PROYECTO DE TP
Expediente 2878-D-2010
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA DECISION DEL SUPREMO TRIBUNAL FEDERAL DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, DE RECHAZAR UNA PETICION DE LA ORDEN NACIONAL DE ABOGADOS DE REVISAR LA LEY DE AMNISTIA APROBADA LUEGO DE LA DICTADURA MILITAR 1964 A 1985.
Fecha: 05/05/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1°
Manifestar su preocupación por la decisión adoptada
por el Supremo Tribunal Federal de la República
Federativa del Brasil, de rechazar una petición de la
Orden Nacional de Abogados para que pueda ser revisada
la ley de amnistía aprobada después de la dictadura militar
(1964-1985).
2° Exhortar
al Congreso Nacional brasileño a adoptar las medidas
legislativas necesarias para adecuar dicha ley a los
estándares internacionales en materia de protección de los
derechos humanos fundamentales.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
¿Rescatando la historia? (1)
El cuestionamiento a las amnistías que
favorecieron a represores de varias dictaduras en América latina llegó a Brasil. Desde
el 28 de abril, el Supremo Tribunal Federal (STF) brasileño comenzó a debatir la
constitucionalidad y extensión de la Ley de Amnistía de 1979, que permitió la exención
de juicios a los militares y torturadores del régimen de facto que gobernó Brasilia
desde 1964 hasta 1985 (foto del general Médici). La demanda, presentada en el año
2008 por la Orden de Abogados de Brasil (OAB), fue finalmente acatada por la Corte,
que deberá expedirse sobre si el olvido legal ampara o no los crímenes de lesa
humanidad practicados en ese entonces por agentes públicos, algo que en el texto no
está aclarado expresamente. El gobierno del mandatario Luiz Inácio Lula da Silva ya se
pronunció en contra de la derogación.
Los 11 magistrados del Tribunal Supremo
deberán en estos días definir los términos y el alcance de la polémica ley sancionada
durante el último régimen de facto. De acuerdo a la OAB, el principal punto de
conflicto en la legislación es el primer artículo del texto que perdona a todos aquellos
que cometieron crímenes políticos, sin delimitar claramente su aplicación para
crímenes comunes atribuidos a los miembros de la dictadura. "El texto de la ley no dice
expresamente que se amnistía a militares y torturadores. Consideramos que sí se
puede juzgar los crímenes comunes practicados por agentes públicos acusados de
homicidio, desaparición forzosa, abuso de autoridad, lesiones corporales, violaciones y
violencia contra los opositores", aseguró el presidente de la OAB, Ophir
Caravante.
"No se trata de venganza, sino de
rescatar la historia", estimó, para luego agregar que una lectura amplia de este artículo
iría en contra de los lineamientos de la Convención Americana de Derechos Humanos
de la OEA suscripta por Brasil.
Desde hace años, varios organismos de
derechos humanos reclaman la revisión de la ley que permitió la liberación de presos
políticos, la repatriación de exiliados y la exención de juicios a los torturadores. El
propio Estado brasileño reconoció más de 400 muertes, 200.000 torturados y 50.000
detenciones a opositores durante el gobierno de facto, según informó la Secretaría de
Derechos Humanos.
Sin embargo, tanto la opinión pública
como el gobierno aún mantienen disidencias sobre la derogación de la norma. Incluso
el presidente Lula, quien durante la dictadura estuvo algunas semanas en prisión por
su actividad como sindicalista, ha evitado en el pasado pronunciarse claramente sobre
el asunto, pero varias veces ha dado a entender que se opone a revisar la ley. Ayer,
durante la exposición de la defensa en el Tribunal, la posición del gobierno quedó
claramente definida con los dichos del procurador general de la República, Roberto
Gulel. "La construcción de la amnistía pasó por un largo debate nacional. Reconocer la
constitucionalidad de la Ley de Amnistía es distinto a compartir que se hayan cometido
delitos. Amnistía es un acto político de clemencia. La amnistía fue amplia, general e
irrestrica", dijo el abogado.
Aunque no se ha definido el tiempo que
tardará el tratamiento de la norma, si la Suprema Corte falla a favor de mantener la
amnistía en los términos que rigen hasta ahora, a la sociedad civil todavía le queda la
vía de la Justicia Internacional. Allí aguarda la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH), que ya se pronunció de manera contundente contra las leyes de
impunidad.
¿Abordará finalmente los crímenes del
pasado? (2)
El 28 de abril, el Tribunal Supremo de
Brasil se pronunciará sobre las interpretaciones de la Ley de Amnistía de 1979, que ha
protegido a los agentes estatales acusados de tortura, homicidios y violaciones
sexuales perpetrados durante el régimen militar.
