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PROYECTO DE TP


Expediente 2945-D-2011
Sumario: TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS: BOLETO GRATUITO PARA EMBARAZADAS, REGIMEN.
Fecha: 02/06/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 61
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PROYECTO DE LEY SOBRE BOLETO GRATUITO PARA EMBARAZADAS EN EL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS
ARTÍCULO 1.- OBJETO.- Establécese el boleto gratuito en el transporte público de pasajeros en todo el territorio nacional; para todas las mujeres embarazadas durante la totalidad del periodo gestacional y el primer año posteriores al nacimiento de su hijo/a.
ARTÍCULO 2.- La autoridad de aplicación instrumentará en forma efectiva los mecanismos necesarios a fin de otorgar los pases libres que identifiquen con certeza la persona beneficiaria, otorgando (1) pasaje de ida y un (1) pasaje de vuelta por mes para que la beneficiaria realice sus controles periódicos.
ARTÍCULO 3.- El instrumento que se otorgue por la Autoridad correspondiente, será valido para su utilización en todas aquellas líneas urbanas e interurbanas de autotransporte público de pasajeros de cada jurisdicción.
ARTÍCULO 4.- El Ministerio de Salud de la Nación, a través del área competente, proveerá la documentación que acredite el estado de la mujer que se considera con derecho al beneficio dispuesto en el artículo 1º de la presente ley, a los efectos de su presentación ante la Autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 5.- La Autoridad de aplicación establecerá una modalidad que permita la compensación de los costos derivados de lo establecido por el artículo primero a las empresas prestadoras de servicios públicos del territorio nacional de autotransporte de pasajeros, como así también la verificación del debido cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- La autoridad de aplicación deberá establecer un registro a ser cumplimentado por el médico tratante, con el fin de constatar y firmar la asistencia en el pase.
ARTÍCULO 7.- Facúltese al Poder Ejecutivo a establecer la autoridad de aplicación para el cumplimiento de los fines de la presente Ley.-
ARTÍCULO 8.- Se invita a las províncias y a la Ciudad Autônoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 9.- La presente ley deverá ser reglamentada dentro de los 90 dias de su promulgassem.
ARTÍCULO 10º Comunique se al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 40% de las mujeres consultan al ginecólogo ú obstetra, recién cuando cursa el cuarto mes de gestación, algunas realizan la primera consulta al obstetra recién al sexto o incluso séptimo mes de embarazo, lo que implica un riesgo enorme por el solo hecho de desconocer cómo fue la evolución de esa gestación.
Por tal motivo, el boleto gratuito para las embarazadas constituye la posibilidad más firme para que puedan asistir con menos inconvenientes a la cobertura asistencial tan importante como esta.
Sabemos que la ley de asignación por hijo constituye una prestación importante; pero a pesar de ello no se considera como elemento fundamental para dirigirse a la asistencia continua durante el embarazo, en los niveles más escasos recursos de la población.
El objetivo fundamental de este proyecto es que las mujeres realicen de manera temprana las primeras consultas médicas para controlar el estado del embarazo, luego de que las encuestas revelan que el 40% de ellas no se somete a estudios hasta ya avanzado el estado de preñez.
Esto trae aparejado, el impedimento de la detección y tratamiento temprano de factores de riesgo como HIV, sífilis, hipertensión, diabetes gestacional y anemia, entre otras enfermedades.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda un mínimo de cinco controles durante los nueve meses de embarazo, y varios más si se trata de una gestación de riesgo.
Este boleto gratuito es para la totalidad del período de embarazo y durante el primer año del bebé con el fin de que también sea controlado el niño ó niña.
En ese sentido, cabe señalar que el acceso a la salud pública, es un derecho consagrado por nuestra Constitución, y constituye un pilar imprescindible para el fomento de los principios y valores , por tanto debe promoverse la eliminación de los obstáculos económicos, sociales o de cualquier otra naturaleza, que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales,
manteniendo paralelamente los necesarios e ineludibles controles administrativos a efectos de evitar distorsiones en el sistema.-
Asimismo, el sistema de transporte es fundamental para el acceso de los ciudadanos a los diversos centros sanitarios emplazados en las distintas jurisdicciones; siendo en consecuencia menester propender a la promoción de políticas inclusivas que posibiliten la prosperidad de las generaciones futuras de ciudadanos, con una activa movilidad social que cumpla las aspiraciones de igualdad, y el conjunto de derechos básicos fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico.
Habiéndose constatado que una de las dificultades para la realización de los controles médicos asistenciales programados es la limitante económica personal y/o familiar en el traslado de una parte de esta población objetiva a los centros de salud.
Así las cosas, la presente iniciativa tiene como finalidad esencial permitir la eliminación de cualquier tipo de obstáculos para el normal desenvolvimiento del niño por nacer, como así también de la vida de las embarazadas, otorgando el beneficio de gratuidad en el transporte con el objeto de facilitar la realización de los controles sanitarios pertinentes. Controles que durante el embarazo comprenden las visitas médicas programadas a realizarse con el fin de vigilar la evolución del mismo y el desarrollo del niño, e inclusive lograr una adecuada preparación para el parto.
Los mecanismos para otorgar los pases libres que identifiquen a la persona beneficiaria, los establecerá la Autoridad de Aplicación determinada por el Ejecutivo, junto con el Ministerio de Salud y Acción Social que aportarán los registros correspondientes.
Por todo lo expuesto, Sr. Presidente, le solicito a mis colegas que me acompañen en la firma del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 8460-D-14