PROYECTO DE TP
Expediente 2870-D-2013
Sumario: ESPECIES DE PINGÜINOS PATAGONICOS PENACHO AMARILLO "- EUDYPTES CHRYSOCOME -" Y DE MAGALLANES "- SPHENISCUS MAGALLANICUS -". SE LAS DECLARA MONUMENTO NATURAL.
Fecha: 08/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 44
El Senado y Cámara de Diputados...
MONUMENTO
NATURAL
Artículo 1º:
Declarar monumento natural sujeto a las normas establecidas por la ley 22.351 a
las especies de pingüinos patagónicos Penacho Amarillo (Eudyptes chrysocome) y
el de Magallanes (Spheniscus magellanicus).
Artículo 2º: La Administración de
Parques Nacionales deberá compatibilizar con el organismo que corresponda, el
plan de manejo para la especie en las áreas bajo su jurisdicción ajustándolo a la
política faunística nacional.
Artículo 3º: Los organismos
provinciales competentes podrán adoptar y coordinar con los organismos
nacionales planes de manejo y protección en los territorios a su jurisdicción.
Artículo 4º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El proyecto que vengo a
presentar guarda directa relación con la defensa del ambiente y los llamados
Derechos de Tercera Generación. Con la reforma de la constitución Nacional del
año 1994 se estableció en el artículo 41 que: "Todos los habitantes gozan del
derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para
que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin
comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El
daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo
establezca la ley.
Las autoridades
proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos
naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad
biológica, y a la información y educación ambientales."
De esta forma, la
protección al ambiente y la posibilidad de su protección fue garantizada y ampliada
en todo aspecto. Como señala María Angélica Gelly (Constitución de la Nación
argentina, comentada y concordada, tercera edición ampliada y actualizada pag
450) "a partir de la conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio ambiente
celebrada en Estocolmo en el año 1972, se incrementó la conciencia mundial
acerca de las responsabilidades gubernamentales y de los deberes personales y
sociales sobre la preservación y progreso de la calidad ambiental para las
generaciones presentes y las futuras. La conferencia declaró, formalmente, el
derecho humano a un ambiente adecuado para vivir en dignidad y bienestar y el
consecuente deber de proteger y mejorarlo".
De ahí surge el interés
por la protección del ambiente y la necesidad de actualizar la legislación a nivel
mundial. El artículo 41 de nuestra constitución nacional, hace precisamente
hincapié en la tutela de la diversidad biológica entendiendo por tal a la "pluralidad
de organismos y sistemas vivos existentes en la naturaleza, y que enriquecen y
preservan al conjunto en razón de su misma variedad. La protección de la
diversidad biológica supone la conservación de las diferentes especies naturales a
fin de evitar la denominada erosión biológica". Por ello se señala que es deber
elemental del Congreso de la Nación la protección ambiental, estableciendo los
aspectos centrales en la protección de nuestro ambiente.
El hombre es, en gran medida, el
responsable de las alteraciones que padece el planeta. Durante casi toda su
existencia las grandes perturbaciones fueron producto de fenómenos naturales -
catástrofes como los terremotos, las inundaciones, etcétera-. En los dos últimos
siglos el hombre es el responsable directo de esas perturbaciones y también es su
víctima.
Por otro lado, yendo a
nuestra legislación especial de protección de especies, debemos señalar que la
ley 22351, ley de Parques nacionales establece en su artículo primero que "podrán
declararse Parque Nacional, Monumento Natural o Reserva Nacional, las áreas
del territorio de la República que por sus extraordinarias bellezas o riquezas en
flora y fauna autóctona o en razón de un interés científico determinado, deban ser
protegidas y conservadas para investigaciones científicas, educación y goce de las
presentes y futuras generaciones, con ajuste a los requisitos de Seguridad
Nacional. En cada caso la declaración será hecha por ley"
A su vez, señala en el
artículo 8 que "Serán Monumentos Naturales las áreas, cosas, especies vivas de
animales o plantas, de interés estético, valor histórico o científico, a los cuales se
les acuerda protección absoluta. Serán inviolables, no pudiendo realizarse en ellos
o respecto a ellos actividad alguna, con excepción de las inspecciones oficiales e
investigaciones científicas permitidas por la autoridad de aplicación, y la necesaria
para su cuidado y atención de los visitantes."
Es por ello que el presente proyecto
tiene como objetivo dicha protección, entendiendo además que, mediante la
declaración como monumento natural, Parques Nacionales deberá actuar acorde
a sus objetivos principales de protección y conservación.
Ahora bien, el presente proyecto
propone declarar como monumento natural a las especies de pingüinos
patagónicos Penacho Amarillo (Eudyptes chrysocome) y el de Magallanes
(Spheniscus magellanicus).
Las principales colonias del pingüino
Magallánico están ubicadas en la costa de la Patagonia Argentina y eligen las
provincias de Chubut y Santa Cruz.
Los ejemplares de esta especie son de
tamaño medio, miden entre 50 y 60 cm de altura y llegan a pesar alrededor de 5
kg .Tienen cabeza negra y una franja blanca que empieza desde el ojo sigue por
los oídos y la barbilla finalizando en la garganta. Su ficha técnica describe que sus
alas son rudimentarias y que tiene absoluta incapacidad en el vuelo, aunque
buceando llegan a los 40 km de velocidad por hora.
Tienen un plumaje blanco en la parte
delantera, negro grisáceo en el dorso y dos franjas negras entre la cabeza y el
torso, los pichones en cambio, en la parte del pulmón presentan un color gris
sucio. Su característico plumaje le permite engañar a los depredadores que debe
enfrentar en el medio marino.
La gruesa capa de grasa que lo
envuelve y el aceite, que es segregado por una glándula especial, protegen e
impermeabilizan su plumaje y disminuyen la perdida de calor corporal. Esto resulta
indispensable dado que su ámbito natural es de bajas temperaturas. Además sus
vasos sanguíneos están distribuidos de manera tal que permiten una regulación
del calor más precisa para disminuir la energía que su cuerpo gasta.
Los calamares, pejerreyes, anchoítas,
sardinas, pulpos y otros crustáceos forman parte de su alimentación, la cual se
produce en el agua. Los expertos afirman que para una buena reproducción de
estas aves es necesaria una buena alimentación.
Los pingüinos son monógamos. Para
su reproducción buscan determinados sitios, por ejemplo bajo arbustos u otras
protecciones pero también buscan suelos blandos en donde puedan cavar sus
nidos. Las cuevas pre existentes son utilizadas y reacondicionadas año tras año
para una nueva puesta. En la época de septiembre, los primeros en llegar son los
machos que empiezan a preparar los nidos y en octubre arriban las hembras
comenzar el proceso de apareamiento. Las hembras ponen en general dos
huevos y la gestación tiene como duración 42 días en los cuales, tanto el macho
como la hembra, deben turnarse para empollar y alimentarse. Para febrero los
pichones comienzan a ser independientes, inician la exploración del mundo
marino, cambian y aprenden a mantener limpio su plumaje, y apenas iniciado el
mes de abril comienzan la migración hacia el norte en búsqueda de aguas más
cálidas.
El armadillo, el zorro colorado, petrel
gigante, skua, los zorrinos y las gaviotas son depredadores de sus huevos y
pichones. Las reseñas establecen que solo uno de los dos pichones llega a
convertirse en adulto. Otros motivos que pueden causar su muerte de manera
indirecta son los accidentes ambientales que han surgido con los derrames de
petróleo.
En Santa Cruz podremos encontrarlos
en Cabo Vírgenes, Puerto San Julián, Puerto Deseado, Cabo Guardián y Parque
Nacional Monte León. En Chubut se ubican en Península Valdés, Cabo dos
Bahías y Punta Tombo.
Cabo Vírgenes se encuentra en la
provincia de Santa Cruz aproximadamente a 135 km. al sur de la ciudad de Río
Gallegos. La reserva faunística provincial Cabo Vírgenes posee una superficie de
1230 hectáreas y una gran biodiversidad que alberga aves tales como halcones
peregrinos, chorlitejo doble collar, cormoranes imperiales, paloma antártica, garza
bruja, cauquén común, biguá, flamenco austral, maca grande, playerito blanco,
gaviota austral, gaviotín cola larga y gaviota parda antártica. Podemos apreciar
también colonias reproductivas de bandurria austral, gaviota cocinera y cormorán
cuello negro. Todos los años en este lugar desde octubre anida una colonia de
pingüinos magallánicos, escogiendo este sitio para el cortejo, puesta de huevos e
incubación.
La población ronda las 85.000 parejas,
es una de las pinguineras más austral del mundo y una de las más importantes de
la costa del Atlántico.
Puerto San Julián es otra localidad de
Santa Cruz ubicada a unos 380 km de la capital, de la provincia. A más de 20 km
al norte de San Julián se puede apreciar una lobería no reproductiva en donde
habitan lobos marinos de un pelo, y entre otros atractivos turísticos de la ciudad
encontramos el área natural protegida Reserva Natural de San Julián.
Allí habitan especies como la tonina
overa y además se pueden apreciar distintas especies de cormoranes. Hay una
zona que se llama Banco Cormorán ubicado a 1 km de la ciudad, en donde se
reúnen alrededor de más de 130.000 pingüinos de Magallanes para nidificar.
Esta reserva está conformada por más de 10.000 hectáreas.
Aproximadamente a 160 km al sur de
la ciudad de Puerto Deseado encontramos Cabo Guardián ubicado en la costa
norte de la provincia de Santa Cruz .Este lugar está protegido por la Reserva
Natural Provincial Intangible Bahía Laura que abarca casi 20 km de camino
costero .En esta zona encontramos animales que nidifican como el ostero negro,
ostero común, Skua Chileno y Skua antártico. También hallamos además de
colonias de nidificación del pingüino de Magallanes, el del cormorán cuello negro,
cormorán imperial, cormorán gris, biguá, y gaviota cocinera. No podemos pasar
por alto dos especies muy atractivas de la reserva son el pato crestón y el pato
vapor.
Otra ubicación de los
pingüinos en Santa Cruz es en el Parque Nacional Monte León que se encuentra a
200 km de Gallegos En el año 2004 se aprobó la ley creando el Parque nacional
Monte Léon convirtiéndose en el primer parque de la costa marina continental de
Argentina. La página oficial del Parque nos resume la importancia de su creación y
conservación: "El motivo fundamental de su creación se basa en el hecho de que
constituye una muestra representativa de la biodiversidad costera patagónica en
buen estado de conservación, con sitios de valor paleontológico y arqueológico,
una importante colonia de pingüinos de Magallanes, compuesta
por aproximadamente 150.000 individuos, siendo ésta la cuarta colonia en
importancia del país y la segunda en importancia de la provincia de Santa Cruz.
Además está fuertemente caracterizado por el especial paisaje que lo conforma,
tal como lo expresara el Perito Moreno 130 años atrás. Una de estas
curiosas geoformas, la Cabeza del León (una pequeña península que se inserta
en el mar), es la que le da el nombre al área y por siglos fue referencia de los
navegantes que surcaron sus costas".
Los pingüinos de penacho amarillo
(Eudyptes chrysocome) tienen la cabeza y la espalda negra y su vientre es blanco.
El pico es naranja, sus ojos son pequeños de un color rojo brillante y las cejas
son de color amarillo teniendo cada una penachos de plumas alargados hacia
atrás también de color amarillo. Este rasgo tan particular y llamativo sirvió para
que el pingüino de penacho amarillo fuera protagonista de varias películas
infantiles que cautivaron a grandes y a chicos.
Son los más pequeños en la categoría
de los pingüinos crestados. Pesan alrededor de 3,5 kg y su altura máxima alcanza
unos 55 cm. Su manera de trasladarse es mediante pequeños saltos con ambas
patas juntas, las garras de esas patas son filosas y esto le sirve para poder
desplazarse sobre terrenos rocosos bastante empinados y para poder cazar sus
presas con facilidad. Se alimentan de pulpos, calamar, krill, pescado, plancton,
crustáceos, sepias y moluscos.
El apareamiento transcurre durante el
verano, las parejas se mantendrán a lo largo del tiempo. De los dos huevos que
ponen sólo uno llega a término, esto es por culpa de los depredadores. Al igual
que los pingüinos magallánicos los pingüinos de penacho amarillo se alternan en
el cuidado de los huevos, que tardan 34 días en ver la luz. Se recomienda no
acercarse a los nidos porque atacan con el pico a cualquier intruso, ya sea un
animal o un hombre.
Algunas de sus mayores poblaciones
están ubicadas en las Islas Diego Ramírez e Islas Cabo de Hornos al sur de
Chile. En Argentina se encuentran en la Isla Pingüino ubicada en la provincia de
Santa Cruz y en algunas Islas que conforman el archipiélago de las Malvinas.
Otras poblaciones menores están situadas en otras Islas al sur del país.
En Puerto Deseado encontraremos la
única colonia del particular pingüino de penacho amarillo que habita en la costa
patagónica. Para lograr conocerlos hay que navegar 25 kilómetros mar abierto
hasta llegar a la Reserva Provincial Isla Pingüino. También tenemos una gran
variedad de fauna conformada por cormoranes grises, gaviotas marineras,
gaviotines, skuas, petreles, ostreros, gaviotas grises, lobos marinos de un pelo y
muchas especies más. Esto puede apreciarse en una isla pequeña que tiene más
de mil doscientos metros de norte a sur y poco más de un Kilómetro de Este a
Oeste.
Los turistas que visitan la isla quedan
maravillados con las riquezas faunísticas pero también merece más de una foto el
faro abandonado que data de 1903 y que hoy es resguardo de muchas aves.
También pueden observarse las viejas calderas abandonadas de lo que fue
alguna vez una producción dedicada a la fabricación de aceite a base de lobos
marinos.
En octubre de 2011 se realizó en
Puerto Deseado el Festival del Pingüino de Penacho Amarillo que contó con la
participación de artistas locales y nacionales y con gran convocatoria de público
que se acercó a celebrar y a reconocer al ave insignia.
Como antecedentes de monumentos
naturales en Argentina, podemos señalar la declaración de monumento natural a
la Ballena Franca Austral por medio de la ley 23094. También, a través de la ley
24702 se estableció que "serán monumentos naturales en los términos del artículo
8 de la Ley 22.351 las especies vivas de los ciervos andinos Hippocamelus
bisulcus (huemul, güemul o guamul (araucano), shoan, shoam o shonen
(tehuelche), ciervo andino, huemul del sur, trula o trulá, huemul chileno, hueque,
ciervo (Patagonia austral) e Hippocamelus antisensis (tarusch, taruga, taruka o
chacu (quichua), venado, huemul del norte o norteño, huemul, gamo, venado
cerrero, huemul cordillerano, huemul peruano, peñera.
Por los motivos expuestos es que
solicito a mis pares que me acompañen con su voto para seguir ampliando la
protección de nuestros tesoros nacionales.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BLANCO DE PERALTA, BLANCA | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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06/08/2014 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |