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PROYECTO DE TP


Expediente 2923-D-2013
Sumario: SEGURIDAD INTERIOR - LEY 24059; MODIFICACION DEL ARTICULO 11, SOBRE INTEGRACION DEL CONSEJO DE SEGURIDAD INTERIOR CON LOS LEGISLADORES INTEGRANTES DE LAS COMISIONES PERMANENTES DE SEGURIDAD INTERIOR DE AMBAS CAMARAS DEL CONGRESO DE LA NACION Y JEFES DE POLICIA DE LAS PROVINCIAS QUE ADHIERAN AL SISTEMA.
Fecha: 09/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Modificación de la ley Nº 24.059 de Seguridad Interior.
El Senado y la Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina, sancionan con fuerza de LEY:
Artículo 1º.- Sustitúyase el artículo 11 de la ley 24.059, por el siguiente texto:
ARTICULO 11. - El Consejo de Seguridad Interior estará integrado por miembros permanentes y no permanentes, ellos serán:
Permanentes.
a) El ministro del Interior, en calidad de presidente;
b) El ministro de Justicia;
c) El secretario de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico;
d) El subsecretario de Seguridad Interior;
e) Los titulares de:
- Policía Federal Argentina;
- Policía de Seguridad Aeroportuaria;
- Prefectura Naval Argentina;
- Gendarmería Nacional; y
- Los jefes de policía de las provincias que adhieran al sistema.
Los gobernadores de provincia que así lo solicitaren podrán participar en las reuniones del Consejo.
Los legisladores integrantes de las Comisiones Permanentes de Seguridad Interior de ambas Cámaras del Congreso de la Nación participarán de las reuniones del Consejo.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propicia la modificación del artículo 11 de la ley 24.059 de Seguridad Interior. En él se modifica la cantidad de jefes de policías provinciales que integran el Consejo de Seguridad Interior, y además todos los legisladores integrantes de las Comisiones Permanentes de Seguridad Interior de ambas Cámaras del Congreso de la Nación participarán de las reuniones del Consejo, sin tener que solicitarlo previamente.
El hecho de modificar la participación de los jefes de policías provinciales en el Consejo de Seguridad Interior, tiene su fundamento en el Federalismo que dispone nuestra Constitución Nacional. De esta manera ningún cuerpo de policía de nuestro país quedará sin representación en el Consejo en momento alguno. Esta modificación no es un mero capricho del autor del proyecto, sino la expresión de una necesidad urgente. La inseguridad registra crecimiento en todo el país. Las últimas estadísticas publicadas de homicidios dolosos son del año 2009, cuando la tasa fue de 5,5 cada 100.000 habitantes. En cuanto a los demás delitos, las últimas estadísticas fueron publicadas en 2008, cuando, por ejemplo, se cometieron 769.227 delitos contra la propiedad, lo cual representaba un aumento del 8% con respecto al año anterior. El hecho de que la inseguridad aumente en todo el territorio nacional, es lo que nos lleva a modificar la Ley 24.059, y a agregar a todos los jefes de policía provinciales al Consejo de Seguridad Interior.
Por otra parte, se les da participación a todos los legisladores integrantes de las Comisiones Permanentes de Seguridad Interior de ambas Cámaras del Congreso de la Nación, sin que tengan que solicitarlo previamente. Con esto queremos lograr la representación de todos las provincias y de todos lo ciudadanos, de la manera adecuada, evitando parcialidades.
Una mayor participación, tanto de las policías provinciales como de los legisladores, llevará a una mejor representación de todos los habitantes de nuestro país y también a una mejor búsqueda de soluciones a un problema tan grave y tan amplio como es la inseguridad. Esta inseguridad afecta el normal desarrollo de las actividades económicas, sociales y políticas de los ciudadanos.
Por lo expuesto y en virtud de la relevancia del tema en tratamiento, solicito a los miembros de ésta H. Cámara acompañen con su voto afirmativo la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GAMBARO, NATALIA BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0510-D-15