PROYECTO DE TP
Expediente 2869-D-2015
Sumario: CENTRO INTERCULTURAL DE FORMACION SUPERIOR DE LOS PUEBLOS INDIGENAS. CREACION EN LA PROVINCIA DE JUJUY.
Fecha: 20/05/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 53
El Senado y Cámara de Diputados...
PROYECTO DE
CREACIÓN DE LA EXPERIENCIA PILOTO: CENTRO INTERCULTURAL DE
FORMACIÓN SUPERIOR DE LOS PUEBLOS INDIGENAS
El Senado y Cámara de
Diputados,...
Centro intercultural de
formación superior de los pueblos indígenas. Creación y finalidad.
Artículo 1º.- Créase el centro intercultural de
formación superior de los pueblos indígenas, en la Ciudad de Humahuaca con una
estructura organizativa que contempla una sede y diversas Núcleos Educativos Itinerantes
que acerquen a las comunidades la oferta educativa en los términos del artículo 6º de la
presente Ley.
Artículo 2º. El centro intercultural de
formación superior de los pueblos indígenas se regirá por las disposiciones de la presente
Ley.
Artículo 3º.- La apertura de la Centro
funcionará como experiencia piloto por un período que fijará la autoridad de aplicación y
que se fijará en un plazo de 90 días a partir de la sanción de la presente Ley. El mismo
estará destinado a implementar y evaluar el funcionamiento de esta nueva estructura y
organización de Educación Superior.
Artículo 4º.- Una vez cumplido el período
fijado por la autoridad de aplicación, realizada la evaluación de la experiencia piloto. En
caso de que los resultados de la evaluación indiquen falencias en la implementación de las
áreas administrativas y/o académicas, deberán realizarse todas las acciones y/o
modificaciones necesarias para dar cumplimiento a la presente ley.
Artículo 5º.- El Centro Intercultural de
Formación Superior de los Pueblos Indígenas con asiento en la localidad de Humahuaca,
comenzará a funcionar abarcando a las comunidades de su zona de influencia y se
expandirá gradualmente en forma radial hasta completar la cobertura de la provincia de
Jujuy, en consonancia con su desarrollo organizativo y académico.
Artículo 6º.- Se entiende por centro
intercultural de formación superior de los pueblos indígenas a aquel que establece un tipo
de relación simétrica entre las visiones, creencias y teorías de las culturas de los pueblos
indígenas y las de las diferentes ciencias y una forma organizativa que contemple los
principios comunitarios.
Artículo 7º.- El centro intercultural de
formación superior de los pueblos indígenas tiene como finalidad principal y prioritaria
generar un espacio académico desde la cosmovisión indígena para atender a la educación
de todas las sociedades y pueblos que conforman la actual Nación Argentina, desarrollando
las siguientes acciones:
a) Crear un sistema de educación
superior con identidad, dentro de un marco de integralidad del conocimiento que permita
superar la ruptura entre la práctica y la teoría;
b) formar técnicos, tecnólogos y
profesionales con visión intercultural, que aporten a la solución de los problemas de los
pueblos indígenas y a la región, incluyendo la
formación humanística, que los habilite para
desenvolverse en un plano directivo y creativo dentro de la sociedad, creando un espíritu
de solidaridad social;
c) convertir el espacio académico
en un ámbito de conocimientos humanos de carácter intercultural que cobijen la gama de
saberes de los pueblos indígenas, generando líneas de investigación propias y apropiadas, y
la formulación y ejecución de proyectos de desarrollo con identidad;
d) formar pedagógicamente a los docentes
dedicados a la enseñanza de la población indígena en todos sus niveles;
e) coordinar programas de apoyo a la
educación intercultural, pedagogías indígenas, acciones de recuperación cultural y a
investigaciones históricas protagonizadas por las comunidades;
f) promover y facilitar las investigaciones,
estudios y experiencias necesarios para el mejoramiento y desarrollo de las comunidades, y
asesorar dentro de la esfera de su competencia, a los poderes públicos y a los actores
privados en la organización, dirección, fomento y promoción de la población y de la
industria local y nacional;
g) establecer una vinculación estrecha con
las organizaciones indígenas del país y del exterior, con las instituciones de educación
superior y cultural nacional y extranjera, con actores económicos e industriales nacionales y
sus organismos representativos.
h) aportar en la construcción de
una nueva Sociedad Intercultural Con-vivencial.
Artículo 8º.- Las carreras que se crean en el
ámbito del centro intercultural de formación superior de los pueblos indígenas atenderán en
forma prioritaria la demanda de educación y formación profesional de las comunidades de
influencia, consensuando con éstas las carreras a abrir; respondiendo a sus necesidades de
desarrollo económico, social y cultural.
Artículo 9º.- El Centro abrirá las carreras en
las localidades en donde se asientan las diversas comunidades, ofreciendo tecnicaturas,
profesorados y cursos de formación, de acuerdo a las necesidades detectadas y a la mejor
forma de cubrirlas.
Artículo 10.- El Centro de Formación
Superior se abrirá con un colegio de educación media y orientación técnica, el cual tendrá
la misma organización que el Centro, debiéndose ajustar al articulado de la presente ley. A
tal fin contará con Núcleos Educativos Itinerantes que funcionarán en forma articulada con
las del Centro.
Comunidades.
Artículo 11º.- Se considera como
comunidades indígenas a todas aquellas comprendidas en el artículo 2º, párrafo segundo de
la Ley 23.302.
Núcleos Educativos Itinerantes
Artículo 12º.- Se define como Núcleos
Educativos Itinerantes a la oferta educativa compuesta por los equipos docentes y los
recursos materiales que se consideren necesarios, para llevar adelante carreras de
licenciaturas, tecnicaturas o cursos, en el lugar donde se genere una demanda de formación
y según corresponda. Esta modalidad se probará como parte de la experiencia piloto, en
tanto forma de facilitar la accesibilidad a los recursos tecnológicos y académicos, de
articular los recursos materiales con que cuentan las comunidades y sortear las dificultades
de movilidad de los estudiantes, evitando que tengan
que interrumpir las tareas comunitarias debido
a las distancias que deben recorrer para llegar hasta la Sede.
Organización curricular.
Artículo 13º.- El Centro contará con las
siguientes tipologías de currículo:
a) Para carreras de grado de ciclo de corta
duración,
b) Para carreras de grado de ciclo de larga
duración,
c) Para carreras de formación de
docentes,
d) Para actualización en formación para el
trabajo.
Artículo 14º.- Los Planes de Estudio de las
carreras de grado estarán conformados por troncos comunes y grandes ramas, conformando
tres ciclos:
a) De formación general (común a todas
las ofertas) que incluya como eje la formación en los principios culturales y ancestrales
(formación comunitaria, estudio de la/s lengua/s originaria/s hablante en la región, formas
de ver, sentir y hacer en el mundo acordes a la cosmovisión),
b) De formación básica, común a carreras
con disciplinas afines, reflejando la interculturalidad de los conocimientos,
c) De formación especializada, dirigido a
la especificidad de cada carrera particular, reflejando la interculturalidad de los
conocimientos.
Autoridad de aplicación y Comisión
Organizadora
Artículo 15º.- El Ministerio de Educación de
la Nación es la autoridad de aplicación de la presente ley y designará una comisión
organizadora encargados de estructurar académicamente el Centro, convocar a la primera
asamblea que elegirá al rector y dictará su estatuto, el cual contemplará una organización
colegiada. El plazo para la designación de la comisión organizadora será fijado en un plazo
de 90 días desde la sanción de la presente.
Artículo 16°.- La comisión organizadora
deberá conformarse con: miembros referentes de los conocimientos de los pueblos
indígenas de la región, miembros del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), del
Consejo Educativo Autónomo de Pueblos Indígenas (CEAPI), El Concejo de Pueblos
Indígenas (CPI), equipos académicos vinculados a temáticas de la problemática indígena e
intercultural con reconocida trayectoria y representantes de las organizaciones de
estudiantes universitarios indígenas.
Financiación y Fondo del Centro.
Artículo 17º.- Los gastos que demande la
aplicación de la presente ley serán atendidos con partidas de crédito que determine el
Ministerio de Educación, hasta la inclusión del centro intercultural de formación superior
de los pueblos indígenas en la ley de Presupuesto y con todo otro recurso percibido
mediante:
a) las contribuciones, subsidios y
donaciones que las provincias, municipalidades y reparticiones públicas destinen para el
centro, previa aceptación por parte de éste;
b) las contribuciones, legados y
donaciones que acepte el centro de personas físicas y/o jurídicas privadas;
c) los derechos de explotación de
patentes de invención o derechos intelectuales que pudieran corresponderle por trabajos
realizados en su seno;
d) todo otro recurso lícito que le
corresponda o pudiera crearse a excepción que el mismo provenga de actividades basadas
en actividades con consecuencias, efectos e impactos probadamente negativos sobre el
ambiente y las comunidades.
Artículo 18º.- El Centro Intercultural de
Formación Superior de los pueblos Indígenas, quedará facultado a suscribir convenios
destinados al financiamiento de la misma o actividades académicas, con fundaciones con
objeto exclusivo, donaciones de particulares y entidades privadas sin fines de lucro, que
cumplan con los requisitos del inciso d) del artículo 17º de la presente Ley.
Artículo 19º.- El Centro Intercultural de
Formación Superior de los pueblos Indígenas constituirá un "Fondo Institucional" con el
aporte de las economías que realice sobre el presupuesto que se financie con recursos de los
artículos 17° y 18°. Su utilización será dispuesta por el consejo colectivo, con preferencia
para los siguientes fines:
a) adquisición, construcción,
locación, refacción o instalación de inmuebles y laboratorios;
b) material técnico, didáctico o de
investigación;
c) biblioteca o publicaciones;
d) becas, viajes o intercambio de
alumnos y profesores;
e) contratación de profesores,
técnicos e investigadores para proyectos a término.
f) comedor.
g) construcción y mantenimiento
de albergues estudiantiles.
h) viáticos de docentes desde y
hasta las diferentes unidades académicas.
Artículo 20. Comuníquese al Poder
Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Sr. Presidente:
"¿Qué pesares o qué
sentimientos nostálgicos pueden encontrar en estos pueblos sumidos por el poderoso
verdugo? En donde se preguntan ¿Quién soy? ¿De dónde vengo? ¿Puedo permanecer en
esta indiferencia por mucho tiempo más? Creen que la vida humana es como la vida de
una mariposa en constante transformación. Una metamorfosis. Igual que una mariposa no
se muere, porque el padre es el hijo, así, como el hijo es el abuelo y será también los que
vendrán. Pretenden romper el esquema de relaciones enajenadas que el poder del estado
perpetua automáticamente al anidar en la subjetividad de cada originario. Buscan una
satisfacción moral de un acto de libertad que está dado por una educación universitaria.
Esperan que alguien les diga ¡Existes!...En fin ... es duro de pasar por esa prueba... Pero
¡Tenemos una esperanza!" Con estas palabras, Luis Sosa, originario de Negra Muerta,
Provincia de Jujuy, expresa los sentimientos que van surgiendo en la lucha por lograr que
las Leyes N° 26206 de Educación Argentina y la N° 23.302 de Protección de las
Comunidades Indígenas se cumplan en forma efectiva.
I
La presente ley reúne, en su
gestación, una serie de características particulares:
1) Surge a partir de la
iniciativa de un grupo de miembros de comunidades asentadas en diversas localidades de
la provincia de Jujuy (cuyas firmas acompañan este proyecto) que, luego de agotar en su
jurisdicción una serie de instancias de solicitud de estudios universitarios para los jóvenes
de sus comunidades, recurren a la Cámara de Diputados de la Nación viéndola como la
última opción a su alcance para concretar una respuesta a sus demandas, hasta este
momento desoídas.
2) Al contrastar este pedido
con las miradas de diversas comunidades de otras provincias del país, surge la idea de
crear una Universidad Nacional que pueda atender en las distintas regiones la demanda de
estudios superiores y universitarios de estas comunidades, a efectos de maximizar los
recursos dispuestos a tal fin, teniendo en cuenta el alto grado de dispersión de estas
poblaciones así como la amplitud -y pertinencia- de las peticiones ya manifiestas y/o por
venir.
3) El proyecto adquiere su
forma definitiva al reunir los aportes de diversas comunidades indígenas, de equipos
académicos vinculados a la problemática que desarrollan su labor en distintos centros de
investigación del país, y de otros proyectos similares ya vigentes en Latinoamérica (Brasil,
Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, México, Nicaragua, Perú, Venezuela). Se adjuntan a
esta fundamentación tanto antecedentes legales de Latinoamérica consultados, como
equipos de investigación y comunidades de nuestro país que dieron su apoyo.
4) En correspondencia con
el pedido inicial, se propone la apertura de la primer Sede en la Región NOA, con las
primeras unidades académicas en las comunidades de origen de los grupos que, al hacer
visibles sus demandas, ponen en marcha el proceso que concluye con este proyecto de
ley.
II
En el discurso de apertura
del corriente año legislativo, la 131º sesión ordinaria, la presidenta de la Nación se refirió
extensamente a los logros de su gestión; entre los mismos destacó la creación de las
universidades del conurbano, diciendo: "... desde que hemos creado más de nueve
Universidades en los sectores más populares, las Universidades han dejado de ser una
élite para poder tener acceso también la primera generación de universitarios del país
cuyos padres no fueron universitarios". Significó que la creación de nueve nuevas casas de
altos estudios nacionales "ha contribuido también al acceso a ese servicio, a este bien
democratizador. Nada más democratizador, nada más igualador, nada más nivelador que
la educación pública y gratuita en todos los niveles". "Queremos que en toda la República
Argentina se agregue valor y para eso necesitamos el compromiso del Estado nacional con
la educación pública. Si de algo puedo enorgullecerme es de pertenecer a un proyecto
político que ha hecho de la educación uno de sus ejes. Jamás se ha reconocido a docentes e
investigadores como con este Gobierno. El compromiso de este proyecto político con la
educación pública es inquebrantable. Allí está el futuro de nuestro país y de nuestros
hijos". Y exhortó a "...lograr que hasta el último argentino tenga la vista en alto ante
cualquier persona. No puede haber un solo argentino que baje la vista porque le dijeron
alguna vez que no podía ver al patrón".
Nuestra historia acredita que
entre quienes más tuvieron que "bajar la cabeza" se encuentran los miembros de las
comunidades indígenas. No sólo la tuvieron que bajar ante el patrón, también cada vez que
develaban su identidad, su cosmovisión, su forma de ver, ser y hacer en el mundo... su
cultura.
III
El Estado tiene una deuda no
sólo histórica, sino de derecho. Los pueblos indígenas no pueden continuar esperando 200
años más para que se repare la expoliación a la que han sido sometidos. Las zonas que
habitan son las que más necesidad tienen de una promoción social, económica y cultural.
Creemos que el asiento de una universidad con estas características, a partir de la
formación de recursos humanos con sentido comunitario, productivo e identidad cultural,
intensificará la posibilidad de terminar con la impronta colonial con la cual se gestó la
Educación Universitaria. A partir de las políticas represivas intervencionistas de la última
dictadura este sesgo -que empezaba a ser cuestionado y revertido- se acentuó; y a pesar de
las reformas que lentamente se están llevando a cabo a partir de la reapertura
democrática y su consolidación, aún predominan las miradas y marcos de acción,
apoyados en perspectivas dictados desde los centros académicos hegemónicos europeos y
estadounidenses.
Sobre esta nueva base, será
posible articular la educación universitaria con las necesidades regionales y la
participación de las comunidades organizadas en la región. Este reconocimiento permite
contar con un aporte cualitativamente irreemplazable para la solución de los grandes y
urgentes problemas que hoy enfrenta la Argentina. Un Plan estratégico para el país no
puede dejar por fuera el pensamiento local y latinoamericano del cual estos pueblos son
parte constitutiva. Las matrices de pensamiento latinoamericano que hoy reivindicamos se
estructuran en torno al acervo cultural de estos pueblos. Es hora de reconocerlo y sobre la
base firme de ese reconocimiento, ampliar los marcos de educación universitaria de
nuestro país.
Como afirma Javier
Rodríguez Mir (2008)..."El movimiento indígena en América Latina impulsa una profunda
transformación de los estados nacionales que nos invita a abandonar el imaginario
monocultural del estado nación en pos de una sociedad pluricultural y pluriétnica más
justa y equitativa. Los esfuerzos de los pueblos indígenas han fructificado. Sin embargo,
los avances aún no son suficientes porque no es fácil revertir extensos procesos históricos
de opresión y sometimiento. También es hora de que las sociedades nacionales y sus
estados realicen esfuerzos tendentes a lograr sociedades pluriculturales que respeten y
hagan cumplir los derechos que les compete a las sociedades nativas. No sirve de nada que
el reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios se plasme en las
constituciones nacionales o en declaraciones universales si luego no se aplican y se
efectivizan. Es fundamental que los estados reconsideren sus políticas públicas en relación
a los pueblos indígenas para conformar sociedades más justas, equitativas y
democráticas".
De allí la importancia de
constituir una Universidad abierta a toda la población, organizada por comunidades
indígenas, con el sustento de sus cosmovisiones, desde la cual empezar a construir un
diálogo en paridad de estatus con las voces y el conocimiento producido en otros ámbitos.
El objetivo no es simplemente "permitir que reciban" el conocimiento científico, sino
garantizar la posibilidad de que sus conocimientos se expresen y se desplieguen en ámbitos
especialmente dedicados a la investigación y el estudio. Se trata de destinar recursos de la
Nación para que nuestros pueblos puedan ser reconocidos en tanto productores de un
conocimiento cuya validez y pertinencia social e histórica no deja de confirmarse:
escuchar la voz de nuestros pueblos ofrece oportunidades de transformación para los
problemas que tantas veces genera y no resuelve la ciencia occidental.
IV
Para comprender el alcance
del desafío, se hace necesario recordar la historia de Latinoamérica ... "que ha sido
fuertemente marcada por la conquista y colonización, con masacres, despojos de territorio,
desplazamientos y reorganización social y territorial de los pobladores originales de esta
parte del mundo..." (Mato, D; 2011; 67). La constitución de los estados nacionales optó,
en el último cuarto del siglo diecinueve, por perspectivas políticas que profundizaron el
ataque, a fin de lograr el exterminio físico y el aniquilamiento de toda reminiscencia de los
estilos de vida, las cosmovisiones y las prácticas organizativas de nuestros pueblos, con la
meta de desarrollar, "a través de sus políticas educativas y culturales, imaginarios
nacionales homogeneizantes, negadores de las diferencias" (Mato, op.cit.).
La fortaleza de estos pueblos
y de sus culturas hace que, a pesar de tanto sometimiento y agresión, persistan física y
simbólicamente, constituyendo una permanente base de riqueza y diversidad cultural. Sin
embargo, a pesar de la resistencia y capacidad creativa expresada en sus estrategias de
vida, "...las diferencias étnicas y raciales (...) continúan asociadas a inequidades moral,
económica y socialmente insostenibles" (Mato; op.cit).
Como reparación histórica
de esta realidad; y en reconocimiento de la diversidad que nos nutre, actualmente las
constituciones de la mayoría de los países latinoamericanos -entre los cuales se cuenta la
de la Argentina- reconocen a los pueblos indígenas derechos de idioma, identidad y otros
de carácter cultural; tienen además leyes específicas de protección a estos derechos, con
especial acento en cuestiones de territorio y educación.
Así y todo, como dan cuenta
diversos autores de nuestros países, estas normativas aún tienen escasos efectos prácticos
(Mato, 2011. Además, Zafaroni y Guaymass, 2012; Guaymás, 2012; Binstock, G y M.
Cerrutti, 2010; Rodríguez Mir, 2008; entre otros).
V
En esta misma línea, y con el
objetivo de lograr revertir esta dificultad para "llevar a la práctica lo enunciado", en la
última década son importantes los avances del Estado argentino en el reconocimiento de
derechos en materia educativa en general, y en particular la referida a las poblaciones
indígenas. Se ha creado la Modalidad Intercultural Bilingüe y se va ampliando la
cobertura de los niveles Inicial, Primario y Secundario. La Resolución Ministerial 1119 del
12 de Agosto del 2010, reconoce al Consejo Educativo Autónomo de Pueblos Indígenas
(CEAPI), con función consultiva y de asesoramiento ante el Ministerio de Educación de la
Nación y el Consejo Federal Educativo para la planificación y gestión de la Educación
Intercultural Bilingüe. En la misma resolución, amparándose en el artículo 52 de la ley
Nacional de Educación 26.206, define a la Educación Intercultural Bilingüe, como la
"modalidad del Sistema Educativo de los Niveles Inicial, Primario y Secundario que
garantiza el derecho constitucional de los pueblos indígenas, conforme al artículo 75,
inciso 17 de la Constitución Nacional, a recibir una educación que contribuya a preservar
y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, su cosmovisión e identidad étnica; a
desempeñarse activamente en un mundo multicultural y a mejorar su calidad de
vida".
En concordancia con el
creciente reconocimiento de los derechos de este sector de la población, y para dar
respuesta a la demanda de numerosos jóvenes que desean continuar su formación, a
medida que se desarrolla la oferta educativa específica para los pueblos indígenas en los
niveles obligatorios de la enseñanza, implica necesariamente repensar el acceso al Nivel
Superior y Universitario. De hecho, la ampliación de los niveles de obligatoriedad de la
escolaridad, hace necesario trabajar en pos de la viabilidad y accesibilidad a la educación
superior a fin de valorar y dar continuidad a lo que el nivel medio representa como
alternativa. Tal como se cita en "Experiencias de Educación Artística, Cultura y
Ciudadanía", publicado por el Ministerio de Educación de la Nación (xxxxx) referido a la
experiencia del Bachillerato Provincial N° 13, Comandante Luis Piedra Buena,
Departamento de Susques, Provincia de Jujuy: "...debido a las difíciles posiblidades de
cursar estudios de nivel superior, que involucran trasladarse a la ciudad y costearse una
carrera, muchos jóvenes no terminan sus estudios secundarios, bajo el pesimismo de 'para
qué me va a servir si después voy a terminar cuidando llamas' o en su defecto repiten año
a año el curso.
Si el Estado considera
relevante garantizar la educación de las comunidades indígenas atendiendo a la
preservación y fortalecimiento de sus pautas culturales, la oferta de una educación
superior universitaria que atienda a las mismas premisas, no puede continuar
demorándose.
A la hora de planificar y
garantizar su acceso a este nivel educativo, debe contemplarse que los pueblos indígenas
tienen una historia particularmente unida a sus territorios ancestrales. Respetar y valorar
sus identidades culturales, así como habilitar el "Buen vivir" y el "bien estar" económico
y social de las comunidades, implica que su inclusión en la educación universitaria pueda
realizarse en los territorios de pertenencia, minimizando sus movimientos migratorios. En
la actualidad estas comunidades llevan
adelante un proceso de
recuperación de su autoestima y su dignidad; de visibilización de su historia, sus
conocimientos, su cultura. El desarraigo que implica la migración hacia otros contextos
para completar estudios superiores, atenta contra el indispensable intercambio
generacional, sin el cual es grande el riesgo de cristalizarse en el pasado o desentenderse
de la historia. Javier Rodríguez Mir (op cit) sostiene que "en las sociedades indígenas el
territorio no se limita al valor económico o la rentabilidad que pueda tener sino que
trasciende a ámbitos sociales y culturales más profundos".
VI
Según el documento
elaborado por Georgina Binstock y Marcela Cerrutti, con la asistencia de Claudia Stilman
(CENEP) "Los pueblos indígenas en Argentina y el derecho a la educación. Los niños,
niñas y adolescentes indígenas de Argentina: diagnóstico socioeducativo", basado en la
ECPI y publicado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en
mayo de 2010, el número de personas que en Argentina se reconoce como perteneciente a
un pueblo indígena asciende a 457.363; si a ellas se suman quienes no se reconocen, pero
sí son descendientes de primera generación, esta población asciende a 600.329 personas.
Se identificaron al menos 31 pueblos, los cuales se distinguen por su historia, cultura,
tradiciones y costumbres, organizaciones, formas de integración e interacción con el
mundo no indígena, y mantenimiento y utilización de su lengua nativa.
Estos pueblos se localizan a
lo largo y ancho del territorio argentino y el tamaño de cada uno hoy en día, de acuerdo
con su historia particular y su evolución a lo largo del tiempo, es significativamente
diferente. Los cuatro pueblos numéricamente más grandes son el mapuche (113.680
personas), el kolla (70.505), el toba (69.452) y el wichí (40.036); ellos concentran el 60%
de la población que en Argentina se reconoce como perteneciente a un pueblo indígena. El
diaguita (o diaguita calchaquí), el ava guaraní, el guaraní, el tupí guaraní, el mocoví y el
huarpe tienen poblaciones que varían entre 15.000 y 30.000 personas. Estos pueblos de
tamaño intermedio agrupan a una cuarta parte del total de indígenas de Argentina. La
población de los pueblos restantes oscila entre menos de 1.000 y 14.000 personas.
El porcentaje de
adolescentes indígenas entre 15 y 19 años que asiste a un establecimiento escolar alcanza
el 64,5%, siendo una proporción levemente inferior a la del conjunto de los adolescentes
del país (68,5%). Sin embargo, a diferencia de lo observado en la población infantil, el
nivel de asistencia varía de manera significativa entre los pueblos.
Los pueblos comechingón,
guaraní, huarpe, kolla y mapuche tienen tasas comparables, o incluso algo más altas, a la
de los adolescentes del país, entre el 64 y el 80%. Los adolescentes de los restantes pueblos
en cambio, tienen tasas de asistencia significativamente menores. Los mayores déficits se
detectan entre los adolescentes mbyá guaraní, pilagá, toba y mocoví, cuyos niveles de
asistencia van de un máximo del 46% a un mínimo del 33%, lo cual indica que, en el mejor
de los casos, uno de cada dos adolescentes de estos pueblos asiste a la escuela.
El siguiente cuadro sintetiza
la información referida a la situación educativa de diversas comunidades indígenas
asentadas en el país, tomando las provincias o regiones de mayor concentración
poblacional. En este sentido cabe destacar que existen comunidades que no están
reflejadas en el cuadro por lo que se puede estimar que los números son aún superiores.
Cuadro 1. Población
indígena que reside en comunidades indígenas y nivel de escolarización
obligatoria alcanzado,
según pueblos indígenas por Provincia con mayor concentración de residentes.
Elaboración propia en base
a fuente UNICEF 2008
Es importante advertir que
estos datos pueden sufrir variaciones respecto de otras fuentes puesto que,
independientemente de los diferentes indicadores utilizados para realizar estas mediciones,
existe un elemento que escapa a cualquier instrumento: muchas de las personas
pertenecientes o descendientes de un pueblo indígena niegan esta pertenencia como una
forma de evitar la humillación que provoca. De allí que las cifras publicadas, en general
subestiman la realidad demográfica.
Aún con dicha
subestimación, estas cifras dan cuenta de una población numerosa, distribuida
ampliamente en todo nuestro territorio, con participación directa en los procesos
productivos, sociales, culturales y políticos de nuestro país; población que tiene necesidad
de participar también activamente en la generación de procesos académicos -de
formación, de investigación, de extensión regional de los conocimientos así generados.
Aún subestimadas, estas
cifras prueban la factibilidad y pertinencia de la creación de la Universidad Nacional
Intercultural de Pueblos Indígenas.
VII
La Provincia de Jujuy, zona
en donde se abrirá la Primera Sede Regional de la Universidad Nacional Intercultural de
pueblos indígenas, tiene un total de 406.150 habitantes mayores de 20 años, de los cuales
14. 544 (el 3,60%) cuentan con estudios universitarios completos. En la siguiente tabla se
puede comparar este porcentaje con el del resto de las Provincias, evidenciando la
ausencia de correlación entre cantidad de población, cantidad de la misma con estudios
universitarios completos y cantidad de universidades asentadas en su territorio.
Cuadro2. Población por
Provincia, población con estudios universitarios completos y oferta universitaria
Elaboración propia en base
a datos extraídos del INDEC. Censo 2010 y del Anuario de estadísticas Universitarias
2010 publicado por el Ministerio de Educación de la Nación.
De acuerdo a datos
extraídos de la página web del Consejo de Organizaciones Aborígenes de Jujuy (C.O.A.J),
existen en esa provincia siete pueblos indígenas: Kollas, Quechuas, Atacamas,
Omaguacas, Guaranies,Tilianes y Ocloyas. Los que tienen mayor población son los Kollas,
Omaguacas y Guaraníes. Todos están organizados en doscientas dieciocho (218)
comunidades con personería jurídica y aproximadamente otras cien (100) en trámite.
Gráfico 1.
Fuente: COAJ
La distribución de la
población general -incluido en ese total la población indígena- en los departamentos de la
provincia de Jujuy, da cuenta que muchos de estos distritos poseen escaso número de
habitantes. Esta situación amerita poder generar una organización académica dinámica y
móvil, que pueda cubrir la efectivización del derecho a la educación maximizando los
recursos a invertir. Por tal motivo, la regionalización de la oferta acercándola a los
potenciales demandantes se presenta como una forma adecuada que posibilita solucionar
el problema que se presenta entre las relaciones de distancia, cantidad de población y
garantía al acceso a la educación. El gráfico 2 muestra la cantidad de población por
Departamento de la Provincia.
Gráfico 2
Fuente:INDEC
En esta provincia existen
establecimientos educativos de nivel primario, nivel secundario, nivel terciario y nivel
Universitario. Sin embargo estos centros educativos por lo general se encuentran alejados
de las comunidades, por lo que las personas indígenas deben emigrar a dichos centros
para poder acceder a los servicios a educación.
Al referirse a la
problemática del acceso a la educación para los pueblos indígenas en la provincia de
Jujuy, el COAJ señala que éste es inadecuado, por dos motivos principales. En principio,
la ubicación de los establecimientos dificulta concretamente la llegada de los alumnos a
ellos. La distancia en la zona de puna, quebrada y espacios rurales, hace que muchos
niños tengan que recorrer varios kilómetros para llegar a una escuela primaria. De
acuerdo a una encuesta realizada por esta organización, el 43,7% del los alumnos de la
escolaridad primaria, recorren entre 1 a 5 km., el 32,2% tiene la escuela en su comunidad,
8,0% dice que la escuela está entre 6 a 10 Km., el 11,5% de 11 a 20 Km. El 2,3% entre 21
a 50 Km., 1,1% más de 50 km. Esto sucede con la cobertura del nivel primario, que es el
más extendido; a medida que aumenta el nivel de educación, se complejiza el acceso pues
se alargan las distancias.
Pero además, una vez que
los niños, niñas y adolescentes logran llegar a ellas, las escuelas no tienen una enseñanza
sobre la causa indígena, contribuyendo con la humillación que significa la invisibilización
de sus conocimientos y el ocultamiento de sus identidades. La impostergable
transformación de esta realidad requiere pensar la educación en un sentido amplio de un
modo nuevo, en que la visión y cosmovisión de los pueblos indígenas sea reconocida como
matriz fundante de nuestra cultura y nuestra perspectiva social general, en proyección a
Latinoamérica y el mundo.
VIII
Este pensamiento, ya ha
comenzado a circular, a construirse, a tomar cuerpo y forma, a través del trabajo de
muchas organizaciones sociales y políticas propias de los pueblos indígenas de la región y
del país. Estas "...son muy heterogéneas, como consecuencia tanto de los muy diversos
pueblos de los que emergen, como de las diferencias de los contextos nacionales y de sus
relaciones con los respectivos Estados, y otros actores sociales, así como de los idearios de
sus respectivos liderazgos. Reconocer esta heterogeneidad es fundamental para valorar
apropiadamente las iniciativas en educación superior que han impulsado organizaciones y
sectores particulares de estos movimientos sociales.
"Más allá de esas
diferencias, en general puede constatarse que ante la vigencia de 'relaciones
interculturales inequitativas de hecho', las organizaciones indígenas (...) suelen proponer
visiones de mundo, propuestas y políticas de 'interculturalidad con equidad', a partir de
las cuales han luchado por reformas legales, incluso constitucionales, que tiendan a hacer
posible la materialización de esa consigna."(Mato, op.cit.; 69)
En nuestro país hay un
grupo cada vez más amplio de investigadores y sabios comunitarios que ofrecen una
mirada crítica y constructiva sobre nuestra realidad en este sentido así como de jóvenes
que se agrupan buscando el modo de ser protagonistas de la transformación aún
pendiente. Fruto de esta organización creciente, hubo en el 2012 en la provincia de Chaco,
un Encuentro de agrupaciones de jóvenes indígenas estudiantes de las Universidades
Nacionales del país. Los temas que se plantearon en debate, reflejan la magnitud de las
tensiones que, venidas desde lo profundo de nuestra historia, son aún presentes. Giran
entre otros ejes, en torno a la disyuntiva entre "inclusión con subordinación",
"participación con autodeterminación en las universidades públicas" o creación de
"universidades indígenas autónomas"; y plantean la importancia y urgencia de "crear
currículums indígenas para las diversas carreras universitarias (lo que supone: ingresar
autores indígenas, historia indígenas, pensamientos indígenas, medicina indígenas, etc.)".
Respecto de la permanente invisibilización del valor de las culturas indígenas, se
preguntaron "por qué se utiliza aún hoy la estrategia de la negación y ocultamiento del
origen indio ante el histórico sistema racista argentino", reconociendo que "también se
destaca la existencia de otros muchos que reivindicamos nuestro origen indio" (Primer
Encuentro de Estudiantes Universitarios de Pueblos Originarios; 2012).
Este proyecto encuentra en
esas voces y organizaciones, actores protagonistas de la Universidad que se propone
crear.
IX
La propuesta es abrir una
nueva Universidad que vaya más allá de permitir la inclusión de individuos únicamente
como sujetos de aprendizaje; aunque esto constituye un avance desde ciertos puntos de
vista, no supone que en los programas de estudio y líneas de investigación se incluyan
"...tanto las historias, lenguas, y saberes de esos pueblos, como sus necesidades,
demandas y propuestas sociales, políticas y económicas, para sí mismos y para las
sociedades nacionales de las que forman parte" (Mato, op.cit., 79). Tampoco evita que
sigan estando ausentes como responsables en las aulas, de la generación y transmisión de
sus conocimientos.
La llamamos
"Intercultural", porque su propósito más hondo es generar conocimiento y debate desde
las cosmovisiones de pueblos que afirman la importancia de las diferencias y la necesidad
de que los Estados se reconozcan como expresión de sociedades pluriculturales (y no que,
desde la "visión oficial" de mundo, a penas "dejen entrar" otras
perspectivas, tratándolas
siempre como subalternas, menores, "de las minorías"); así pensada, la interculturalidad
representa un modo de construir conocimiento que alberga el doble desafío de profundizar
y desplegar el conocimiento propio de las cosmovisiones indígenas en diálogo dinámico y
horizontal con el que hasta ahora viene produciendo la ciencia occidental, y todo otro
marco teórico, epistémico, cultural.
"Así el valor transformador
de las experiencias de educación superior impulsadas por organizaciones indígenas no
solo debe verse en términos de su papel para formar cuadros técnicos, profesionales y
políticos (cosa que sin duda todos los movimientos sociales requieren ...) sino también con
referencia a su capacidad de facilitar una reflexión crítica sobre las sociedades
contemporáneas y sus posibilidades futuras. Contrario a lo que prejuiciosamente suelen
afirmar algunos sectores, esta crítica no suele formularse desde puntos de vista que
implican 'retornos al pasado', sino a partir de propuestas de futuro que buscan asegurar
no solo la sostenibilidad ambiental, sino también la social, y en general más y mejor
democracia, y mejor calidad de vida" (Mato, op. cit., 79).
X
Para concluir esta
fundamentación, recordamos que en nuestro país existen antecedentes de Universidades
que han respondido a un particular sector de la población, con el objetivo de hacerlo
partícipe y hacedor de las grandes transformaciones que son necesarias para lograr una
patria más justa e inclusiva. Citamos la creación de la Universidad Obrera Nacional, la
cual, en el artículo 10 de la ley de creación, destacan entre sus fines: a) La formación
integral de profesionales de origen obrero destinados a satisfacer las necesidades de la
industria nacional; b) Proveer la enseñanza técnica de un cuerpo docente integrado por
elementos formados en la experiencia del taller íntimamente compenetrada de los
problemas que afectan al trabajo industrial [...]; c) actuar como órgano asesor en la
redacción de los planes y programas de estudio de los institutos inferiores [...] d) Asesorar
en la organización, dirección y fomento de la industria, con especial consideración de los
intereses nacionales [...]. (PINEAU, DUSSEL: 1995, 147; en Malatesta, 2008)
Alicia Angélica Malatesta
(op. cit.) señala que la creación de una universidad de estas características debe
entenderse en el contexto histórico, político, económico e ideológico de la época y resalta
que "uno de los pilares del discurso ideológico del peronismo se halla conformado por la
presentación de sí mismo como una matriz hacedora de un nuevo presente y de un nuevo
porvenir para el conjunto de los argentinos. Se concibe que es deber del Estado asegurar
la gratuidad, universalidad y la extensión de la cultura y educación a las grandes
mayorías, tal como se expresa en la Constitución del año 1949 y en el Segundo Plan
Quinquenal". Y cita a Juan Domingo Perón en su pensamiento sobre los estudios
universitarios: "Nos parece que ninguna labor puede ofrecer un carácter más democrático
que la de hacer asequibles los estudios superiores aún a las clases más modestas"
(PERÓN, 1973: 252; en Malatesta op. cit.). La autora, también destaca las innovaciones
pedagógicas que conllevó el poner en marcha una universidad que se adaptase a las
características de los trabajadores y que permitiese que los saberes de éstos se potencien
en ella, en lugar de diluirse en aprendizajes descontextualizados.
Este ejemplo da cuenta de la
importancia que revisten las propuestas dirigidas específicamente a un sector
históricamente postergado, en pos de la superación de desigualdades que limitan la
democratización del conocimiento y demoran la universalización del derecho a la
educación.
Pero la implicancia de una
Universidad Nacional Intercultural de pueblos Indígenas es aún mayor, pues con su
creación no solo estaríamos avanzando hacia una educación más justa y democrática, sino
que estaríamos trabajando en pos de la reparación histórica de estas poblaciones ya que,
"la preexistencia de las comunidades indígenas al Estado nación las convierte en blanco
directo de la herida colonial" (Colectivo Rescoldo; 2013). Para revertir esta situación y
hacer de las Universidades un espacio de confluencia del pensamiento propio de la Patria
grande, Ecuador, Bolivia, México, Chile y Perú ya tienen en marcha proyectos de esta
índole, de los cuales se nutre éste que aquí se fundamenta. Reconociéndoles un espacio
propio, caminando en una dirección que repare esa herida, abriendo las puertas de la
universidad a una matriz de conocimientos que nos identifica culturalmente en el mundo.
Como expresa el Presidente
de la República de Bolivia Evo Morales Ayma, en el decreto supremo Nº 29664 de
creación de las Universidades Indígenas Bolivianas Comunitarias Interculturales
Productivas de Bolivia, en nuestra región, la educación universitaria, "aún está dominada
por un principio monocultural que invisibiliza y descalifica el conocimiento y comprensión
de la realidad que ha producido, a lo largo de siglos, el mundo indígena; (...) la
incorporación de jóvenes indígenas en las universidades públicas y privadas ha significado
procesos de alienación y pérdida de identidad cultural, la priorización de los intereses
individuales y una visión predominantemente comercial del conocimiento (...) no existe en
la educación universitaria una formación en nuestros idiomas ancestrales y menos se ha
desarrollado una pedagogía con base indígena."
También Daniel Mato en la
página 68 del texto citado, en el cual se analiza especialmente el acceso a la educación
universitaria de jóvenes de poblaciones indígenas del continente, afirma:"... las
posibilidades efectivas de individuos indígenas (...) de acceder y culminar estudios en IES
"convencionales" resultan alarmantemente inequitativas, debido a diversas causas
asociadas a las historias largas de discriminación y a las condiciones estructurales de
desventaja en que éstas se expresan en la actualidad".
Hoy, América Latina se
propone a sí misma como una región diferente, particular, con una pluralidad de raíces, en
la que convergen matrices profundas, sólidas, potentes en tanto opción de futuro. Esta
diversidad debe ser respetada y fortalecida, porque en ella reside su fuerza fundamental
para proyectarse en el escenario mundial. Nos encontramos ante un nuevo desafío
histórico, América vuelve a mirarse a sí misma y a retomar el camino que truncaron sus
enemigos históricos. Necesita definirse, como una civilización emergente (Colombres
2004), develando y desarrollando las matrices culturales que la distinguen de otras
civilizaciones. Los pueblos indígenas vuelven a decir acá estamos, somos parte constitutiva
de esta América, tenemos qué decir, tenemos qué aportar.
Como ya hemos recordado,
en este camino, varias Constituciones han definido a sus Estados como plurinacionales,
multiculturales y plurilingües. Escuchar el nuevo tiempo es una meta que nos debemos
como argentinos y como americanos.
Por todo lo expuesto solicito
a mis pares acompañen este proyecto.
Bibliografía
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CERRUTTI, M: "Los pueblos indígenas en Argentina y el derecho a la educación
Los niños, niñas y adolescentes indígenas de Argentina: diagnóstico socioeducativo
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- DECRETO SUPREMO
Nº 29664- EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
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Buenos Aires: Secretaría Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, 2008. E-Book.
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- MATO, D.:
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- PRIMER
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Universidad Nacional del Chaco Austral, 2012(Documento Interno)
- RODRÍGUEZ MIR, J:
Los movimientos indígenas en América Latina. Resistencias y alteridades en un
mundo globalizado. En Gazeta de Antropología, 2008, 24 (2), artículo 37
UNICEF
- ZAFFARONI, A. Y
GUAYMASS, A: "Aportes para la construcción de una política intercultural en
educación superior". En revista ISEES Nº 9 julio-diciembre de 2011. Pp.99-
114.
Colaboraciones en la
redacción del proyecto:
Luis Sosa, originario
de la comunidad Negra Muerta, Provincia de Jujuy.
Colectivo Rescoldo,
Facultad de Humanidades, Universidad Nacional de Salta: Rivadeneira Liz -
Comunidad Diaguita Calchaquí Pucara Angastaco - Salta, Susana Moreno -
Comunidad Wichí de la Curvita- Salta, Javier Guantay, Lucas Rodríguez, Claudio
Guantay Lagoria, Nélida Burgos, Emilia Orozco, Celeste Juárez, Nuria Maza,
Gonzalo Soriano, Adriana Zaffaroni, Gerardo Choque.
Alvaro Guaymass del
Centro de Investigación de lenguas, educación y culturas indígenas (CILECI)
Facultad de Humanidades UNS. Argentina.
Beatriz Gualdieri y
María José Vázquez, espacio colectivo ALFAR (Pensar, Hacer, Sentir desde las
identidades); UNLU. Argentina.
Nelida Hyatt, pueblo
Quom, Chaco, Argentina
Grupo de Jorge Urquía
y Juan Carlos Corón, comunidad Mapuche de Los Toldos
Claudia Peralta,
profesora en institutos de formación docente en la ciudad de Santa Fe y en el
departamento de Calchines, Provincia de Santa Fe.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PROYECTO SUR - UNEN |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
22/09/2015 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |