PROYECTO DE TP
Expediente 2885-D-2012
Sumario: LEY 24144, CARTA ORGANICA DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA: MODIFICACION DEL ARTICULO 15, SOBRE ESTATUTO DEL PERSONAL.
Fecha: 09/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 44
El Senado y Cámara de Diputados...
Modificaciones a la Carta
Orgánica del Banco Central de la República Argentina
Artículo 1°: Modifícase el inciso a) del
artículo 15 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, aprobada
por el artículo 1° de la ley 24.144 y sus modificaciones, por el siguiente texto:
"a) Dictar el estatuto del personal del
Banco junto con la participación de la entidad gremial nacional representativa de los
trabajadores bancarios y su comisión gremial interna, fijando las condiciones de su
ingreso, perfeccionamiento técnico y separación. Asimismo, en dicho estatuto se
preverá la creación de la Junta de Calificaciones."
Artículo 2°: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la redacción actual del inciso a del
artículo 15 de la Carta Orgánica del BCRA se estipula que le corresponde al directorio
"Dictar el estatuto del personal del banco, fijando las condiciones de su ingreso,
perfeccionamiento técnico y separación", lo cual excluye la posibilidad de que los
trabajadores de la entidad tengan injerencia en la misma. Los trabajadores son los que
mejor conocen el funcionamiento del banco y, como tales, deben tener la posibilidad de
participar en el dictado de la norma interna que regulará sus condiciones de trabajo.
Creemos que con una acción conjunta entre el directorio y los representantes de los
trabajadores se puede lograr una alquimia que pueda defender los intereses de ambas
partes buscando el mejor funcionamiento de la entidad sin dejar en una situación
desventajosa a los trabajadores. Por ello, propongo una redacción que permita la
participación gremial en el dictado del estatuto del personal del Banco.
Asimismo, la redacción propuesta prevé
una mayor participación de los empleados y busca clarificar las relaciones laborales
mediante la creación de una Junta de Calificaciones. Estas modificaciones no fueron
tenidas en cuenta en momento de ser tratada la ley 26.739, sancionada el 22 de marzo
pasado y permitirán la posibilidad de los empleados de participar de las decisiones que
afectan su vida laboral cotidiana.
Por lo expresado solicito a mis pares me
acompañen en la aprobación de éste proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
YAGÜE, LINDA CRISTINA | NEUQUEN | UCR |
SACCA, LUIS FERNANDO | TUCUMAN | UCR |
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO | CORRIENTES | UCR |
ORSOLINI, PABLO EDUARDO | CHACO | UCR |
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO | LA PAMPA | UCR |
FERNANDEZ, RODOLFO ALFREDO | CORRIENTES | UCR |
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
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