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PROYECTO DE TP


Expediente 2917-D-2014
Sumario: IMPUESTO A LAS GANANCIAS - LEY 20628, T.O. DECRETO 649/97 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 90, SOBRE ACTUALIZACION DE LA ESCALA DEL MINIMO NO IMPONIBLE.
Fecha: 28/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese la escala del artículo 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado por Decreto 649/97 y sus modificaciones, por la siguiente:
Tabla descriptiva
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En marzo de 2013 se aumentó un 20% el mínimo no imponible, pero en vez de hacerlo aplicable para todo el año, lo hicieron únicamente desde marzo. Esto implicó que esa suba fuera de 16,7% para 2013, dejando por arrastre estadístico una mejora para 2014 de 2,9%.
En junio de 2013, al igual que en diciembre de 2012, se condonó el pago de Ganancias para el medio aguinaldo correspondiente; y finalmente, en agosto, se eximió del pago -a partir de septiembre- a quienes tuvieran un sueldo bruto promedio menor a $ 15.000.
Sin embargo, la tan criticada escala prevista en Artículo 90, en términos generales, no se actualiza.
Cuando por razones inflacionarias, o aumento del poder adquisitivo según el relato oficial, aumenta el valor de los ingresos de las personas y la escala se mantiene estática, como ocurre en la práctica, la tasa efectiva del impuesto aumenta.
El mecanismo de incremento de la presión tributaria en las personas físicas pasa por el solo hecho de dejar la escala progresiva del artículo 90, de tal manera que el resto de los retoques en los mínimos y deducciones no alcanzan para mantener la situación, sino simplemente para atenuarla.
Si los mínimos y deducciones son ajustados por debajo de la inflación real, y los tramos de la escala se mantienen congelados, indefectiblemente la carga tributaria de los contribuyentes aumentará con el tiempo hasta el momento en que la tasa sea prácticamente del 35% para todos ellos, quedando como letra muerta los tramos con tasas menores de la escala progresiva y equiparándose a las personas físicas con las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada. De esta manera se pierde el concepto de progresividad del impuesto a las Ganancias para las personas físicas.
Es necesario actualizar por ley los tramos de escala del artículo 90, en pos de mejorar su nivel de ingresos y apuntalar el consumo interno.
Esta actualización resulta absolutamente coherente con los principios de proporcionalidad y progresividad fiscal, y pretende detener la brutal transferencia de ingresos desde los sectores salariales con mejores ingresos hacia el Estado y, en consecuencia, mejorar el poder adquisitivo de los mismos.
La brutal presión impositiva sobre los trabajadores constituye la mayor regresión en materia de distribución del ingreso registrada en los últimos 20 años.
El ajuste por inflación y retraso de la actualización del mínimo no imponible de Ganancias es el verdadero rostro de la distribución de ingreso del relato kirchnerista.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
ROGEL, FABIAN DULIO ENTRE RIOS UCR
RICCARDO, JOSE LUIS SAN LUIS UCR
OLIVARES, HECTOR ENRIQUE LA RIOJA UCR
BARLETTA, MARIO DOMINGO SANTA FE UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BARLETTA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados MANIFESTACIONES EN MINORIA 03/06/2014