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PROYECTO DE TP


Expediente 2903-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA DEFENSA DEL YAGUARETE ARGENTINO.
Fecha: 09/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Administración de Parques Nacionales y, con relación a la defensa del yaguareté argentino, -Monumento Natural de la Nación-, informe sobre los siguientes puntos:
1.- Si tienen conocimiento que en un período de 15 años se han dado muerte a 40 animales de la especie yaguareté a causa de la caza furtiva.
2.- Si han sido informados que, conforme estudios de investigación efectuados por biólogos del Centro de Investigaciones del Bosque Atlántico (CEIBA), Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y la Fundación Vida Silvestre de Argentina, la población de yaguaretés se extinguirá en 20 años de no profundizarse las acciones a favor de su protección.
3.- Cuales son las medidas de emergencia adoptadas por cada uno de los organismos del Estado nacional mencionados precedentemente desde el año 2001 en que se sancionara la ley 25463 que lo declara Monumento Natural Nacional.
4.- Cuales son las acciones y aportes presupuestarios ejecutados desde el año 2001en el Corredor Verde misionero por los siguientes programas nacionales:
a) De Conservación de Especies Amenazadas;
b) De Protección de Hábitat de fauna silvestre y
c) De Manejo y Uso Sustentable de Especies Nativas.
5.- Cual es el aporte que realiza el Poder Ejecutivo nacional al proyecto de investigación y conservación de la especie -"Proyecto Yaguareté"-, que financia la Fundación Vida Silvestre Argentina y el WWF.
6.- Cuales son las principales estrategias acordadas con los gobiernos provinciales y con el Brasil para conservar la población del yaguareté en la Selva Paranaense.
7.- Si conoce la integración y funcionamiento de los Comités Ejecutivos creados en las jurisdicciones provinciales con el fin de evitar el grave retroceso numérico de los yaguaretés en sus territorios.
8.- Si conoce los fundamentos de la denuncia formal realizada por la Fundación Vida Silvestre ante la Fiscalía Federal Ambiental por la reciente matanza de un ejemplar de yaguareté (panthera onca) en la Provincia de Misiones.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto fue presentado bajo el número de expediente 0692-D-2012.
El yaguareté, es el mayor de los felinos vivientes en América. Su población está en grave riesgo de extinción, siendo la caza directa la principal amenaza a su supervivencia. Claro ejemplo de esto fue lo ocurrido el pasado 27 de febrero en el Parque Provincial Urugua-í, provincia de Misiones, donde, a escasos metros de un campamento de cazadores, se halló el cuerpo de un ejemplar de yaguareté silvestre (Panthera onca) bautizado con el nombre Guacurarí por los biólogos que le hacían un seguimiento a través de GPS. Se estima fue cazado al menos 20 días antes juzgando su avanzado estado de descomposición al momento del encuentro.
La población de yaguareté más austral del mundo está compuesta actualmente por entre 33 y 60 individuos y podemos encontrarla en el Corredor Verde misionero (área de conservación y uso sustentable creada por ley 3631 del año 1999). Su cuidado y conservación por ello debe extremarse, más aún si consideramos que la reproducción de este felino es muy lenta (las hembras tienen solo entre 1 o 2 cachorros cada 2 años y su promedio de vida es de 12 años).
En el ámbito legal, existe abundante legislación para la conservación del yaguareté, además de la Ley Nacional de Fauna Nº 22.421que declara de interés público la fauna silvestre que temporal o permanentemente habita el territorio de la República, así como su protección y conservación, esta ley impone a todos los habitantes de la Nación el deber de proteger la fauna silvestre, conforme a los reglamentos que para su conservación y manejo dicten las autoridades de aplicación. Encontramos también la Ley nacional 25.463/2001 que declara al yaguareté Monumento Natural Nacional, máximo grado de protección legal, del cual puede detentar una especie animal silvestre en nuestro país. Ello conlleva a que la especie será inviolable, no pudiendo realizarse respecto de ella actividad alguna. Además, es Monumento Natural Provincial en Chaco, Salta y Misiones, siendo esta última, pionera en reconocerlo como tal desde 1988. (Ley 2589). En Misiones también encontramos el Plan Provincial de Conservación de Grandes Felinos (ley 4137), pero esta ley, al día de hoy, lamentablemente, no ha sido reglamentada.
En razón a que la legislación protectoria de la fauna nacional encomienda específicamente a los organismos que son consultados en concurrencia con los estados nos preguntamos entonces:
¿Cual es el plan de manejo que se lleva a cabo para esta especie?,
¿Por qué no se reglamentó la Ley 4137/04 de Conservación de Grandes Felinos, por ejemplo, en la Provincia de Misiones?,
¿La ley de bosques asegura el hábitat del yaguareté?,
¿Cuales son las políticas a favor de los animales silvestres?,
¿porqué no se finalizó el plan de manejo del yaguareté?,
¿porqué ni el gobierno de Misiones ni el gobierno nacional implementa operativos suficientes y eficientes de control y vigilancia en las áreas del corredor verde?,
¿Como es posible que los sigan cazando siendo el yaguareté Monumento Natural Nacional, grado máximo de protección legal en lo que a animal se refiere?,
¿Cuantos yaguaretés deben perder su vida para tomar conciencia que la especie se encuentra en grave peligro de extinción?,
¿Cuánto hay que esperar para que se identifiquen y sancionen a los responsables de la caza de las razas protegidas?
La muerte de un yaguareté representa un grave delito ambiental y una enorme pérdida para la biodiversidad en la que estamos inmersos.
Si bien son variadas las campañas y los estudios de investigación realizados que intentan mostrar la situación actual del yaguareté y las acciones necesarias a implementar para garantizar la presencia de la especie y su hábitat, este hecho muestra claramente las amenazas que afectan a la especie; las carencias en la gestión de las autoridades nacionales y provinciales y pone en evidencia la gran necesidad por parte de todas las administraciones de redoblar los esfuerzos para su conservación.
Debemos tomar conciencia de la gravedad de la situación, por esto y en función de estas consideraciones y otras que sabrán expresarse en su oportunidad, solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PUERTA, FEDERICO RAMON MISIONES FRENTE PERONISTA
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
THOMAS, ENRIQUE LUIS MENDOZA FRENTE PERONISTA
AMADEO, EDUARDO PABLO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
10/09/2013 DICTAMEN Pprobado por Unanimidad con modificaciones, unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2534/2013 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1497-D-2013 y 2903-D-2013 CON MODIFICACIONES; DICTAMEN DE LA COMISION EN MINORIA: ARTICULO 108, SEGUNDO PARRAFO DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS 24/09/2013