Resulta extraordinario que, en el siglo
XXI, persistan dudas sobre la aceptabilidad de estos crímenes. El derecho internacional
y la Constitución brasileña son muy claros respecto a este tema. Los actos sistemáticos
o generalizados de tortura, desaparición forzada, ejecución extrajudicial y violación son
crímenes de lesa humanidad y, como tales, no pueden prescribir ni ser objeto de
amnistías.
Se espera que el Tribunal Supremo de
Brasil reconozca que, para investigar y juzgar a los responsables de estos crímenes, es
fundamental garantizar la justicia, la verdad y la reparación para las víctimas y sus
familias, al tiempo que se conforma la situación de Brasil a los numerosos tratados
internacionales en los que es parte.
Este paso transmitiría asimismo una señal
clara de que la cultura generalizada de impunidad para las violaciones graves de
derechos humanos que persiste hasta el día de hoy ya no es aceptable en un Estado
moderno y orientado al futuro como es Brasil.
Tras décadas de silencio, esta resolución,
junto con otras propuestas gubernamentales destinadas a abordar los crímenes del
pasado, trae consigo la esperanza de que finalmente se puedan obtener justicia,
verdad y reparación.
Los intentos -especialmente de algunos
elementos del ejército- de bloquear este proceso amenazan no sólo el Estado de
derecho en Brasil, sino también la idea misma de los derechos humanos. Incluso el
recientemente lanzado tercer plan nacional de derechos humanos se ha visto en
peligro por los vehementes ataques contra las propuestas de abordar los crímenes del
pasado.
Como país que lucha por labrarse una
sólida reputación mundial como nación próspera y progresista, Brasil no puede seguir
cuestionando la provisión de los derechos humanos fundamentales. Ahora es el
Tribunal Supremo el que debe reforzar la centralidad y la importancia de los derechos
humanos en la legislación brasileña. Sólo entonces podrán todos los habitantes de
Brasil vivir sin temor a que su propio gobierno justifique la violencia contra ellos.
Información
complementaria
Entre 1964 y 1985, Brasil estuvo bajo un
gobierno militar. Durante este periodo, los derechos civiles y políticos se vieron
limitados, y miles de personas fueron víctimas de encarcelamiento, tortura y
desaparición.
En 1979, el gobierno militar promulgó una
Ley de Amnistía que exoneraba todos "los delitos políticos y a aquellos relacionados
con delitos políticos", excluyendo expresamente a las personas acusadas de terrorismo,
secuestro, robo y ataques contra personas. Sin embargo, las interpretaciones judiciales
de la época entendieron que las violaciones de derechos humanos cometidas por
miembros del régimen militar estaban incluidas en la amnistía, ya que estaban
relacionadas con actos políticos.
Brasil está por detrás de países como
Argentina, Chile y Perú en lo que se refiere a abordar las violaciones de derechos
humanos cometidas por regímenes pasados. Mientras el país aún debate cuestiones en
torno a la interpretación de la ley, otros han avanzado un buen trecho respecto a llevar
ante la justicia a quienes supervisaron las violaciones de derechos humanos cometidas
contra miles de personas bajo gobiernos anteriores.
¿Consagrando la impunidad? (3)
Con una decisión histórica y con siete votos a
favor y dos en contra, el Supremo Tribunal Federal de Brasil ha rechazado una petición de la
Orden Nacional de Abogados para que pueda ser revisada la ley de amnistía aprobada después
de la dictadura militar (1964-1985) y de esa forma poder castigar algunos crímenes que no
deberían ser considerados políticos como la tortura, la desaparición de personas y el estupro. El
Gobierno del presidente Luiz Inácio Lula da Silva estaba dividido. Por ejemplo, el ministro de
Derechos Humanos Paulo Vannuchi y el ex ministro de Justicia, Tarso Genro, ambos de la
izquierda del Partido de los Trabajadores (PT) estaban a favor de revisar la ley de amnistía,
mientras que el ministro de Defensa, Nelson Jobim estaba en contra.
La discusión de los miembros del Supremo fue
pública y retransmitida por televisión. El Presidente, Cezar Peluso resumió en la motivación de
su voto a favor de mantener la ley de amnistía el parecer de la mayoría de los magistrados con
estas palabras: "Brasil hizo una opción a favor de la concordia nacional y debe ser respetada".
Según Peluso, además, la revisión de nada serviría en la práctica, ya que todos los crímenes ya
han prescrito.
El magistrado Celso de Melo alegó que la ley fue
el resultado de un amplio debate nacional para hacer posible la transición entre el régimen
militar y el régimen democrático actual. La mayoría de los que defendieron que no se revise la
ley insistieron en que fue una ley de consenso entre ambas partes que aseguró una transición
pacífica a la democracia. "La amnistía fue un acto de amor, fundado en la convivencia pacífica
de los ciudadanos", argumentó el magistrado Marco Aurelio Mello.
Una tarea del Congreso
Los dos únicos que votaron a favor de revisar la
ley, Ayres Britto y Ricardo Lewandowski, insisitieron en que la ley no podía incluir crímenes
que no son políticos, como la tortura, ya que "el torturador no es un ideólogo". Britto resaltó que
la mayoría de los torturadores no fueron militares y que la revisión de la ley sería incluso "una
forma de purificar a las fuerzas armadas". Los defensores de la revisión de la ley ya han
anunciado que podrán recurrir a los tribunales internacionales contra la sentencia del Supremo,
aunque éste, en realidad, no ha hecho más que rechazar la petición de la Orden de Abogados.
Algunos magistrados han recordado que el Supremo no podría revisar la ley, algo que sólo el
Congreso podría replantearse, como sostuvo, por ejemplo el magistrado Eros Grau, relator del
proceso y que a pesar de haber sido él mismo una de las víctimas de la dictadura de los
militares, se manifestó en contra de la revisión de la ley.
Incluso los que están contra la revisión de la ley
para evitar inútiles revanchismo en un país ya pacificado y consolidado en su democracia, están
de acuerdo en que se abran todos los archivos de la dictadura para que se pueda saber, por
ejemplo, donde fueron enterradas muchas de las víctimas dadas aún hoy por desaparecidas.
¿Abriendo grietas? (4)
La decisión de la máxima corte de Brasil de
mantener la Ley de Amnistía que impide juzgar a los torturadores de la dictadura militar (1964-
1985) abrió grietas en el gobierno y duras críticas de los organismos de derechos humanos.
El ministro de Derechos Humanos de Brasil, Paulo Vannucchi, calificó como "lamentable" la
decisión del Supremo Tribunal Federal de no modificar la Ley de Amnistía de 1979.
En cambio, la candidata presidencial oficialista, Dilma Rousseff, se pronunció a favor de
respetar el fallo y a actuar "sin revanchismo".
Para Vannuchi, Brasil está lejos de lo alcanzado en Argentina y Chile en términos de la
búsqueda judicial para sancionar las violaciones a los derechos humanos durante las dictaduras
militares.
"Es lamentable. Brasil necesita aprender a sancionar la tortura", dijo Vanucchi a la Agencia
Folha, al comentar la negativa del Superior Tribunal Federal, por 7 votos a 2, de sustituir un
artículo de la Ley de Amnistía de 1979 para poder procesar a acusados de tortura de la dictadura
(1964-85).
El gobierno, a través de la Abogacía General de la Unión (AGU), se pronunció a favor de
mantener la Ley de Amnistía, una visión diferente a la de Vannucchi, víctima de la
dictadura.
Todavía no se conoció la opinión del ministro de Defensa, Nelson Jobim, quien se oponía a la
revisión.
Otra víctima del régimen de facto, torturada durante un mes y detenida por casi tres años es la
ex jefa de ministros Rousseff, candidata presidencial del Partido de los Trabajadores del
presidente Luiz Lula da Silva.
"No estoy favor del revanchismo de ningún tipo. Lo que el Supremo decidió, decidido está. Es
la mayor corte del país y debe ser respetada", dijo Rousseff.
La ley dictada por el Congreso subordinado al dictador Joao Baptista Figueiredo en 1979
permitió la apertura política en el país, pero a la vez impide investigar judicialmente los casos
de tortura.
La demanda ante el STF había sido elevada por la Orden de Abogados de Brasil, que pidió
juzgar imprescriptible la tortura.
La organización Amnistía Internacional condenó hoy a la corte por haber ratificado la Ley de
Amnistía sancionada durante la dictadura militar (1964-1985), y recomendó a Brasil seguir el
ejemplo de Argentina y Chile.
Esa "decisión le coloca un sello judicial de aprobación a los perdones librados durante el
gobierno militar a quienes cometieron crímenes contra la humanidad", advirtió Amnistía
Internacional.
Consideraciones finales
La decisión adoptada por el Superior Tribunal es
un retroceso en lo referente a garantizar la protección de los derechos humanos fundamentales
consagrados en los instrumentos internacionales del cual el Brasil es Estado Parte. Por ello
solicitamos la aprobación de este proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MORANTE, ANTONIO ARNALDO MARIA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS |