PROYECTO DE TP
Expediente 2901-D-2006
Sumario: INDUSTRIAS DE PASTA DE CELULOSA: PROHIBICION DE LA EXPORTACION O IMPORTACION DE MATERIAS PRIMAS PARA SU FABRICACION.
Fecha: 31/05/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 61
El Senado y Cámara de Diputados...
PROHIBICIÓN DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN DE MERCADERÍAS DESTINADAS A LAS PLANTAS DE PASTAS CELULOSAS
Articulo 1: Prohíbase la exportación e importación de mercadería que posean como destino final o intermedio la provisión de materiales destinadas a las industrias de pastas celulosas , ubicadas en los países limítrofes a la República Argentina.-
Articulo 2: La citada prohibición comprende a las mercaderías destinadas a la construcción , y/o refacción de las Plantas aludidas en el articulo anterior, así como de materia prima necesaria para la etapa de producción de las industrias aludidas que se encuentren en funcionamiento.-
Articulo 3: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Debe entenderse como prioridad nacional la protección adecuada del medio ambiente como un derecho al cual tienen acceso todos los habitantes de nuestro país.-
En esta línea establecer determinadas reglas que tiendan a brindar como destino final, el goce del derecho a un ambiente sano y libre de contaminación , no pueden ser tildadas de ilegitimas ya que solamente servirán para resguardar a todos de eventuales daños que pudieran irrogar la instalación y funcionamiento de industrias de pastas celulosas que contienen contenidos altamente contaminantes y que en consecuencia, violan los derechos que por la presente se tiende a proteger.-
Las industrias aludidas, como las que actualmente se están construyendo en la vecina orilla de la República Oriental del Uruguay, nos referimos especialmente a Botnia y Ence, utilizan elementos que serían de alto contenido contaminante, conforme lo demuestran los numerosos estudios de impacto ambiental que se han realizado y que confluyen en un dictamen común en el sentido antes apuntado, de lo que se desprende que una vez que las mismas se encuentran en pleno funcionamiento, el daño que provocarían será irremediable, y difícilmente pueda ser acotado en cuanto a los perjuicios que se causen, no solo a las personas que habitan la zona , sino también a todas las especies vivientes que se encuentran en su vasta zona de influencia.-
La intención del presente proyecto es resguardarnos ante la intención de los países desarrollados de reubicar las industrias contaminantes en nuestra región , por lo que debe establecerse reglas claras que impidan que tanto en la actualidad como en el futuro todos aquellos materiales que puedan ingresar y/o egresar de nuestro territorio se encuentren marcados por una clara prohibición en cuanto a que su destino final, sea el desarrollo de este tipo de industrias que se están construyendo y de aquellas que en futuro puedan erigirse en zonas cercanas a nuestro territorio.-
Nuestra Constitución Nacional tiende a proteger a todos los habitantes de la contaminación del medio ambiente, cuando en el Artículo 41º establece que todos gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, en este sentido se ordena a las autoridades a promover la protección de este derecho , y la utilización racional de los recursos naturales, correspondiendo a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección y a las provincias las necesarias para complementarlas.-
En este sentido el presente proyecto tiende a brindar una adecuada protección a lo que la manda constitucional ha establecido, por ello que se debe prohibir que los materiales que se destinen a la construcción de plantas celulosas no puedan ni ingresar y en contrapartida egresar de nuestro país con destino a las mismas.-
Por los argumentos expresados solicito de mis pares el acompañamiento del presente proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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SOLANAS, RAUL PATRICIO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LAURITTO, JOSE EDUARDO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |
COMERCIO |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 06/06/2007 |