PROYECTO DE TP
Expediente 2945-D-2011
Sumario: TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS: BOLETO GRATUITO PARA EMBARAZADAS, REGIMEN.
Fecha: 02/06/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 61
El Senado y Cámara de Diputados...
PROYECTO
DE LEY SOBRE BOLETO GRATUITO PARA EMBARAZADAS EN EL
TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS
ARTÍCULO 1.- OBJETO.-
Establécese el boleto gratuito en el transporte público de pasajeros en todo el
territorio nacional; para todas las mujeres embarazadas durante la totalidad del
periodo gestacional y el primer año posteriores al nacimiento de su hijo/a.
ARTÍCULO 2.- La autoridad
de aplicación instrumentará en forma efectiva los mecanismos necesarios a fin
de otorgar los pases libres que identifiquen con certeza la persona beneficiaria,
otorgando (1) pasaje de ida y un (1) pasaje de vuelta por mes para que la
beneficiaria realice sus controles periódicos.
ARTÍCULO 3.- El
instrumento que se otorgue por la Autoridad correspondiente, será valido para su
utilización en todas aquellas líneas urbanas e interurbanas de autotransporte
público de pasajeros de cada jurisdicción.
ARTÍCULO 4.- El Ministerio
de Salud de la Nación, a través del área competente, proveerá la documentación
que acredite el estado de la mujer que se considera con derecho al beneficio
dispuesto en el artículo 1º de la presente ley, a los efectos de su presentación
ante la Autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 5.- La Autoridad
de aplicación establecerá una modalidad que permita la compensación de los
costos derivados de lo establecido por el artículo primero a las empresas
prestadoras de servicios públicos del territorio nacional de autotransporte de
pasajeros, como así también la verificación del debido cumplimiento de la
presente.
ARTÍCULO 6.- La autoridad
de aplicación deberá establecer un registro a ser cumplimentado por el médico
tratante, con el fin de constatar y firmar la asistencia en el pase.
ARTÍCULO 7.- Facúltese al
Poder Ejecutivo a establecer la autoridad de aplicación para el cumplimiento de
los fines de la presente Ley.-
ARTÍCULO 8.- Se invita a
las províncias y a la Ciudad Autônoma de Buenos Aires a adherir a la presente
ley.
ARTÍCULO 9.- La presente ley
deverá ser reglamentada dentro de los 90 dias de su promulgassem.
ARTÍCULO 10º Comunique se al
Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 40% de las mujeres consultan al
ginecólogo ú obstetra, recién cuando cursa el cuarto mes de gestación, algunas
realizan la primera consulta al obstetra recién al sexto o incluso séptimo mes de
embarazo, lo que implica un riesgo enorme por el solo hecho de desconocer
cómo fue la evolución de esa gestación.
Por tal motivo, el boleto gratuito
para las embarazadas constituye la posibilidad más firme para que puedan asistir
con menos inconvenientes a la cobertura asistencial tan importante como
esta.
Sabemos que la ley de asignación por
hijo constituye una prestación importante; pero a pesar de ello no se considera
como elemento fundamental para dirigirse a la asistencia continua durante el
embarazo, en los niveles más escasos recursos de la población.
El objetivo fundamental de este
proyecto es que las mujeres realicen de manera temprana las primeras consultas
médicas para controlar el estado del embarazo, luego de que las encuestas
revelan que el 40% de ellas no se somete a estudios hasta ya avanzado el estado
de preñez.
Esto trae aparejado, el impedimento
de la detección y tratamiento temprano de factores de riesgo como HIV, sífilis,
hipertensión, diabetes gestacional y anemia, entre otras enfermedades.
La Organización Mundial de la Salud
(OMS) recomienda un mínimo de cinco controles durante los nueve meses de
embarazo, y varios más si se trata de una gestación de riesgo.
Este boleto gratuito es para la
totalidad del período de embarazo y durante el primer año del bebé con el fin de
que también sea controlado el niño ó niña.
En ese sentido, cabe señalar que el
acceso a la salud pública, es un derecho consagrado por nuestra Constitución, y
constituye un pilar imprescindible para el fomento de los principios y valores ,
por tanto debe promoverse la eliminación de los obstáculos económicos, sociales
o de cualquier otra naturaleza, que afecten o impidan el ejercicio de los
derechos y garantías constitucionales,
manteniendo paralelamente los
necesarios e ineludibles controles administrativos a efectos de evitar distorsiones
en el sistema.-
Asimismo, el sistema de transporte es
fundamental para el acceso de los ciudadanos a los diversos centros sanitarios
emplazados en las distintas jurisdicciones; siendo en consecuencia menester
propender a la promoción de políticas inclusivas que posibiliten la prosperidad de
las generaciones futuras de ciudadanos, con una activa movilidad social que
cumpla las aspiraciones de igualdad, y el conjunto de derechos básicos
fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico.
Habiéndose constatado que una de
las dificultades para la realización de los controles médicos asistenciales
programados es la limitante económica personal y/o familiar en el traslado de
una parte de esta población objetiva a los centros de salud.
Así las cosas, la presente iniciativa
tiene como finalidad esencial permitir la eliminación de cualquier tipo de
obstáculos para el normal desenvolvimiento del niño por nacer, como así también
de la vida de las embarazadas, otorgando el beneficio de gratuidad en el
transporte con el objeto de facilitar la realización de los controles sanitarios
pertinentes. Controles que durante el embarazo comprenden las visitas médicas
programadas a realizarse con el fin de vigilar la evolución del mismo y el
desarrollo del niño, e inclusive lograr una adecuada preparación para el
parto.
Los mecanismos para otorgar los
pases libres que identifiquen a la persona beneficiaria, los establecerá la
Autoridad de Aplicación determinada por el Ejecutivo, junto con el Ministerio de
Salud y Acción Social que aportarán los registros correspondientes.
Por todo lo expuesto, Sr. Presidente,
le solicito a mis colegas que me acompañen en la firma del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 8460-D-14 |