándose. En primer lugar, es responsable de la
explotación sexual de miles de niños y niñas distribuidos por
todo el mundo, a los que se utiliza para confeccionar todo
tipo de fotografías y vídeos que van desde la exhibición de
sus cuerpos hasta la violación y la tortura. Por otro lado
repercute además sobre el conjunto de todos los niños y niñas
al incitar e invitar constantemente a sus consumidores para
que lleven al terreno de la realidad sus "fantasías". Los
pedófilos y pederastas terminan produciendo después su propio
material pornográfico con niños, niñas y/o adolescentes.
Cuando un
individuo decide pasar al terreno de la realidad, su primera
opción es intentar seducir al niño o niña -acoso-, para
después mantener una relación sexual con él -abuso-. El acoso
a los niños o niñas se puede producir en cualquier sitio,
pero especialmente en los salones de juegos recreativos,
colas de cines, hamburgueserías y salidas de los colegios.
Casi siempre son llevados a cabo por hombres maduros y tanto
sobre niñas, niños y adolescentes.
Existe una
estrecha relación a nivel mundial entre la corrupción de
niños, niñas y adolescentes, y la pornografía, pues muchos de
los individuos detenidos por este motivo tenían en su poder
fotografías y vídeos de niños y niñas, con frecuencia
realizadas por el propio detenido, y empleadas tanto para el
uso personal como el comercial.
Las cifras
siempre son frías e impersonales, pero nos permiten hacernos
una idea global sobre aquello a lo que nos estamos
enfrentando. Sólo en la India entre 270.000 y 400.000 niños y
niñas están siendo prostituidos en estos momentos, y cada año
3.000 niñas indias son obligadas a prostituirse por primera
vez. En Tailandia la situación afecta a 80.000 menores, de
las cuales 60.000 no alcanzan los 13 años de edad. En
Indonesia el 20% de las mujeres explotadas sexualmente son
menores de edad.
La realidad es
que la mayoría de los niños y niñas explotados termina
muriendo de SIDA, tuberculosis u otras enfermedades como
consecuencia de las relaciones que sonobligadas a
mantener.
En los grandes
centros mundiales como Estados Unidos y Canadá se prostituye
en la actualidad a cerca de 100.000 menores (20.000 en la
ciudad de Nueva York). Al menos otros 50.000 son explotados
en la "industria" de la pornografía infantil en Internet. El
motor principal de la prostitución infantil en muchas zonas
es el turismo sexual. Sus practicantes son también los
mayores consumidores de pornografía infantil en Internet, y
proceden fundamentalmente de Estados Unidos, Alemania, Reino
Unido, Australia y Japón. Según la Organización Mundial del
Turismo cada año se producen más de 600 millones de viajes
turísticos internacionales. Un 20% de los viajeros
consultados reconoce buscar sexo en sus desplazamientos, de
los cuales un 3% confiesa tendencias pedófilas. Esto supone
más de 3 millones de personas.
Sin embargo el
medio más utilizado por los pedófilos es el de los chats, o
conversaciones entre varias personas, que pueden
intercambiarse textos y todo tipo de fotografías. Existen
numerosas páginas Web en las que se anuncia este tipo de
material pornográfico y se vende. Las imágenes menos fuertes
llegan a adquirirse por una pequeña cuota mensual, pero si se
busca algo "más fuerte", algunas Web incluyen direcciones de
correo electrónico a la que uno puede dirigirse para
solicitar más material difícil de anunciar.
Si atendemos a
la definición de la palabra "Pornografía" que aparece en los
diccionarios, descubrimos que su finalidad básica puede
resumirse en dos funciones principales: "producir excitación
erótico-sexual y, actuar como forma de liberación ante
sociedades represivas de la sexualidad".
Sería un grave
error pensar que la pornografía infantil en Internet ofrece
simplemente una excitación complementaria a aquellas personas
con una libido especialmente activa. La pornografía infantil
en Internet seduce primero, envuelve después y finalmente
puede llegar a convertirse en una adicción, llevando la
práctica sexual al terreno de la obsesión. Pero al margen de
los problemas que pueda crear en sus adictos "normales",
hemos de tener en cuenta que, por su amplia distribución y
falta de control sobre la misma, cae también en manos de
personas sobre las cuales puede ejercer una influencia
peligrosa. Nos referimos, por supuesto, al amplio abanico de
ciudadanos que padecen distintos tipos de patologías y que no
reaccionan como una conciencia normal al leer relatos en los
que se incita a buscar placer en la violación, o a mantener
relaciones con niños.
El adicto al
sexo virtual, al igual que el adicto a los video-juegos o a
la televisión, no nace sino que se va haciendo tras una
práctica cada vez más regular. En estas patologías es
bastante frecuente observar como el adicto niega
sistemáticamente su problema, e intenta actuar sin ser visto.
Los estudios más serios reflejan que entre un 8% y un 10% de
los varones puede padecer este trastorno, así como un
porcentaje de mujeres considerablemente menor. Los ciber-
café, las revistas, los video-clubs, los sex-shops y los
teléfonos eróticos alimentan constantemente al obsesionado
por el sexo, ofreciéndole regularmente nuevos productos y
mayores sensaciones.
Los adictos al
sexo sufren la exigencia de una dedicación cada vez mayor. Al
igual que con el alcohol y las demás drogas, el adicto va
aumentando su consumo en busca de mayores sensaciones. Cuando
ya no se excita como al principio con un tipo se fantasía,
texto e imágenes, busca algo nuevo en publicaciones más
"fuertes" y ya sobre temas específicos. Y suele ser entonces,
cuando la pornografía de temática infantil, las violaciones,
o las relaciones con los animales, se sitúan en el punto de
mira de aquellos que padecen esta patología.
Nuestra
propuesta trata de plasmar los medios necesarios para tutelar
los intereses de los niños ante situaciones indeseables para
su desarrollo. Pretendemos prevenir en los ámbitos donde
nuestros niños deben interactuar y ofrecer alternativas
válidas de investigación ante el delito, de manera tal que
cada individuo sea responsable de sus actos si estos refieren
a un perjuicio contra la niñez y/o la adolescencia.
En cuanto a la
prevención, nuestra intención es introducir la problemática
dentro de la Capacitación Docente y en las aulas, promoviendo
en los niños, niñas y adolescentes los valores de persona
humana y previniéndolos de cualquier forma de explotación y
manejo por parte de cualquier adulto y de los peligros del
chat o de las conversaciones entre grupos.
Por otro lado,
nuestra idea es promover, en los centros de salud, la
inclusión de esta temática dentro de los centros
asistenciales en todo el país como parte del derecho a la
información con que deben contar todos los pacientes y a fin
de que la toma de conciencia social sobre esta problemática
incentive a los recursos humanos del sistema de salud a
pensar alternativas de atención tanto para el que sufre la
patología como el que puede ser abusado por ella.
Como sociedad
debemos hacer realidad nuevamente algo que fue característico
en la Argentina de otros tiempos: la defensa ineludible de
los derechos del niño y que estos sean un ejercicio concreto.
Como legisladores, no podemos no legislar sabiendo que la
problemática está presente entre nosotros y que las víctimas
son niños, el sector más indefenso de la sociedad, lo que
convierte las acciones en su contra en cuestiones de Estado
donde debe prevalecer el interés de estos por sobre el de
otros individuos. No se trata de hacer prevalecer un derecho
sobre otro si no de medir la justa dimensión de los
perjuicios que se causan por no proteger debidamente los
derechos de la infancia. Se trata de construir una
diferenciación como país, no solo en las palabras sino
también en los hechos.
Negar la
existencia de redes de pedofilia a nivel internacional que se
benefician con los usos de internet, resulta a esta altura
casi pueril. El marco de extensión de la red y su carácter
integracionista es lo que la hace única y privilegiada y es
justamente lo que se trata de seguir defendiendo y alentando
a nivel internacional. No pretendemos crear marcos de
censura, no pretendemos marcos de prohibición. Pretendemos
crear marcos de responsabilidad, mediante los cuales la
sociedad y el Estado aúnen esfuerzos en pro de proteger el
bien jurídico infancia, conscientes de que lo que ellos vivan
y reciban será el marco en el que se desenvolverá nuestra
vida futura.
Por todos estos
motivos, y convencidos de la importancia de los mismos, es
que solicito a mis pares que me acompañen en la sanción del
presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GONZALEZ, JUAN DANTE | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |