PROYECTO DE TP
Expediente 2923-D-2013
Sumario: SEGURIDAD INTERIOR - LEY 24059; MODIFICACION DEL ARTICULO 11, SOBRE INTEGRACION DEL CONSEJO DE SEGURIDAD INTERIOR CON LOS LEGISLADORES INTEGRANTES DE LAS COMISIONES PERMANENTES DE SEGURIDAD INTERIOR DE AMBAS CAMARAS DEL CONGRESO DE LA NACION Y JEFES DE POLICIA DE LAS PROVINCIAS QUE ADHIERAN AL SISTEMA.
Fecha: 09/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
El Senado y Cámara de Diputados...
Modificación de la ley Nº 24.059 de
Seguridad Interior.
El Senado y la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación Argentina, sancionan con fuerza de LEY:
Artículo 1º.- Sustitúyase el artículo 11
de la ley 24.059, por el siguiente texto:
ARTICULO 11. - El Consejo de
Seguridad Interior estará integrado por miembros permanentes y no permanentes,
ellos serán:
Permanentes.
a) El ministro del Interior, en calidad de
presidente;
b) El ministro de Justicia;
c) El secretario de Programación para la
Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico;
d) El subsecretario de Seguridad
Interior;
e) Los titulares de:
- Policía Federal Argentina;
- Policía de Seguridad
Aeroportuaria;
- Prefectura Naval Argentina;
- Gendarmería Nacional; y
- Los jefes de policía de las provincias
que adhieran al sistema.
Los gobernadores de provincia que así
lo solicitaren podrán participar en las reuniones del Consejo.
Los legisladores integrantes de las
Comisiones Permanentes de Seguridad Interior de ambas Cámaras del Congreso de
la Nación participarán de las reuniones del Consejo.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Se somete a consideración de Vuestra
Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual
se propicia la modificación del artículo 11 de la ley 24.059 de Seguridad Interior. En
él se modifica la cantidad de jefes de policías provinciales que integran el Consejo
de Seguridad Interior, y además todos los legisladores integrantes de las
Comisiones Permanentes de Seguridad Interior de ambas Cámaras del Congreso de
la Nación participarán de las reuniones del Consejo, sin tener que solicitarlo
previamente.
El hecho de modificar la participación
de los jefes de policías provinciales en el Consejo de Seguridad Interior, tiene su
fundamento en el Federalismo que dispone nuestra Constitución Nacional. De esta
manera ningún cuerpo de policía de nuestro país quedará sin representación en el
Consejo en momento alguno. Esta modificación no es un mero capricho del autor
del proyecto, sino la expresión de una necesidad urgente. La inseguridad registra
crecimiento en todo el país. Las últimas estadísticas publicadas de homicidios
dolosos son del año 2009, cuando la tasa fue de 5,5 cada 100.000 habitantes. En
cuanto a los demás delitos, las últimas estadísticas fueron publicadas en 2008,
cuando, por ejemplo, se cometieron 769.227 delitos contra la propiedad, lo cual
representaba un aumento del 8% con respecto al año anterior. El hecho de que la
inseguridad aumente en todo el territorio nacional, es lo que nos lleva a modificar la
Ley 24.059, y a agregar a todos los jefes de policía provinciales al Consejo de
Seguridad Interior.
Por otra parte, se les da participación a
todos los legisladores integrantes de las Comisiones Permanentes de Seguridad
Interior de ambas Cámaras del Congreso de la Nación, sin que tengan que
solicitarlo previamente. Con esto queremos lograr la representación de todos las
provincias y de todos lo ciudadanos, de la manera adecuada, evitando
parcialidades.
Una mayor participación, tanto de las
policías provinciales como de los legisladores, llevará a una mejor representación
de todos los habitantes de nuestro país y también a una mejor búsqueda de
soluciones a un problema tan grave y tan amplio como es la inseguridad. Esta
inseguridad afecta el normal desarrollo de las actividades económicas, sociales y
políticas de los ciudadanos.
Por lo expuesto y en virtud de la
relevancia del tema en tratamiento, solicito a los miembros de ésta H. Cámara
acompañen con su voto afirmativo la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GAMBARO, NATALIA | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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