PROYECTO DE TP
Expediente 2916-D-2008
Sumario: REGLAMENTO DE LA H CAMARA: MODIFICACION DEL ARTICULO 61 (CREACION DE LA COMISION DE DIVERSIDAD SEXUAL), INCORPORACION DEL ARTICULO 101 SEPTER (COMPETENCIA).
Fecha: 05/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 60
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificase el artículo 61º
del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el que
quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 61º.- Las Comisiones
Permanentes de Asesoramiento de la Cámara serán las siguientes:
Asuntos Constitucionales
Legislación General
Relaciones Exteriores y Culto
Presupuesto y Hacienda
Educación
Ciencia y Tecnología
Cultura
Justicia
Previsión y Seguridad Social
Acción Social y Salud Pública
Familia, Mujer, Niñez y
Adolescencia
Tercera Edad
Legislación Penal
Legislación del Trabajo
Defensa Nacional
Obras Públicas
Agricultura y Ganadería
Finanzas
Industria
Comercio
Energía y Combustibles
Comunicaciones e Informática
Transportes
Economías y Desarrollo Regional
Asuntos Municipales
Intereses Marítimos, Fluviales,
Pesqueros y Portuarios
Vivienda y Ordenamiento
Urbano
Peticiones, Poderes y
Reglamento
Juicio Político
Recursos Naturales y Conservación
del Ambiente Humano
Turismo
Economía
Minería
Prevención de Adicciones y Control
del Narcotráfico
Análisis y Seguimiento del
Cumplimiento de las Normas Tributarias y Previsionales
Población y Desarrollo Humano
Deportes
Derechos Humanos y Garantías
Asuntos Cooperativos, Mutuales y
Organizaciones no Gubernamentales
Mercosur
Pequeñas y Medianas Empresas
Defensa del Consumidor
Seguridad Interior
Libertad de Expresión
Discapacidad
Diversidad Sexual
El número de integrantes de las
Comisiones será determinado por la Honorable Cámara entre un mínimo de quince
(15) y un máximo de treinta y un (31) diputados/as, con excepción de las
Comisiones de Asuntos Constitucionales, de Educación, de Energía y Combustibles
y de Agricultura y Ganadería, que estarán compuestas por un mínimo de quince
(15) y un máximo de treinta y cinco (35) diputados/as, la Comisión de Relaciones
Exteriores con un mínimo de quince (15) y un máximo de cuarenta y tres (43)
diputados/as y la Comisión de Presupuesto y Hacienda que estará compuesta por
un mínimo de quince (15) y un máximo de cuarenta y nueve (49) diputados/as".
Artículo 2º.- Incorpórase el artículo
101º septer al Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el
que quedará redactado de la siguiente forma:
"Compete a la Comisión de
Diversidad Sexual el estudio y la implementación de medidas tendientes a
garantizar la difusión y protección del derecho a la libre orientación sexual e
identidad y expresión de género, así como el dictamen de todo proyecto
concerniente a la eliminación de resabios normativos de carácter discriminatorio
contra la población lésbica, gay, travesti, transexual, transgénero, bisexual e
intersexual (LGTTTBI).
A tal fin, la Comisión interactuará con
las organizaciones no gubernamentales de defensa de la diversidad sexual,
favoreciendo el desarrollo de acciones conjuntas a efectos del diseño de políticas
públicas que promuevan la efectiva igualdad de oportunidades y de trato".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La noción de diversidad sexual hace
referencia al reconocimiento de múltiples identidades y orientaciones sexuales
como igualmente valiosas, abonando una concepción de la sexualidad en la que la
misma no se reduce a lo meramente genital sino que se define como una
construcción biológica, psicológica y social que se encuentra directamente
vinculada al ejercicio de derechos fundamentales.
No obstante los avances registrados
durante los últimos tiempos, en ese sentido - tanto en el ámbito científico como en
el normativo - lo cierto es que todavía existen en nuestro país, resabios legislativos
de carácter discriminatorio y son frecuentes las situaciones de segregación y
violencia que sufre cotidianamente la población lésbica, gay, travesti, transexual,
transgénero, bisexual e intersexual (LGTTTBI).
El rechazo de la diversidad sexual
como derecho importa erigir a la injusticia y la desigualdad como pilares de la
sociedad, condenando a las personas discriminadas a la invisibilidad, la burla y los
estereotipos, el menosprecio, el maltrato y la exclusión, sólo por haber elegido vivir
apartándose del "parámetro" de la heterosexualidad.
Este patrón cultural de no aceptación
se sostiene en la vigencia de un paradigma androcéntrico en virtud del cual el
referente masculino domina la estructura social, condiciona el concepto de familia
y desplaza - hasta su aniquilación - el derecho a ser diferente.
El 7 de agosto de 2007, en la ciudad
de Montevideo - Uruguay - se realizó el Seminario sobre Diversidad Sexual,
Identidad y Género de las Altas Autoridades en Derechos Humanos del
MERCOSUR, en cuyo marco se expresó la urgente necesidad de trabajar para
erradicar la discriminación por orientación sexual e identidad/expresión de género
en nuestros países y reconocer los derechos de la diversidad sexual como derechos
humanos fundamentales.
El logro de ese objetivo exige el
fomento de una cultura no discriminatoria que rompa con el mito de lo que se
considera "natural" o "normal" y acepte como iguales maneras nuevas y no
uniformes de establecer relaciones sexuales, afectivas y familiares.
Para eso, resulta indispensable que el
Estado se ponga a la cabeza de la lucha contra la discriminación, que lleve
adelante medidas positivas tendientes a la integración social, económica, política y
legal de la población LGTTTBI y que comprometa su accionar en la difusión de
información, la concientización de la comunidad y en una visualización positiva de
la diversidad.
En ese sentido, entre las
recomendaciones surgidas del Seminario mencionado precedentemente, se
destaca la de "generar espacios institucionales específicos dentro del Estado que
trabajen temas de discriminación por orientación sexual e identidad/expresión de
género".
Se trata de conformar, dentro del
ámbito estatal, áreas especializadas que a partir de la interacción con las
organizaciones defensoras de los derechos sexuales, generen herramientas
precisas para hacer efectiva la garantía de igualdad consagrada en los Tratados
Internacionales de Derechos Humanos con rango constitucional, en un marco de
pleno de respeto a la diversidad.
Conforme esos lineamientos, a través
del presente proyecto venimos a proponer la modificación del Reglamento de la
Honorable Cámara de Diputados de la Nación, a efectos de la creación de una
nueva Comisión de Asesoramiento Permanente referida a la Diversidad
Sexual.
El objetivo es jerarquizar en la agenda
del Parlamento Nacional el tratamiento de esta temática, a fin de darle una mayor
visibilidad social y posibilitar un abordaje plural del que participen activamente las
organizaciones no gubernamentales involucradas y las personas afectadas por este
tipo de discriminación.
Es así que, entre las competencias de
dicha Comisión se enumeran el estudio y la implementación de medidas tendientes
a garantizar la difusión y protección del derecho a la libre orientación, identidad y
expresión sexual, el dictamen de los asuntos referidos a la revisión de normas en
las que subsistan contenidos de corte discriminatorio, así como el diseño de
políticas públicas que promuevan la efectiva igualdad de oportunidades y de trato
a favor de la población LGTTTBI.
La concreción de este tipo de
iniciativas contribuye a crear nuevos imaginarios sociales, a exponerse a visiones
alternativas de la vida, a expandir la esfera de los derechos de los ciudadanos y
ciudadanas, a conformar una sociedad más justa, con más igualdad y solidaridad,
una sociedad en el nadie sea estigmatizado y rechazado por afirmar su identidad.
Conforme lo expuesto y en el
convencimiento que la diferencia nos enriquece y en el respeto a la diferencia
podemos encontrar nuevos y mejores futuros posibles, es que solicitamos, Señor
Presidente, el tratamiento y la pronta aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CORTINA, ROY | CIUDAD de BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |